3/17/2015

LEY N° 30310 DEMARCACIÓN DE LA PROVINCIA DE PADRE ABAD / UCAYALI

LEY N° 30310 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE DEMARCACIÓN Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE PADRE ABAD EN EL DEPARTAMENTO DE UCAYALI Artículo 1. Acciones de regularización Delimítase y redelimítase la provincia de Padre Abad y los distritos de Padre Abad, Irazola y Curimaná, en el departamento de Ucayali. Artículo 2. Acciones de formalización Créanse el distrito de Neshuya, cuya
LEY N° 30310
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE DEMARCACIÓN Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE PADRE ABAD EN EL DEPARTAMENTO DE UCAYALI
Artículo 1. Acciones de regularización Delimítase y redelimítase la provincia de Padre Abad y los distritos de Padre Abad, Irazola y Curimaná, en el departamento de Ucayali.

Artículo 2. Acciones de formalización Créanse el distrito de Neshuya, cuya capital es el pueblo de Monte Alegre, y el distrito de Alexander Von Humboldt, cuya capital es el pueblo de Alexander Von Humboldt, en la provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali.

Artículo 3. Acciones de normalización Recategorízase el centro poblado de Aguaytía, capital de la provincia de Padre Abad a la categoría de ciudad;
el centro poblado de San Alejandro, capital del distrito de Irazola, a la categoría de villa; y el centro poblado de Curimaná, capital del distrito del mismo nombre, a la categoría de villa, en el departamento de Ucayali.

Artículo 4. Capital provincial y capitales distritales La capital provincial de Padre Abad es la ciudad de Aguaytía, que a la vez es la capital del distrito de Padre Abad; Irazola, con su capital la villa de San Alejandro;

Curimaná, con su capital la villa de Curimaná; Neshuya, con su capital el pueblo de Monte Alegre; y Alexander Von Humboldt, con su capital el pueblo de Alexander Von Humboldt.

Artículo 5. Límites territoriales Los límites territoriales de la provincia de Padre Abad y los distritos de Padre Abad, Irazola, Curimaná, Neshuya y Alexander Von Humboldt, que la conforman, son los siguientes:

PROVINCIA DE PADRE ABAD
Sus límites son los siguientes:

POR EL NORTE:

Limita con el distrito de Nueva Requena, provincia de Coronel Portillo.

El límite se inicia en las coordenadas UTM 450 079 m E y 9 092 455 m N, continúa con dirección Este, por la divisoria de aguas entre los tributarios del río Aguaytía y tributarios del río Juantía, continuando por la cota 418 de coordenadas UTM 454 037 m E y 9 088 784 m N, cota 279 de coordenadas UTM 464 449 m E y 9 087
986 m N, cota 265 de coordenadas UTM 473 646 m E y 9 088 972 m N, hasta la cota 259 de coordenadas UTM 484 890 m E y 9 085 601 m N.

POR EL NORESTE Y ESTE:

Limita con los distritos de Nueva Requena y Campoverde, provincia de Coronel Portillo.

El límite se inicia en la cota 259 de coordenadas UTM 484 890 m E y 9 085 601 m N, continuando en dirección Sureste hasta el punto de coordenadas UTM 498 968 m E y 9 074 042 m N, convirtiéndose en punto tripartito entre los distritos de Curimaná, Nueva Requena y Campoverde (provincia de Coronel Portillo), continuando el límite en dirección general Sur por el cauce aguas arriba del río Neshuya hasta el punto de coordenadas UTM 505 006 m E y 9 020
231 m N, como punto tripartito entre los distritos de Alexander Von Humboldt, Campoverde (provincia de Coronel Portillo) y la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco.

POR EL SURESTE Y SUR:

Limita con la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco.

