12/17/2014

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 043-2014-PCM/SD Disponen inscripción de la

Disponen inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé, de la provincia de Huarochirí, en el departamento de Lima, a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín" en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 043-2014-PCM/SD Lima, 5 de diciembre de 2014 VISTOS: Los Oficios N° 32-2014-MMCVL y N° 87-2014-MDSB; el Informe Técnico de Viabilidad para la Adhesión de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé a la "Mancomunidad Municipal
Disponen inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé, de la provincia de Huarochirí, en el departamento de Lima, a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín" en el Registro de Mancomunidades Municipales
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 043-2014-PCM/SD
Lima, 5 de diciembre de 2014
VISTOS:

Los Oficios N° 32-2014-MMCVL y N° 87-2014-MDSB; el Informe Técnico de Viabilidad para la Adhesión de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín";
el Acta N° 003-de Sesión Ordinaria del Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín"; el Oficio N° 018-ALC-MDSB-H; la Ordenanza Municipal N° 006-2014; el Oficio N° 2228-2014-PCM/SD y los Informes N° 032-2014–PCM/SD-OGI-POLM y N° 094-2014-PCM/SD-OGI-MIRA y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2°, define que la Mancomunidad Municipal es el acuerdo de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;

Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 389-2011-PCM/SD se dispuso la inscripción de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín", integrada por la Municipalidad Provincial de Huarochirí y las Municipalidades Distritales de Antioquía, Lahuaytambo, Langa, San Andrés de Tupicocha, San Damián y Santiago de Tuna, de la provincia de Huarochirí, departamento de Lima;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 9°, establece el procedimiento de adhesión de una municipalidad a una mancomunidad municipal ya constituida;

Que, con Oficio N° 32-2014-MMCVL el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Andrés de Tupicocha y Presidente de la Mancomunidad Municipal en mención solicita la adhesión de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé de la provincia de Huarochirí a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín", acompañado por el Informe Técnico, el Acta N° 003-de Sesión Ordinaria del Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín" y la Ordenanza Municipal N° 006-de fecha 12 de agosto de de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé;

Que, el Informe N° 094-2014-PCM/SD-OGI-MIRA, concluye que debe observarse el pedido de inscripción del acto de adhesión, el cual fue comunicado a través del Oficio N° 2228-2014-PCM/SD al Presidente de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Valle de Lurín";

Que, con Oficio N° 87-2014-MDSB el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Andrés de Tupicocha y Presidente de la Mancomunidad Municipal presenta los documentos con la finalidad de subsanar la observación advertida en el trámite de la adhesión de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé de la provincia de Huarochirí a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín", acompañado por el Informe Técnico, el Acta N° 003-de Sesión Ordinaria del Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín" y la Ordenanza Municipal N° 006-de fecha 12
de agosto de de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé;

Que, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín", en su artículo Vigésimo Tercero señala que la adhesión de una municipalidad requiere:
a) Informe Técnico elaborado por la municipalidad solicitante que exprese la viabilidad de la adhesión a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto, b) Acta de Sesión del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal con el acuerdo de adhesión de la municipalidad solicitante y c)
Ordenanza Municipal de la municipalidad solicitante que ratifica la adhesión a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto, sustentada en el Informe Técnico y en el Acta de Sesión del Consejo Directivo, Que, el Informe Técnico presentado expresa la viabilidad para la adhesión de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín";

Que, según consta en Acta N° 003-2014, el Consejo Directivo en la Sesión Ordinaria de fecha 13 de mayo de acordó la adhesión de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín"; asimismo, acordó la conformación del Consejo Directivo y la modificación del Estatuto como resultado del proceso de adhesión, Que, por la Ordenanza N° 006-de fecha 12 de agosto de 2014, la Municipalidad Distrital de San Bartolomé ratifica su adhesión a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín";

Que, con Informe N° 032-2014–PCM/SD-OGI-POLM
se concluye que la solicitud de adhesión cumple con el procedimiento establecido en el artículo 9° del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización que dispone la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de la adhesión de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé de la provincia de Huarochirí en el departamento de Lima a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín";

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, el Reglamento de Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Formalización de Inscripción de Adhesión Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé, de la provincia de Huarochirí, en el departamento de Lima a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín"
Artículo 2°.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín" está conformado como sigue:
- Presidente: Mesías Teodoro Rojas Melo, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Andrés de Tupicocha.
- Director: Luis Antonio Núñez López, alcalde de la Municipalidad Provincial de Huarochirí.
- Director: Benigno Paulo Gómez Escriba, alcalde de la Municipalidad Distrital de Antioquia.
- Director: Eusebio Ramírez Bernable, alcalde de la Municipalidad Distrital de Lahuaytambo.
- Director: Wilson Belizario González Castro, alcalde de la Municipalidad Distrital de Langa.
- Director: Ambrocio García Pinaud, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Damián.
- Director: Néstor Pomacaja Ávila, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago de Tuna.
- Director: José Alejandro Saldias Osorio, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé.

Artículo 3°.- Registro de Anexos Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, el Informe Técnico, el Acta N° 003-de Sesión Ordinaria del Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín" y la Ordenanza Municipal N° 006-de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé que ratifica la aprobación de la Adhesión a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Valle de Lurín".

Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia de Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe Artículo 5°.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI
Secretaria de Descentralización (e)
Presidencia del Consejo de Ministros

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