2/12/2015

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 011-2015-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico "Huanchosmarca", ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 011-2015-VMPCIC-MC Lima, 11 de febrero de 2015 Vistos, el Informe Técnico N° 316-2013-DSFL-DGPA/ MC, Informe Técnico N° 3123-2014-DSFL-DGPA/MC y el Informe Técnico N° 3136-2014-DSFL-DGPA/MC, y; CONSIDERANDO: Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296, indican que es de interés social y
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico "Huanchosmarca", ubicado en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 011-2015-VMPCIC-MC
Lima, 11 de febrero de 2015
Vistos, el Informe Técnico N° 316-2013-DSFL-DGPA/ MC, Informe Técnico N° 3123-2014-DSFL-DGPA/MC y el Informe Técnico N° 3136-2014-DSFL-DGPA/MC, y;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296, indican que es de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación de conformidad con la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565;

Que, el literal a) del artículo 14 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1
del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional;

Que, mediante solicitud de fecha 12 de marzo de 2013, el señor Mario Luis Gregorio Vargas, Presidente del Comité de Cultura de la Comunidad Campesina de San Lorenzo de Cochabamba, solicita a la Dirección de Arqueología, actualmente Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble se preserven los sitios arqueológicos de Keka y Huanchosmarca, ubicados en la Comunidad de San Lorenzo de Cochabamba, distrito de Lachaqui, provincia de Canta, departamento de Lima;

Que, mediante Informe Técnico N° 316-2013-DSFL-DGPA/MC de fecha 31 de julio de 2013, sobre la delimitación y georeferenciación del monumento arqueológico Huanchosmarca, ubicado en el distrito de Lachaqui, provincia de Canta, departamento de Lima, se recomienda la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado y la aprobación de su respectivo expediente técnico;

Que, mediante Informe Técnico N° 3123-2014-DSFL-DGPA/MC de fecha 24 de noviembre de 2014 la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal indica que de acuerdo a la Búsqueda Catastral N° 2014-402022481
de fecha 02 de octubre de 2014, la Oficina Registral N° IX-Sede Lima, señala que el predio de 219 873.98 m 2
, ubicado en el distrito de Lachaqui, provincia de Canta y departamento de Lima, se visualiza comprendido en el ámbito mayor inscrito en la Partida N° P18012116, cuya propiedad corre inscrita a favor de la C.C. de San Lorenzo de Cochabamba;

Que, mediante Informe Técnico N° 3136-2014-DSFL-DGPA/MC de fecha 26 de noviembre de 2014, referente al procedimiento de delimitación y georeferenciación del Paisaje Arqueológico "Huanchosmarca", ubicado en el distrito de Lachaqui, provincia de Canta, departamento de Lima, recomienda lo siguiente:

Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico "Huanchosmarca"; según los datos señalados en el siguiente cuadro:

Departamento Lima Provincia Canta Datum WGS84 Zona 18
Paisaje Arqueológico Distrito UTM Este UTM Norte Huanchosmarca Lachaqui 317 487.6429 8 723 346.6484
Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del Paisaje Arqueológico "Huanchosmarca", de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes:

Nombre del Paisaje Arqueológico N° de Plano en Datum WGS84
Área (m2)
Área (ha)
Perímetro (m)
Huanchosmarca
PP-097-MC_DGPA/DSFL-2014 WGS84
219 873.98 21.9873 4 904.76
Con el visado de la Directora (e) de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, del Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo N° 003-2014-MC, que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas; Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico "Huanchosmarca"; según los datos señalados en el siguiente cuadro:

Departamento Lima Provincia Canta Datum WGS84 Zona 18
Paisaje Arqueológico Distrito UTM Este UTM Norte Huanchosmarca Lachaqui 317 487.6429 8 723 346.6484
Artículo 2°.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Huanchosmarca, de acuerdo al plano, área y perímetro que se consigna a continuación:

Nombre del Paisaje Arqueológico N° de Plano en Datum WGS84
Área (m2)
Área (ha)
Perímetro (m)
Huanchosmarca
PP-097-MC_DGPA/
DSFL-2014
WGS84
219 873.98 21.9873 4 904.76
Artículo 3°.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el artículo 1 y los planos señalados en el artículo 2 de la presente resolución.

Artículo 4°.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura.

Artículo 5°.- Remitir copia certificada de la presente Resolución al Gobierno Regional de Lima, Municipalidad Provincial de Canta, Municipalidad Distrital de Lachaqui, Comunidad Campesina San Lorenzo de Cochabamba, COFOPRI, para efectos que el Paisaje Arqueológico Huanchosmarca sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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