El límite se inicia en el punto tripartito de coordenadas UTM 505 006 m E y 9 020 231 m N, entre los distritos de Alexander Von Humboldt, Campoverde (provincia de Coronel Portillo) y la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco, continuando el límite en dirección Oeste por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía, con los tributarios del río Pachitea pasando por la cota 246 de coordenadas UTM 499 450 m E y 9 019 550 m N, pasando por la intersección de la carretera Fernando Belaúnde Terry (exmarginal) en el punto de coordenadas UTM 494
846 m E y 9 019 714 m N, prosiguiendo por la cota 360
de coordenadas UTM 492 600 m E y 9 018 250 m N, continúa un tramo abierto hasta el punto de coordenadas UTM 486 521 m E y 9 018 307 m N. De este punto el límite prosigue en dirección general Suroeste por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía y del río Pachitea (incluyendo sus afiuentes río San Alejandro, río Macuya y río Sungaroyacu) pasando por la cota 320 de coordenadas UTM 485 218 m E
y 9 010 898 m N, cota 322 de coordenadas UTM 486
859 m E y 9 007 220 m N, cota 308 de coordenadas UTM 484 700 m E y 9 005 500 m N, cota 254 de coordenadas UTM 482 765 m E y 9 004 005 m N, cota 270 de coordenadas UTM 480 146 m E y 8 999 906 m N, cota 276 coordenadas UTM 474 867 m E y 8 988
810 m N, coordenadas UTM 474 600 m E y 8 983 000
m N, coordenadas UTM 455 668 m E y 8 971 762 m N, coordenadas UTM 450 363 m E y 8 972 353 m N, cota 450 de coordenadas UTM 449 918 m E y 8 969 495 m N, cota 492 de coordenadas UTM 447 632 m E y 8 966
037 m N, cota 536 de coordenadas UTM 444 793 m E
y 8 963 109 m N, cota 712 de coordenadas UTM 437
952 m E y 8 960 763 m N, continuando en dirección Oeste por las cumbres septentrionales del cerro Monte Agua Dulce, hasta el punto de coordenadas UTM 426
393 m E y 8 958 871 m N.

POR EL SUROESTE Y OESTE:

Limita con la provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, y la provincia de Ucayali, departamento de Loreto.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM
426 393 m E y 8 958 871 m N, siguiendo una dirección general Noroeste por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía (quebradas Pintoyacu y Chonta, ríos Yurac Yacu y Santa Ana), con los tributarios del río Huallaga (río Tulumayo, quebrada San Carlos Grande, ríos Pendencia, Aucayacu y Pucayacu), pasando por la cota 1973 de coordenadas UTM 425 422 m E y 8 963 191 m N, continuando por la cumbre del cerro Monte Huayhuán por las coordenadas UTM 422 410 m E y 8 968 132 m N, prosiguiendo el límite por la cumbre del cerro Monte Colorado por las coordenadas UTM 419 149 m E y 8
975 680 m N, coordenadas UTM 416 083 m E y 8 978
762 m N, hasta el punto de intersección en el eje de la carretera Federico Basadre de coordenadas UTM 412
573 m E y 8 983 122 m N, continúa un tramo abierto hasta el punto de coordenadas UTM 412 017 m E y 8 987 478 m N. Luego el límite continúa en dirección Noroeste pasando por las coordenadas UTM 409 672
m E y 8 994 122 m N, pasando por la cordillera Azul, coordenadas UTM 406 739 m E y 8 999 298 m N, coordenadas UTM 401 951 m E y 9 005 288 m N, cota 1892 de coordenadas UTM 401 766 m E y 9 016 320
m N, coordenadas UTM 398 570 m E y 9 021 250 m N, cota 2348 de coordenadas UTM 398 634 m E y 9
029 256 m N, hasta el punto de coordenadas UTM 395
920 m E y 9 036 340 m N, como punto tripartito entre la provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali;
la provincia de Ucayali, departamento de Loreto;
y la provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco. De este punto, el límite continúa en dirección Noreste por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía, con los tributarios del río Pisqui por la cota 1816 de coordenadas UTM 401 242 m E y 9 041
510 m N, cota 1158 de coordenadas UTM 405 723 m E y 9 043 641 m N, cota 994 de coordenadas UTM 410
302 m E y 9 047 656 m N, continuando en dirección Norte hasta la cota 1165 de coordenadas UTM 412
037 m E y 9 058 991 m N.

POR EL NOROESTE:

Limita con la provincia de Ucayali, departamento de Loreto.

El límite se inicia en la cota 1165 de coordenadas UTM 412 037 m E y 9 058 991 m N para proseguir en dirección Noreste pasando por la cota 1305
de coordenadas UTM 420 213 m E y 9 061 788 m N, cota 310 de coordenadas UTM 424 337 m E y 9
068 840 m N. De este último punto, el límite prosigue en dirección Este por la divisoria de aguas del río Pisqui y afiuentes, con el río Aguaytía y afiuentes (río Gradayacu, quebrada Azul) pasando por la cota 355
de coordenadas UTM 436 866 m E y 9 066 620 m N, coordenadas UTM 439 000 m E y 9 067 200 m N
hasta la cota 391 de coordenadas UTM 453 677 m E
y 9 065 649 m N. De este punto el límite continúa en dirección general Noroeste pasando por la cota 318
de coordenadas UTM 447 387 m E y 9 076 692 m N, hasta el punto de coordenadas UTM 443 839 m E
y 9 078 656 m N, continuando en dirección Noreste por la divisoria de aguas del río Pisqui y quebrada Pindayo, hasta el punto de coordenadas UTM 450 079
m E y 9 092 455 m N, punto de inicio de la presente descripción.

