2/03/2015

RESOLUCIÓN N° 033-2015-OSCE/PRE Aprueban modificación al Reglamento de Contrataciones de Petróleos

Aprueban modificación al Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. RESOLUCIÓN N° 033-2015-OSCE/PRE Jesús María, 30 de enero de 2015 VISTOS: El Informe N° 037-2014/DTN del 24 de diciembre de 2014; Las Cartas LOGI-NC-349-2014 y LOGI-0027-2014, presentadas el 27 de noviembre de 2014 y 13 de enero de respectivamente; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de Petróleos
Aprueban modificación al Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A.
RESOLUCIÓN N° 033-2015-OSCE/PRE
Jesús María, 30 de enero de 2015
VISTOS:

El Informe N° 037-2014/DTN del 24 de diciembre de 2014;

Las Cartas LOGI-NC-349-2014 y LOGI-0027-2014, presentadas el 27 de noviembre de 2014 y 13 de enero de respectivamente;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., las modificaciones del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de PETROPERU S.A.
deberán ser propuestas por su Directorio y aprobadas por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, en el plazo de treinta (30) días de presentado, vencido el cual, de no haber pronunciamiento, se producirá su aprobación automática;

Que, mediante la Carta LOGI-NC-349-2014, Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., remitió a este Organismo Supervisor una propuesta de modificación a su Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones, aprobado por Resolución N° 523-2009-OSCE-PE, la misma que fue aprobada mediante Acuerdo de Directorio N° 100-2014-PP del 13 de noviembre de 2014, a efectos de su evaluación;

Que, la propuesta de modificación consiste en la incorporación de un nuevo supuesto de Contratación Directa, contemplando de esa forma agregar dentro de la regulación citada, el numeral 9.3.13 del artículo 9°, para que de manera excepcional, cuando por norma con rango de Ley se declare de necesidad pública e interés nacional la ejecución de un proyecto de PETROPERU, a fin de cumplir con los objetivos de la norma que así lo declare, se podrá contratar los bienes, servicios y obras estrictamente necesarios para el cumplimiento de los acuerdos y compromisos que se hubieran asumidos para la implementación del referido Proyecto, contándose previamente, bajo responsabilidad, con la aprobación por parte del Directorio de PETROPERU del listado de bienes, servicios y obras que se requiera contratar;

Que, habiéndose revisado la referida propuesta de modificación, la Dirección Técnico Normativa del OSCE mediante el Informe de Vistos ha concluido que es pertinente la inclusión del supuesto de Contratación Directa propuesto, en la medida que cumple con el criterio de objetividad y sus alcances se encuentran definidos al establecer que los bienes servicios y obras deben ser los estrictamente necesarios para cumplir con los compromisos asumidos, así como que el órgano competente debe aprobar el listado respectivo;
la referida Dirección agrega que la contratación directa debe ser aprobada observando los principios que rigen los procesos de contratación estatal y el derecho público;

Que, en ese sentido, corresponde a la Presidencia Ejecutiva emitir el acto aprobatorio correspondiente, a efectos de la publicación y entrada en vigencia de la modificación del Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A.;

Estando a lo expuesto, de conformidad con el literal u) del artículo 11° del citado Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 789-2011-EF/10 y modificado por Decreto Supremo N° 006-2014-EF, con el visado de la Dirección Técnico Normativa y la Oficina de Asesoría Jurídica del
OSCE;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la modificación al Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú -PETROPERU S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo T ercero.- Publíquese el texto de la modificación al Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú -PETROPERU S.A. en el Portal del Estado Peruano (www.
peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del OSCE (www.
osce.gob.pe).

Regístrese, publíquese y archívese.

MAGALI ROJAS DELGADO
Presidenta Ejecutiva

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