Inicio
Autoridad Portuaria Nacional
Organismos Tecnicos Especializados
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO N° 056-2014-APN/DIR Aprueban proyecto de Norma Nacional sobre
12/11/2014
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO N° 056-2014-APN/DIR Aprueban proyecto de Norma Nacional sobre
Aprueban proyecto de Norma Nacional sobre Seguridad Portuaria y Lineamientos para la Obtención del Certificado de Seguridad en una Instalación Portuaria, sus anexos y apéndices RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO N° 056-2014-APN/DIR Callao, 27 de noviembre de 2014 VISTOS: El Informe N° 343-2014-APN/UPS de fecha 17 de setiembre de 2014, de la Unidad de Protección y Seguridad y el Informe Legal N° 713-2014-APN/UAJ de fecha 04 de noviembre de 2014, de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional (en
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO N° 056-2014-APN/DIR
Callao, 27 de noviembre de 2014
VISTOS:
El Informe N° 343-2014-APN/UPS de fecha 17 de setiembre de 2014, de la Unidad de Protección y Seguridad y el Informe Legal N° 713-2014-APN/UAJ de fecha 04 de noviembre de 2014, de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante APN);
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (en adelante LSPN) establece que la APN
es la encargada del desarrollo del Sistema Portuario Nacional, el fomento de la inversión privada en los puertos y la coordinación de los distintos actores públicos o privados que participan en las actividades y servicios portuarios y regula las actividades y servicios en los terminales, infraestructuras e instalaciones ubicados en los puertos marítimos, fiuviales y lacustres, tanto los de iniciativa, gestión y prestación pública, como privados, y todo lo que atañe y conforma el Sistema Portuario Nacional;
Que, el artículo 24° literal k) de la LSPN establece que la APN tiene como atribución normar en lo técnico, operativo y administrativo, el acceso a la infraestructura portuaria así como la seguridad del puerto y de las naves;
Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 100° del Reglamento de la LSPN, la APN está facultada para emitir normas de alcance general por Resolución de Acuerdo de Directorio;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 130° del Reglamento de la LSPN, la APN establecerá los estándares mínimos de los sistemas de seguridad integral de los puertos y terminales portuarios;
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 011-2006-APN/DIR de fecha 18 de octubre de 2006, se aprobó el Uso de Equipos de Protección en los Puertos e Instalaciones Portuarias;
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 01-2007-APN/DIR de fecha 26 de enero de 2007
se aprobó la Norma Nacional que establece el Uso de Chalecos Refiectivos y Uso de Chalecos Salvavidas;
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 002-2007-APN/DIR de fecha 26 de enero de 2007, se aprobó la Norma Nacional que establece el Uso Obligatorio de Dispositivos de Enganche de Contenedores (Piñas);
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 010-2007-APN/DIR de fecha 16 de marzo de 2007, se aprobó la Norma Nacional sobre Seguridad Portuaria y Lineamientos para la obtención del certificado de Seguridad en una Instalación Portuaria;
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 019-2007-APN/DIR de fecha 11 de mayo de 2007, se establecen las Disposiciones sobre Medidas de Seguridad para los Prácticos Marítimos al desarrollar su actividad comercial en los recintos portuarios y áreas de fondeo de naves en los puertos;
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 020-2007-APN/DIR de fecha 11 de mayo de 2007, se aprobó la Norma Nacional que amplía la RAD N° 002-2007-APN/DIR, que establece el uso obligatorio de dispositivos de enganche de contenedores en las plataformas de camiones;
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 006-2008-APN/DIR de fecha 29 de enero de 2008, modifican la RAD N° 010-2007-APN/DIR que aprobó la Norma Nacional sobre Seguridad Portuaria y Lineamientos para la obtención del Certificado de Seguridad en instalaciones portuarias;
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 010-2008-APN/DIR de fecha 29 enero de 2008, se establecen lineamientos y estándares mínimos de seguridad que deben cumplir las empresas proveedoras de servicios de transferencia de carga pesada;
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 026-2008-APN/DIR de fecha 29 de mayo de 2008, se aprobó la Norma Nacional para la Inscripción, Certificación, Registro y Renovación del Certificado de las Organizaciones de Seguridad Reconocida (OSR);
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 033-2008-APN/DIR de fecha 09 de setiembre de 2008, modifican artículo e incluyen formatos de reporte de accidentes a la norma sobre seguridad portuaria;
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 034-2008-APN/DIR de fecha 09 de setiembre 2008, modifican el artículo 2 de la RAD N° 011-2006-APN/DIR;
Que, con fecha 26 de julio de 2011 se emitió la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y el día 24 de abril de 2012, mediante Decreto Supremo N° 005-2012-TR, se deroga el Decreto Supremo N° 009-2005-TR
y se aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que, asimismo, mediante Ley N° 30222 de fecha 08
de julio de 2014, se modifica la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y a través de Decreto Supremo N° 006-2014-TR, se modifica el mencionado reglamento;
Que, mediante los documentos del visto se recomienda la aprobación de la Norma Nacional sobre Seguridad Portuaria y Lineamientos para la Obtención del Certificado de Seguridad en una Instalación Portuaria y su pre publicación;
Que, a fin de contar con una norma que recopile los asuntos tratados en las Resoluciones de Acuerdo de Directorio mencionadas y con la finalidad de actualizar los lineamientos generales sobre el tema de Seguridad Portuaria en las instalaciones portuarias de acuerdo a la normativa nacional e internacional vigente, resulta necesario contar con la Norma Nacional sobre Seguridad Portuaria y Lineamientos para la Obtención del Certificado de Seguridad en una Instalación Portuaria;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, mediante el cual se aprobó el "Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General", el proyecto de Norma Nacional sobre Seguridad Portuaria y Lineamientos para la Obtención del Certificado de Seguridad en una Instalación Portuaria de se deberá pre publicar en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Electrónico de la entidad o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; con la finalidad de que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, el Directorio de la APN en la Sesión de Acuerdo de Directorio N° 344 de fecha 10 de noviembre de 2014, facultó a su presidente a suscribir la resolución por la que se apruebe la Norma Nacional sobre Seguridad Portuaria y Lineamientos para la Obtención del Certificado de Seguridad en una Instalación Portuaria, sus anexos y apéndices y se disponga su pre publicación;
Que, mediante Resolución Suprema N° 032-2014-MTC de fecha 06 de noviembre de 2014, se designó al Sr.
Edgar José Ramón Patiño Garrido como Presidente de Directorio de la APN;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27943
– Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2004-MTC, Ley N° 29783 - Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR, y demás normas modificatorias y complementarias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el proyecto de Norma Nacional sobre Seguridad Portuaria y Lineamientos para la Obtención del Certificado de Seguridad en una Instalación Portuaria, sus anexos y apéndices, los mismos que se adjuntan a la presente Resolución.
Artículo 2°.- Disponer la pre publicación del proyecto de Norma Nacional sobre Seguridad Portuaria y Lineamientos para la Obtención del Certificado de Seguridad en una Instalación Portuaria, sus anexos 1, 2 y 3 y respectivos apéndices, en el Portal Electrónico de la Autoridad Portuaria Nacional www.apn.gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días a través de los correos electrónicos lgarcia@apn.gob.pe y elomparte@apn.gon.pe .
Artículo 3°.- Disponer que la Gerencia General lleve a cabo las acciones administrativas correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR PATIÑO GARRIDO
Presidente del Directorio
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)