LÍMITES DEL DISTRITO DE PADRE ABAD
Sus límites son los siguientes:

POR EL NORTE:

Limita con la provincia de Ucayali, departamento de Loreto.

El límite se inicia en la cota 1165 de coordenadas UTM 412 037 m E y 9 058 991 m N para proseguir en dirección Noreste pasando por la cota 1305 de coordenadas UTM 420 213 m E y 9 061 788 m N hasta la cota 310 de coordenadas UTM 424 337 m E y 9 068
840 m N.

POR EL NORESTE:

Limita con el distrito de Curimaná.

El límite se inicia en la cota 310 de coordenadas UTM 424 337 m E y 9 068 840 m N, continuando en línea recta hasta la naciente del río Gradayacu punto de coordenadas UTM 425 336 m E y 9 067
182 m N, continuando el límite en dirección general Sureste por el cauce del río Gradayacu hasta su desembocadura en el río Aguaytía, prosiguiendo en dirección Este por el cauce del río Aguaytía hasta la desembocadura de la quebrada Tarahuaca en el río Aguaytía, continuando el límite en dirección general Sureste aguas arriba por el cauce de la quebrada Tarahuaca hasta su confiuencia con la quebrada Yanayacu, prosiguiendo por el cauce aguas arriba de la quebrada Yanayacu hasta su naciente en el punto de coordenadas UTM 468 393 m E y 9 047 593 m N. De este punto el límite continúa en línea recta con dirección Suroeste hasta la confiuencia de la quebrada Raya Negra con otra quebrada sin nombre punto de coordenadas UTM 467 373 m E y 9 045 064
m N, como punto tripartito entre los distritos de Padre Abad, Irazola y Curimaná.

POR EL SURESTE Y SUR:

Limita con los distritos de Irazola y Curimaná y la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco.

El límite se inicia en el punto tripartito entre los distritos de Padre Abad, Irazola y Curimaná de coordenadas UTM 467 373 m E y 9 045 064 m N, continuando el límite aguas arriba por el cauce de una quebrada sin nombre hasta el punto de coordenadas UTM 465 029
m E y 9 037 885 m N, continuando el límite en dirección Suroeste por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía con tributarios del río San Alejandro pasando por las coordenadas UTM 461 541 m E y 9
032 290 m N, cota 328 de coordenadas UTM 460 429
m E y 9 026 469 m N, coordenadas UTM 460 533 m E
y 9 019 520 m N, coordenadas UTM 457 670 m E y 9
013 901 m N, coordenadas UTM 453 124 m E y 9 012
283 m N, coordenadas UTM 452 650 m E y 9 011 700
m N, coordenadas UTM 453 750 m E y 9 009 300 m N, coordenadas UTM 454 316 m E y 9 009 035 m N (intersección con la carretera Federico Basadre), para proseguir en dirección general Sur por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía con tributarios del río San Alejandro, pasando por las coordenadas UTM 453 000 m E y 9 007 000 m N, coordenadas UTM
453 369 m E y 9 005 444 m N, coordenadas UTM 451
915 m E y 9 001 152 m N, coordenadas UTM 451 214
m E y 8 998 087 m N, cota 431 de coordenadas UTM
452 387 m E y 8 994 418 m N, cota 422 de coordenadas UTM 451 516 m E y 8 989 480 m N, coordenadas UTM
452 687 m E y 8 983 548 m N, coordenadas UTM 452
075 m E y 8 978 343 m N, cota 460 de coordenadas UTM 449 983 m E y 8 975 867 m N, hasta el punto de coordenadas UTM 450 363 m E y 8 972 353 m N.

De este punto el límite prosigue en dirección general Suroeste por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía y del río Pachitea pasando por la cota 450
de coordenadas UTM 449 918 m E y 8 969 495 m N, cota 492 de coordenadas UTM 447 632 m E y 8 966
037 m N, cota 536 de coordenadas UTM 444 793 m E
y 8 963 109 m N, cota 712 de coordenadas UTM 437
952 m E y 8 960 763 m N, continuando en dirección Oeste por las cumbres septentrionales del cerro Monte Agua Dulce, hasta el punto de coordenadas UTM 426
393 m E y 8 958 871 m N.

