11/03/2014

RESOLUCIÓN N° 2865-A-2014-JN Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidora

Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica RESOLUCIÓN N° 2865-A-2014-JN Expediente N° J-2014-02925 LLIPATA - PALPA - ICA Lima, veintiséis de setiembre de dos mil catorce. VISTO el Oficio N° 01-2014-MDLL/S.G., presentado el 18 de setiembre de por Elaine Ruiz Tananta, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica, el cual comunica la licencia que fue concedida
Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica
RESOLUCIÓN N° 2865-A-2014-JN
Expediente N° J-2014-02925
LLIPATA - PALPA - ICA
Lima, veintiséis de setiembre de dos mil catorce.

VISTO el Oficio N° 01-2014-MDLL/S.G., presentado el 18 de setiembre de por Elaine Ruiz Tananta, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica, el cual comunica la licencia que fue concedida al alcalde Justo Richard Mantilla Bendezú.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente.

3. Con fecha 24 de junio de (fojas 02), el alcalde Justo Richard Mantilla Bendezú, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, la cual fue concedida mediante el acuerdo adoptado en sesión de concejo municipal de fecha 30 de junio de (fojas 03 a 06), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014.

4. Teniendo en consideración que el alcalde Justo Richard Mantilla Bendezú presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la que fue aprobada por el concejo municipal y, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, procede convocar a la primera regidora Claudia María Torres Janampa, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42901912, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcaldesa, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.

5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio.

6. En ese sentido, resulta procedente convocar a Sara Mendoza Sánchez, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42278579, candidata no proclamada del movimiento regional Partido Regional de Integración, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Justo Richard Mantilla Bendezú, alcalde de la Municipalidad Distrital de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica, por el periodo de la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Claudia María Torres Janampa, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42901912, para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica, mientras esté vigente la licencia concedida a Justo Richard Mantilla Bendezú, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Sara Mendoza Sánchez, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42278579, con el fin de que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica, mientras dure la encargatura de Claudia María Torres Janampa, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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