1/18/2015

RM N° 011-2015-VIVIENDA Modifican el artículo 2 de la R.M. N°

Modifican el artículo 2 de la R.M. N° 007-2014-VIVIENDA, que aprobó Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes al año 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 011-2015-VIVIENDA Lima, 15 de enero de 2015 Visto, el Memorando N° 0027-2014/VIVIENDA-OGMEI de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto, y el Memorándum N° 001-2015/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM,
Modifican el artículo 2 de la R.M. N° 007-2014-VIVIENDA, que aprobó Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes al año 2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 011-2015-VIVIENDA
Lima, 15 de enero de 2015
Visto, el Memorando N° 0027-2014/VIVIENDA-OGMEI
de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto, y el Memorándum N° 001-2015/VIVIENDA-OGPP
de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, se define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; asimismo, se dispone que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia;

Que, con Resolución Ministerial N° 007-2014-VIVIENDA, se aprobó las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes al año 2014; disponiendo en su artículo 2, que la Oficina General de Planificación y Presupuesto, a través de la Unidad de Planificación, Programación y Racionalización, es la responsable de elaborar los informes de evaluación semestral de las Metas e indicadores de Desempeño;

Que, por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - ROF del MVCS, en el cual se establece una nueva estructura orgánica del Ministerio y nuevas funciones de los órganos y unidades orgánicas del mismo;

Que, conforme a lo dispuesto por los artículos 32 y 33 del ROF del MVCS, la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto es el órgano de asesoramiento del Ministerio, responsable del monitoreo y evaluación de las políticas nacionales, y tiene, entre otras funciones, elaborar y proponer las normas y lineamientos para la implementación y funcionamiento eficaz y eficiente del monitoreo y evaluación del impacto integral de las políticas nacionales; aprobar indicadores y estándares para medir el desempeño e impacto de las políticas nacionales; así como, supervisar el cumplimiento de las políticas nacionales y evaluar los informes técnicos sustentatorios derivados de las supervisiones efectuadas;

Que, con documentos del visto, el Director General de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto y el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señalan que corresponde a la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto, elaborar y aprobar los indicadores para medir el desempeño de las políticas nacionales y efectuar el monitoreo y evaluación de las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento del Sector Vivienda, por lo que proponen la modificación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 007-2014-VIVIENDA;

Que, en consecuencia, es necesario expedir el acto resolutivo correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; y el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 007-2014-VIVIENDA, en los siguientes términos:
"Artículo 2°.- La Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es la responsable de elaborar los informes de evaluación semestral de la Metas e Indicadores de Desempeño aprobados por el artículo precedente".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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