POR EL SUROESTE Y OESTE:

Limita con la provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, y la provincia de Ucayali, departamento de Loreto.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM
426 393 m E y 8 958 871 m N, siguiendo una dirección general Noroeste por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía (quebradas Pintoyacu y Chonta, ríos Yurac Yacu y Santa Ana), con los tributarios del río Huallaga (río Tulumayo, quebrada San Carlos Grande, ríos Pendencia, Aucayacu y Pucayacu), pasando por la cota 1973 de coordenadas UTM 425 422 m E y 8 963 191 m N, continuando por la cumbre del cerro Monte Huayhuán por las coordenadas UTM 422 410 m E y 8 968 132 m N, prosiguiendo el límite por la cumbre del cerro Monte Colorado por las coordenadas UTM 419 149 m E y 8
975 680 m N, coordenadas UTM 416 083 m E y 8 978
762 m N, hasta el punto de intersección en el eje de la carretera Federico Basadre de coordenadas UTM 412
573 m E y 8 983 122 m N, continúa un tramo abierto hasta el punto de coordenadas UTM 412 017 m E y 8 987 478 m N. Luego el límite continúa en dirección Noroeste pasando por las coordenadas UTM 409 672
m E y 8 994 122 m N, pasando por la cordillera Azul coordenadas UTM 406 739 m E y 8 999 298 m N, coordenadas UTM 401 951 m E y 9 005 288 m N, cota 1892 de coordenadas UTM 401 766 m E y 9 016 320
m N, coordenadas UTM 398 570 m E y 9 021 250 m N, cota 2348 de coordenadas UTM 398 634 m E y 9
029 256 m N, hasta el punto de coordenadas UTM 395
920 m E y 9 036 340 m N, como punto tripartito entre la provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali;
la provincia de Ucayali, departamento de Loreto; y la provincia de Leoncio Prado, departamento Huánuco.

De este punto, el límite continúa en dirección Noreste por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía, con los tributarios del río Pisqui por la cota 1816 de coordenadas UTM 401 242 m E y 9 041 510
m N, cota 1158 de coordenadas UTM 405 723 m E y 9
043 641 m N, cota 994 de coordenadas UTM 410 302
m E y 9 047 656 m N, continuando en dirección Norte hasta la cota 1165 de coordenadas UTM 412 037 m E y 9 058 991 m N, punto de inicio de la presente descripción.

LÍMITES DEL DISTRITO DE IRAZOLA
Sus límites son los siguientes:

POR EL NORTE:

Limita con el distrito de Curimaná.

El límite se inicia en la confiuencia de la quebrada Raya Negra con otra quebrada sin nombre punto de coordenadas UTM 467 373 m E y 9 045 064 m N
como punto tripartito entre los distritos de Padre Abad, Irazola y Curimaná. De este punto el límite continúa en dirección general Noreste por el cauce de la quebrada Raya Negra hasta su confiuencia en la margen izquierda del río San Alejandro punto de coordenadas UTM 476 938 m E y 9 053 566 m N. De este punto el límite prosigue hasta el punto de coordenadas UTM
483 782 m E y 9 056 427 m N, convirtiéndose en el punto tripartito entre los distritos de Irazola, Curimaná y Neshuya.

POR EL ESTE:

Limita con el distrito de Neshuya, Alexander Von Humboldt y la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco.

El límite se inicia en el punto tripartito entre los distritos de Irazola, Curimaná y Neshuya de coordenadas UTM
483 782 m E y 9 056 427 m N, para proseguir en dirección general Sur por la divisoria de aguas entre los ríos San Alejandro y Neshuya pasando por las coordenadas UTM 483 918 m E y 9 055 555 m N, coordenadas UTM
484 259 m E y 9 054 514 m N, coordenadas UTM 484
744 m E y 9 053 003 m N, coordenadas UTM 484 298
m E y 9 050 929 m N, coordenadas UTM 484 097 m E y 9 050 086 m N, coordenadas UTM 483 672 m E
y 9 048 165 m N, coordenadas UTM 483 106 m E y 9 046 545 m N, coordenadas UTM 481 706 m E y 9
042 138 m N, coordenadas UTM 482 034 m E y 9 041
530 m N, coordenadas UTM 482 073 m E y 9 040 571
m N, coordenadas UTM 486 643 m E y 9 030 267 m N, coordenadas UTM 488 076 m E y 9 027 268 m N (punto tripartito entre los distritos de Irazola, Neshuya y Alexander Von Humboldt), coordenadas UTM 487
075 m E y 9 025 922 m N, coordenadas UTM 487
391 m E y 9 022 926 m N, coordenadas UTM 486
847 m E y 9 022 038 m N, coordenadas UTM 485
474 m E y 9 021 295 m N, coordenadas UTM 485 041
m E y 9 020 710 m N, coordenadas UTM 483 868 m E y 9 020 560 m N, coordenadas UTM 483 126 m E
y 9 019 000 m N, coordenadas UTM 483 832 m E y 9 016 737 m N, coordenadas UTM 486 803 m E y 9
016 079 m N, prosiguiendo el límite por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía y del río Pachitea (incluyendo sus afiuentes río San Alejandro, río Macuya y río Sungaroyacu), pasando por la cota 320 de coordenadas UTM 485 218 m E y 9 010 898 m N, hasta la cota 322 de coordenadas UTM 486 859 m E y 9 007 220 m N.

