12/06/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 193-2014-RE

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 193-2014-RE Lima, 5 de diciembre de 2014 VISTO: El Oficio N° 497-2014-MINEDU/DM-SENAJU de fecha 17 de noviembre de 2014, del Ministerio de Educación, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota a la Organización Iberoamericana de la Juventud (OIJ) correspondiente al ejercicio 2014; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 193-2014-RE
Lima, 5 de diciembre de 2014
VISTO:

El Oficio N° 497-2014-MINEDU/DM-SENAJU de fecha 17 de noviembre de 2014, del Ministerio de Educación, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota a la Organización Iberoamericana de la Juventud (OIJ) correspondiente al ejercicio 2014;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal por los pliegos presupuestarios están contenidas en el Anexo B: Cuotas Internacionales -Año Fiscal de la referida Ley; asimismo, señala que durante el Año Fiscal 2014, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modificar el Anexo B, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores;

Que, el numeral 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las cuotas a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las Entidades, sin demandar recursos adicionales al T esoro Público, previa aprobación de la Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores;

Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2014-RE se incorporó en el Anexo B: Cuotas internacionales – Año fiscal 2014, de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la cuota internacional a ser otorgada por el Pliego 010: Ministerio de Educación a favor de la Organización Iberoamericana de la Juventud – OIJ la cual asciende a la suma de S/. 76 140,00 (SETENTA Y SEIS
MIL CIENTO CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES);

Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los fiujos de cooperación y asistencia técnica internacional;

Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago de la cuota, correspondiente al año 2014, a la Organización Iberoamericana de la Juventud – OIJ, con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; en el artículo 1° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y en el artículo 1° del Decreto Supremo N° 031-2014-RE;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar al Ministerio de Educación a efectuar el pago de S/. 76 140,00 (SETENTA Y SEIS
MIL CIENTO CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES)
a la Organización Iberoamericana de la Juventud – OIJ, monto que corresponde a la cuota del año 2014.

Artículo 2.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación.

Artículo 3.- La equivalencia en moneda extranjera será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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