11/03/2014

RESOLUCIÓN N° 2677-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN N° 2677-2014-JNE Expediente N° J-2014-02811 PAUCARBAMBA - CHURCAMPA - HUANCAVELICA Lima, doce de setiembre de dos mil catorce VISTOS los Oficios N° 170-2014-MDP y N° 169-2014-MDP, presentados el 10 y 12 de setiembre de por Herminio Víctor de la Cruz Marín, alcalde de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba, provincia de Churcampa, departamento
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica
RESOLUCIÓN N° 2677-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02811
PAUCARBAMBA - CHURCAMPA - HUANCAVELICA
Lima, doce de setiembre de dos mil catorce VISTOS los Oficios N° 170-2014-MDP y N° 169-2014-MDP, presentados el 10 y 12 de setiembre de por Herminio Víctor de la Cruz Marín, alcalde de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, el cual comunica las licencias concedidas al alcalde y al primer regidor Ulises Fidel Chavarría Toro.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente.

3. Con fecha 2 de julio de (fojas 13 y 14), el alcalde Herminio Víctor de la Cruz Marín y el primer regidor Ulises Fidel Chavarría Toro, con motivo de su participación en las elecciones municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, las cueles fueron concedidas mediante el acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria N° 013-2014, de fecha 17 de julio de (fojas 08 a 12), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y 5 de octubre de 2014.

4. Teniendo en consideración que el alcalde Herminio Víctor de la Cruz Marín y el primer regidor Ulises Fidel Chavarría Toro presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, las que fueron aprobadas por el concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, procede convocar al regidor Melquiades Hermógenes Ramírez Morales, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 23687626, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.

5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio.

6. En ese sentido, resulta procedente convoca a Angélica Pezua Meneses, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42377729, candidata no proclamada del movimiento regional Movimiento Regional Ayni y a Guillermo Alejandro Najarro Pesua, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 23687713, candidato no proclamado del movimiento regional Movimiento Independiente Trabajando para Todos, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Tayacaja, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la Presidencia del magistrado Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Herminio Víctor de la Cruz Marín, alcalde de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, y la credencial otorgada a Ulises Fidel Chavarría Toro, regidor de la referida comuna, por el periodo de las licencias concedidas.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Melquiades Hermógenes Ramírez Morales, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 23687626, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, mientras esté vigente la licencia concedida a Herminio Víctor de la Cruz Marín, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Angélica Pezua Meneses, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42377729, con el fin de que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Paucarbamba, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, mientras dure la encargatura de Melquiades Hermógenes Ramírez Morales, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Guillermo Alejandro Najarro Pesua, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 23687713, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Paucarbamba, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, mientras esté vigente la licencia concedida a Ulises Fidel Chavarría Toro, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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