POR EL SURESTE Y SUR:

Limita con la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco.

El límite se inicia en la cota 322 de coordenadas UTM
486 859 m E y 9 007 220 m N, continuando por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía y del río Pachitea, pasando por la cota 308 de coordenadas UTM 484 700 m E y 9 005 200 m N, cota 254 de coordenadas UTM 482 765 m E y 9 004 005 m N, cota 270 de coordenadas UTM 480 146 m E y 8 999
906 m N, cota 276 coordenadas UTM 474 867 m E y 8
988 810 m N, coordenadas UTM 474 600 m E y 8 983
000 m N, coordenadas UTM 455 668 m E y 8 971 762
m N, hasta el punto de coordenadas UTM 450 363 m E y 8 972 353 m N.

POR EL OESTE:

Limita con el distrito de Padre Abad.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM
450 363 m E y 8 972 353 m N para proseguir en dirección general Noreste por la divisoria de aguas de los ríos Aguaytía y San Alejandro pasando por la cota 460 de coordenadas UTM 449 983 m E y 8 975 867
m N, coordenadas UTM 452 075 m E y 8 978 343 m N, coordenadas UTM 452 687 m E y 8 983 548 m N, cota 422 de coordenadas UTM 451 516 m E y 8 989
480 m N, cota 431 de coordenadas UTM 452 387 m E y 8 994 418 m N, coordenadas UTM 451 214 m E
y 8 998 087 m N, coordenadas UTM 451 915 m E y 9 001 152 m N, coordenadas UTM 453 369 m E y 9
005 444 m N, coordenadas UTM 453 000 m E y 9 007
000 m N, prosiguiendo el límite en dirección Noreste hasta las coordenadas UTM 454 316 m E y 9 009 035
m N (intersección con la carretera Federico Basadre), continuando el límite en dirección Noreste por los tributarios del río Aguaytía con los tributarios del río San Alejandro pasando por las coordenadas UTM 453
750 m E y 9 009 300 m N, coordenadas UTM 452 650
m E y 9 011 700 m N, coordenadas UTM 453 124 m E y 9 012 283 m N, coordenadas UTM 457 670 m E
y 9 013 901 m N, coordenadas UTM 460 533 m E y 9
019 520 m N, cota 328 de coordenadas UTM 460 429
m E y 9 026 469 m N, coordenadas UTM 461 541 m E y 9 032 290 m N, coordenadas UTM 465 029 m E y 9 037 885 m N, continuando el límite aguas abajo por el cauce de una quebrada sin nombre hasta el punto de coordenadas UTM 467 373 m E y 9 045 064 m N, como punto tripartito entre los distritos de Padre Abad, Irazola y Curimaná, punto de inicio de la presente descripción.

LÍMITES DEL DISTRITO DE CURIMANÁ
Sus límites son los siguientes:

POR EL NORTE:

Limita con el distrito de Nueva Requena, provincia de Coronel Portillo.

El límite se inicia en las coordenadas UTM 450 079 m E y 9 092 455 m N, continúa con dirección Este, por la divisoria de aguas entre los tributarios del río Aguaytía y tributarios del río Juantía, continuando por la cota 418 de coordenadas UTM 454 037 m E y 9 088 784 m N, cota 279 de coordenadas UTM 464 449 m E y 9 087
986 m N, cota 265 de coordenadas UTM 473 646 m E y 9 088 972 m N, hasta la cota 259 de coordenadas UTM 484 890 m E y 9 085 601 m N.

POR EL NORESTE Y ESTE:

Limita con los distritos de Nueva Requena y Campoverde, provincia de Coronel Portillo.

El límite se inicia en la cota 259 de coordenadas UTM 484 890 m E y 9 085 601 m N, continuando en dirección Sureste hasta el punto de coordenadas UTM 498 968 m E y 9 074 042 m N, convirtiéndose en punto tripartito entre los distritos de Curimaná, Nueva Requena y Campoverde (provincia de Coronel Portillo), continuando el límite en dirección Sur por el cauce aguas arriba del río Neshuya hasta el punto de coordenadas UTM 497 723 m E y 9 066 218 m N, punto de confiuencia del río Tahuaillo con el río Neshuya.

