11/30/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 712-2014-DE/EP Amplían permanencia de oficial del Ejército del Perú en

Amplían permanencia de oficial del Ejército del Perú en Bolivia, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 712-2014-DE/EP Lima, 29 de noviembre de 2014 VISTO: El Oficio N° 2546/DIEDOC/C-5.b del 04 de noviembre de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N°036-2014-DE/ del 30 de enero de 2014, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios al Mayor EP Armando Ruiz Arevalo, identificado con DNI N° 10338336 y CIP N° 119748700,
Amplían permanencia de oficial del Ejército del Perú en Bolivia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 712-2014-DE/EP
Lima, 29 de noviembre de 2014
VISTO:

El Oficio N° 2546/DIEDOC/C-5.b del 04 de noviembre de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N°036-2014-DE/ del 30 de enero de 2014, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios al Mayor EP Armando Ruiz Arevalo, identificado con DNI N° 10338336 y CIP N° 119748700, como Instructor del Curso de Comando y Estado Mayor para Oficiales Superiores, a impartirse en la Escuela de Comando y Estado Mayor "Mariscal Andrés de Santa Cruz", en la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, del 03 de febrero al 05 de diciembre de 2014;

Que, mediante Carta de fecha 08 de setiembre de 2014, el Comando General del Ejército del Estado Plurinacional de Bolivia, informa al Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, que solicita la ampliación de la permanencia del Mayor EP Armando Ruiz Arevalo, quién cumple funciones de Instructor Invitado en la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército "Mariscal Andrés de Santa Cruz" del Estado Plurinacional de Bolivia, en la Guarnición de Cochabamba, por el término de Trescientos sesenta y cinco días más (365), a partir del 1 de diciembre de al 1 de diciembre de 2015;

Que, con el documento del visto, el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la ampliación de la permanencia del Mayor EP Armando Ruiz Arevalo, quién se encuentra como Instructor Invitado en la Escuela de Comando y Estado Mayor "Mariscal Andrés de Santa Cruz" del Estado Plurinacional de Bolivia, en la Guarnición de Cochabamba, del 06 de diciembre de al 01 de diciembre de 2015;

Que, es conveniente para los intereses de la institución autorizar la extensión de la permanencia en Misión de Estudios en el Exterior al mencionado Oficial, para que continúe su participación en el mencionado curso, ampliación que debe ser otorgada a partir del 06
de diciembre de al 01 de diciembre de 2015, debido a que con fecha 05 de diciembre de 2014, concluye el período de su Misión de Estudios en el Exterior autorizada mediante Resolución Suprema N° 036-2014-DE/ del 30
de enero de 2014;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8°
del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo del presupuesto institucional del año fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora 003 Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13°
del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, que incluye los años y 2015, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 06 de diciembre al 31 de diciembre de 2014, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014, y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios, a partir del 01 de enero de 2015 al 01 de diciembre de 2015, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el año fiscal respectivo;

Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

Que, de conformidad con el artículo 26° de la Ley N° 28359 – Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el personal militar nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26°; y conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14
de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias, el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo N° 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013;

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Ampliar la permanencia en Misión de Estudios en el Exterior al Mayor EP Armando RUIZ
AREVALO, identificado con DNI N° 10338336, quién se encuentra como Instructor Invitado en la Escuela de Comando y Estado Mayor "Mariscal Andrés de Santa Cruz" del Estado Plurinacional de Bolivia, en la Guarnición de Cochabamba, del 06 de diciembre de al 01 de diciembre de 2015.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $. 5,623.25/31 x 26 días x 01 persona $ 4,716.28
------------------Total a pagar $ 4,716.28
Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por los días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014; con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 5°.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducida, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 9° del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF.

Artículo 6°.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7°.- El personal militar designado revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la misión de estudios.

Artículo 8°.- El personal militar designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 9°.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 10°.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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