2/25/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 087-2015-MINEDU Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la SUNEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 087-2015-MINEDU Lima, 24 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se creó la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) como Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones; Que, con Decreto
Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la SUNEDU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 087-2015-MINEDU
Lima, 24 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se creó la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) como Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones;

Que, con Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNEDU;

Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC denominada "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades" que comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional;

Que, el subnumeral 4.9 del numeral 4 de la precitada Directiva establece que las entidades creadas a partir de la entrada en vigencia del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, como es el caso de la SUNEDU, podrán aprobar un CAP Provisional en el marco del proceso de implementación de sus instrumentos de gestión;

Que, adicionalmente, los subnumerales 5.5.1 y 5.5.2 del numeral 5 de dicha Directiva, señalan que la aprobación del CAP Provisional de las entidades está condicionada al Informe Técnico de Aprobación que emita la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, y que en el caso de los organismos públicos, dicha aprobación se realiza mediante Resolución Ministerial del Titular del Sector;

Que, con Oficio N° 052-2015-SERVIR/PE, el Presidente Ejecutivo de SERVIR remite el Informe N° 005-2015-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en virtud del cual considera pertinente la propuesta de CAP Provisional planteada por la SUNEDU, a través del Oficio N° 001-2015-SUNEDU/DS;

Que, el subnumeral 5.4.1 del numeral 5 de la mencionada Directiva, establece que el proyecto de CAP Provisional debe estar debidamente visado por el órgano responsable de su elaboración y por el órgano de asesoría jurídica, adjuntando la opinión técnica favorable del órgano encargado de racionalización o del que haga sus veces;

Que, el literal d) del artículo 65 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, establece que la Unidad de Organización y Métodos dependiente de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación, tiene la función de analizar procesos, identificar funciones, diseñar estructuras orgánicas, formular cuadros para asignación de personal, rediseñar y simplificar procesos y procedimientos administrativos;

Que, en tal sentido, con Memorándum N° 0074-2015-MINEDU/VMGI-OAAE-UOM el Jefe de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación remite el Informe N° 28-2015-MINEDU/VMGI-OAAE-UOM de la Unidad de Organización y Métodos, en virtud del cual emite opinión técnica favorable a la propuesta de CAP Provisional de la
SUNEDU;

De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE, que aprobó la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC denominada "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), el mismo que como Anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- El documento de gestión aprobado por el artículo precedente, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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