POR EL SURESTE Y SUR:

Limita con los distritos de Neshuya e Irazola.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM
497 723 m E y 9 066 218 m N, confiuencia del río Tahuaillo con el río Neshuya, para continuar en dirección general Suroeste aguas arriba por el cauce del río Tahuaillo hasta su confiuencia con el río Uruya, prosiguiendo el límite por el cauce del río Uruya hasta su confiuencia con la quebrada Pedregal, prosiguiendo el límite por el cauce de esta quebrada hasta su naciente en el punto de coordenadas UTM
484 251 m E y 9 057 352 m N, continúa el límite pasando por las coordenadas UTM 483 782 m E y 9 056 427 m N hasta llegar a la confiuencia de la quebrada Raya Negra con la margen izquierda del río San Alejandro punto de coordenadas UTM 476 938 m E y 9 053 566 m N, para proseguir aguas arriba por la quebrada Raya Negra hasta su confiuencia con una quebrada sin nombre en el punto de coordenadas UTM 467 373 m E y 9 045 064 m N, como punto tripartito entre los distritos de Padre Abad, Irazola y Curimaná.

POR EL SUROESTE Y OESTE:

Limita con el distrito de Padre Abad y la provincia de Ucayali, departamento de Loreto.

El límite se inicia en el punto tripartito entre los distritos de Padre Abad, Irazola y Curimaná de coordenadas UTM 467 373 m E y 9 045 064 m N, para proseguir en línea recta con dirección Noreste hasta la naciente de la quebrada Yanayacu punto de coordenadas UTM 468 393 m E y 9 047 593 m N, continuando el límite en dirección general Noroeste por el cauce de la quebrada Yanayacu hasta su confiuencia con la quebrada T arahuaca, prosiguiendo por el cauce de la quebrada Tarahuaca hasta su desembocadura en el río Aguaytía, prosiguiendo en dirección Sur por el cauce aguas arriba del río Aguaytía hasta su confiuencia con el río Gradayacu, continuando en dirección Noroeste por el cauce aguas arriba del río Gradayacu hasta su naciente en un punto de coordenadas UTM 425 336 m E y 9 067 182 m N, continuando en línea recta hasta la cota 310 de coordenadas UTM 424 337 m E y 9
068 840 m N. De este último punto el límite prosigue en dirección Este por la divisoria de aguas del río Pisqui y afiuentes, con el río Aguaytía y afiuentes (río Gradayacu, quebrada Azul) pasando por la cota 355 de coordenadas UTM 436 866 m E y 9 066 620
m N, coordenadas UTM 439 000 m E y 9 067 200
m N, hasta la cota 391 de coordenadas UTM 453
677 m E y 9 065 649 m N. De este punto el límite continúa en dirección general Noroeste pasando por la cota 318 de coordenadas UTM 447 387 m E y 9 076 692 m N, hasta el punto de coordenadas UTM 443 839 m E y 9 078 656 m N, continuando en dirección Noreste por la divisoria de aguas del río Pisqui y quebrada Pindayo, hasta el punto de coordenadas UTM 450 079 m E y 9 092 455 m N, punto de inicio de la presente descripción.

LÍMITES DEL DISTRITO DE NESHUYA
Sus límites son los siguientes:

POR EL NORTE:

Limita con el distrito de Curimaná.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM
484 251 m E y 9 057 352 m N naciente de la quebrada Pedregal, continuando el límite en dirección general Noreste por el cauce de esta quebrada hasta su confiuencia con el río Uruya, prosiguiendo el límite por el cauce del río Uruya hasta su confiuencia con el río Tahuaillo, para continuar en dirección Norte por el cauce del río Tahuaillo hasta su confiuencia con el río Neshuya en el punto de coordenadas UTM 497 723 m E y 9 066 218 m N.

POR EL ESTE:

Limita con el distrito de Campoverde, provincia de Coronel Portillo.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM
497 723 m E y 9 066 218 m N (confiuencia del río Tahuaillo con el río Neshuya), continuando el límite en dirección general Sur por el cauce aguas arriba del río Neshuya hasta el punto de coordenadas UTM 504 801
m E y 9 028 201 m N.

POR EL SUR:

Limita con el distrito de Alexander Von Humboldt.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM 504
801 m E y 9 028 201 m N, para continuar en dirección Oeste hasta la confiuencia de la quebrada Yanayacu con la quebrada Tahuayo punto de coordenadas UTM
497 981 m E y 9 029 838 m N, para proseguir el límite en dirección Norte por el cauce de la quebrada T ahuayo hasta su confiuencia con la quebrada Las Piedras en el punto de coordenadas UTM 497 482 m E y 9 033
904 m N, continuando el límite en dirección general Suroeste por el cauce aguas arriba de la quebrada Las Piedras hasta el punto de coordenadas UTM 488 076
m E y 9 027 268 m N.

