1/28/2015

Res. N° 014-2015-COSUSINEACE/CDAH-P Rectifican

Rectifican error material incurrido en la Res. N° 051-2014-COSUSINEACE/ CDAH-P RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 014-2015-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 23 de enero de 2015 VISTA: La carta N° 062-2015/IFB CERTUS, de fecha 14 de enero 2015, de la Gerente General del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado de Formación Bancaria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N 051-2014-COSUSINEACE/ CDAH-P, publicada el 25 de diciembre 2014, se oficializó la acreditación otorgada a la Carrera Profesional de Administración de Ne…
Rectifican error material incurrido en la Res. N° 051-2014-COSUSINEACE/ CDAH-P
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 014-2015-COSUSINEACE/CDAH-P
Lima, 23 de enero de 2015
VISTA:

La carta N° 062-2015/IFB CERTUS, de fecha 14
de enero 2015, de la Gerente General del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado de Formación Bancaria; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N 051-2014-COSUSINEACE/ CDAH-P, publicada el 25 de diciembre 2014, se oficializó la acreditación otorgada a la Carrera Profesional de Administración de Negocios Internacionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado de Formación Bancaria – Sede Norte;

Que, mediante documento de vista, la Gerente General del mencionado Instituto, solicita la rectificación de la razón social consignada en la parte resolutiva de la resolución antes indicada, al haberse omitido la palabra "Privado", debiendo considerarse "Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado de Formación Bancaria", omisión que efectivamente se corrobora de la verificación del texto de la resolución en mención;

Que, el artículo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, señalándose asimismo que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;

Que, atendiendo a lo antes expuesto, corresponde emitir el acto resolutivo mediante el cual se realice la rectificación respecto de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 051-2014-COSUSINEACE/
CDAH-P;

Contando con el visto bueno de la Secretaría Técnica y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con la Ley N° 28740 – Ley del SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Rectificar el error material incurrido en el artículo 1° de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 051-2014-COSUSINEACE/ CDAH-P, publicada el 25 de diciembre 2014, en los siguientes términos:

DICE:
"Artículo 1°.- Oficializar la acreditación otorgada a la carrera profesional de Administración de Negocios Internacionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico de Formación Bancaria – Sede Norte, mediante Acuerdo N° 098-2014-CDAH, de Sesión del 03
de diciembre 2014, continuada el 17 de diciembre 2014 del Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución."
DEBE DECIR:
"Artículo 1°.- Oficializar la acreditación otorgada a la carrera profesional de Administración de Negocios Internacionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado de Formación Bancaria – Sede Norte, mediante Acuerdo N° 098-2014-CDAH, de Sesión del 03 de diciembre 2014, continuada el 17 de diciembre 2014 del Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución."
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
COSUSINEACE

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.