2/13/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2015-EF Ratifican acuerdos adoptados por el Consejo Directivo de

Ratifican acuerdos adoptados por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN que aprueban la incorporación del activo sobre el que se desarrollará el Proyecto "Desarrollo del mercado inmobiliario y la inversión en infraestructura" al proceso de promoción de la inversión privada y la modalidad de promoción RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2015-EF Lima, 12 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2015-VIVIENDA se autorizó al Ministerio de Vivienda, Construcción
Ratifican acuerdos adoptados por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN que aprueban la incorporación del activo sobre el que se desarrollará el Proyecto "Desarrollo del mercado inmobiliario y la inversión en infraestructura" al proceso de promoción de la inversión privada y la modalidad de promoción
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2015-EF
Lima, 12 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2015-VIVIENDA se autorizó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, el desarrollo del proceso de promoción de la inversión privada sobre el predio de 5 580.47 m2, ubicado en la Avenida Javier Prado Este N° 1955 – 1975, Avenida de la Poesía N° 111
– 155 y calle de Las Letras N° 285, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 12827573 del Registro de Predios de la zona registral N° IX – Sede Lima;

Que, mediante Oficio N° 129-2015-VIVIENDA-DM recibido el 20 de enero de 2015, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha solicitado a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, disponga las acciones necesarias a fin de incorporar al proceso de promoción de la inversión privada a su cargo, el activo referido en el considerando precedente, sobre el cual se desarrollará el Proyecto "Desarrollo del mercado inmobiliario y la inversión en infraestructura";

Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 26 de enero de 2015, acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada, bajo los mecanismos del Decreto Legislativo N° 674 y sus normas reglamentarias y complementarias, el activo sobre el cual se desarrollará el Proyecto referido en el considerando precedente;

Que, asimismo, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN acordó establecer que la modalidad de promoción de la inversión privada para el referido activo será, según corresponda, la establecida en los literales a) y/o c) del artículo 2° del Decreto Legislativo
N° 674;

Que, en virtud a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 674, los acuerdos de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referidos en los considerandos anteriores deben ser ratificados por resolución suprema;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto Legislativo N° 674; y, Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 26 de enero de 2015, mediante el cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN, el activo sobre el cual se desarrollará el Proyecto "Desarrollo del mercado inmobiliario y la inversión en infraestructura", bajo los mecanismos del Decreto Legislativo N° 674 y sus normas reglamentarias y complementarias.

Artículo 2°.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 26 de enero de 2015, mediante el cual se acordó establecer que la modalidad de promoción de la inversión privada para el activo sobre el cual se desarrollará el Proyecto "Desarrollo del mercado inmobiliario y la inversión en infraestructura" sea, según corresponda, la establecida en los literales a) y/o c) del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 674.

Artículo 3°.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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