POR EL OESTE:

Limita con el distrito de Irazola.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM 488
076 m E y 9 027 268 m N, para continuar en dirección general Norte por la divisoria de aguas de los ríos San Alejandro y Neshuya, pasando por las coordenadas UTM 486 643 m E y 9 030 267 m N, coordenadas UTM
482 073 m E y 9 040 571 m N, coordenadas UTM 482
034 m E y 9 041 530 m N, coordenadas UTM 481 706
m E y 9 042 138 m N, coordenadas UTM 483 106 m E y 9 046 545 m N, coordenadas UTM 483 672 m E
y 9 048 165 m N, coordenadas UTM 484 097 m E y 9 050 086 m N, coordenadas UTM 484 298 m E y 9
050 929 m N, coordenadas UTM 484 744 m E y 9 053
003 m N, coordenadas UTM 484 259 m E y 9 054 514
m N, coordenadas UTM 483 918 m E y 9 055 555 m N, coordenadas UTM 483 782 m E y 9 056 427 m N (punto tripartito entre los distritos de Irazola, Curimaná y Neshuya), para continuar el límite hasta el punto de coordenadas UTM 484 251 m E y 9 057 352 m N
naciente de la quebrada Pedregal, punto de inicio de la presente descripción.

LÍMITES DEL DISTRITO DE ALEXANDER VON
HUMBOLDT
Sus límites son los siguientes:

POR EL NORTE:

Limita con el distrito de Neshuya.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM
488 076 m E y 9 027 268 m N (punto tripartito entre los distritos de Irazola, Neshuya y Alexander Von Humboldt) para continuar en dirección Norte por el cauce de la quebrada Las Piedras hasta llegar a la confiuencia de la quebrada Tahuayo en el punto de coordenadas UTM 497 482 m E y 9 033 904 m N, para proseguir el límite en dirección Sur por el cauce aguas arriba de la quebrada Tahuayo hasta su confiuencia con la quebrada Yanayacu punto de coordenadas UTM 497 981 m E y 9 029 838 m N. De este punto el límite continúa en dirección Este hasta el punto de coordenadas UTM 504 801 m E y 9 028 201 m N.

POR EL ESTE:

Limita con el distrito de Campoverde, provincia de Coronel Portillo.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM 504
801 m E y 9 028 201 m N, para continuar con dirección Sur por el cauce aguas arriba del río Neshuya hasta el punto de coordenadas UTM 505 006 m E y 9 020
231 m N, como punto tripartito entre los distritos de Alexander Von Humboldt, Campoverde (Provincia de Coronel Portillo) y la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco.

POR EL SUR:

Limita con la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco.

El límite se inicia en el punto tripartito entre los distritos de Alexander Von Humboldt, Campoverde (provincia de Coronel Portillo) y la provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco, en las coordenadas UTM
505 006 m E y 9 020 231 m N, continuando el límite en dirección Oeste por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía, con los tributarios del río Pachitea pasando por la cota 246 de coordenadas UTM 499 450 m E y 9 019 550 m N, intersección de la carretera Fernando Belaúnde Terry (exmarginal) en el punto de coordenadas UTM 494 846 m E y 9 019
714 m N, prosiguiendo por la cota 360 de coordenadas UTM 492 600 m E y 9 018 250 m N, continúa un tramo abierto hasta el punto de coordenadas UTM 486
521 m E y 9 018 307 m N. De este punto el límite prosigue en dirección Sur por la divisoria de aguas de los tributarios del río Aguaytía y del río Pachitea hasta el punto de coordenadas UTM 486 803 m E y 9 016
079 m N.

POR EL OESTE:

Limita con el distrito de Irazola.

El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM
486 803 m E y 9 016 079 m N para continuar el límite en dirección Oeste hasta el punto de coordenadas UTM 483 832 m E y 9 016 737 m N. De este punto, el límite prosigue en dirección general Noreste por la divisoria de aguas entre los ríos San Alejandro y Neshuya pasando por las coordenadas UTM 483 126
m E y 9 019 000 m N, coordenadas UTM 483 868 m E y 9 020 560 m N, coordenadas 485 041 m E y 9
020 710 m N, coordenadas UTM 485 474 m E y 9 021
295 m N, coordenadas UTM 486 847 m E y 9 022 038
m N, coordenadas UTM 487 391 m E y 9 022 926 m N, coordenadas UTM 487 075 m E y 9 025 922 m N, hasta las coordenadas UTM 488 076 m E y 9 027 268
m N como punto tripartito entre los distritos de Irazola, Neshuya y Alexander Von Humboldt, punto de inicio de la presente descripción.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Representación cartográfica Forma parte de la presente Ley la representación cartográfica del límite político-administrativo de la provincia de Padre Abad, en el departamento de Ucayali.

SEGUNDA. Base de la cartografía Los límites territoriales de los distritos que conforman la provincia de Padre Abad se han trabajado sobre la base de la cartografía oficial elaborada por el Instituto Geográfico Nacional (IGN) a escala 1:100,000; hojas: Nuevo Edén – 1754 (17-l), edición 1-IGN; Curimaná – 1854 (17-m), edición 3-IGN; Río Santa Ana – 1753 (18-l), edición 2-IGN;

San Alejandro – 1853 (18-m), edición 2-IGN; Tournavista –
1953 (18-n), edición 1-IGN; Aguaytía – 1752 (19-l), edición 2-IGN; Río Nova – 1852 (19-m), edición 1-IGN. Toda la cartografía está referida al Datum WGS-84.

TERCERA. Toponimias Corresponde al Instituto Geográfico Nacional elaborar la cartografía básica oficial y regularizar los nombres geográficos o topónimos denominados en la presente Ley, en tanto los mismos no figuran en la Cartografía Oficial.

CUARTA. Autoridades político-administrativas El Poder Ejecutivo dictará las disposiciones correspondientes a fin de dotar de autoridades político-administrativas a las nuevas circunscripciones que se crean por la presente Ley.

QUINTA. Autoridades judiciales El Poder Judicial dispondrá las acciones necesarias a fin de dotar a los distritos que se crean por Ley de las autoridades judiciales correspondientes.

SEXTA. Elección de autoridades municipales El Jurado Nacional de Elecciones adopta las acciones necesarias para la elección de las autoridades municipales de los distritos de Alexander Von Humboldt y Neshuya, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales.

SÉTIMA. Documento nacional de identidad El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) otorgará a la población de los nuevos distritos un documento nacional de identidad con los datos actualizados.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
TRANSITORIAS
PRIMERA. Límites no definidos La presente Ley se sustenta en la Ley 23994, que crea en el departamento de Huánuco la provincia de Puerto Inca, y la Ley 23416, que crea 4 provincias en el departamento de Ucayali, que servirán de base para la solución de los sectores con límites no definidos en la presente Ley: Tramo Abierto I, se inicia en el punto de coordenadas UTM 412 573 m E y 8 983 122 m N, continúa un tramo abierto hasta el punto de coordenadas UTM
412 017 m E y 8 987 478 m N y el Tramo Abierto II, se inicia en el punto de coordenadas UTM 492 600 m E y 9 018 250 m N, continúa un tramo abierto hasta el punto de coordenadas UTM 486 521 m E y 9 018 307 m N, son tratados de acuerdo a los criterios y procedimientos técnico-geográficos previstos en la Ley 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo 019-2003-PCM.

De no lograrse acuerdo entre las partes para la solución y delimitación del sector que carece de límites definidos, se aplicará las disposiciones contenidas en la Ley 29533, Ley que Implementa Mecanismos para la Delimitación Territorial, y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo 084-2013-PCM, o los procedimientos de consulta previstos por el Decreto Supremo 019-2003-PCM, modificado por el Decreto Supremo 063-2012-PCM, que modifica el Reglamento de la Ley 27795.

SEGUNDA. Administración transitoria de recursos y servicios públicos En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades en los distritos de Alexander Von Humboldt y Neshuya de la provincia de Padre Abad, la administración transitoria de recursos y la prestación de servicios públicos serán atendidas por el alcalde de la Municipalidad Distrital de Irazola, correspondiendo a este último, además, el manejo de los recursos reasignados a las nuevas circunscripciones, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 27555, Ley que Autoriza la Reasignación y Aplicación de Recursos en los Nuevos Distritos Creados, y el numeral 14.1 del artículo 14 del reglamento de la citada Ley, aprobado por el Decreto Supremo 031-2002-EF.

TERCERA. Junta de delegados vecinales La Municipalidad Distrital de Irazola constituirá una junta de delegados vecinales comunales de carácter transitorio cuyo alcance comprenda a los distritos de Alexander Von Humboldt y Neshuya, hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades en dichas jurisdicciones, la cual estará encargada de realizar las funciones comprendidas en los numerales 1, 4 y 6 del artículo 107 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Tales funciones no implican en ningún caso la administración y manejo de recursos.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
ÚNICA. Norma derogatoria Deróganse el literal b) del artículo 1 y el literal b) del artículo 2 de la Ley 23416, que crea 4 provincias en el departamento de Ucayali, así como la Ley 26429, que crea el distrito de Curimaná en la provincia de Padre Abad del departamento de Ucayali.

Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil quince.

ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES
Presidenta del Congreso de la República
MODESTO JULCA JARA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros PUBLICACIfiN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51° y 109° de la Constitución Política del Perú.

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