3/20/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 073-2015-PRODUCE Disponen la publicación en el portal institucional del

Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio, del proyecto de Decreto Supremo que establece el Régimen excepcional y temporal de incentivos para el pago de multas administrativas y su Exposición de Motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 073-2015-PRODUCE Lima, 19 de marzo de 2015 VISTOS: El Informe N° 002-2015-PRODUCE/DEDEPA de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero y el Informe N° 024-2015-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la
Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio, del proyecto de Decreto Supremo que establece el Régimen excepcional y temporal de incentivos para el pago de multas administrativas y su Exposición de Motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 073-2015-PRODUCE
Lima, 19 de marzo de 2015
VISTOS: El Informe N° 002-2015-PRODUCE/DEDEPA
de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero y el Informe N° 024-2015-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977, norma la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenido y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, estableciendo en su Título XI las prohibiciones, infracciones y sanciones;

Que, el artículo 78 de la citada Ley señala que las personas naturales o jurídicas que infrinjan las disposiciones establecidas en la misma y en todas las disposiciones reglamentarias sobre la materia se harán acreedoras, según la gravedad de la falta, a la sanción de multa;

Que, en el artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE se especifican las conductas sancionables;

Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas - RISP AC, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2011-PRODUCE, contempla el régimen de incentivos en el pago de multas, estableciendo el pago con descuento y el fraccionamiento, en forma excluyente:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 149-2014-PRODUCE se aprobaron disposiciones reglamentarias para el acogimiento al pago fraccionado de multas;

Que, en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, una de las manifestaciones del principio de auto organización de la Administración Pública determina la posibilidad que las autoridades administrativas implementen las medidas que consideren necesarias a fin de efectuar una gestión adecuada y en respeto de los intereses comunes;

Que, la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero en el Informe de Vistos señala la necesidad de establecer un régimen excepcional y temporal de incentivos para el pago de multas administrativas, permitiendo que los gastos operativos en la Administración Pública se vean sustancialmente reducidos, garantizándose mayores niveles de eficiencia, eficacia y una mejor atención a los administrados, a través de un régimen temporal de promoción del reconocimiento de las infracciones cometidas y de cumplimiento del deber ciudadano;

Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su vigencia, a fin de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, en tal sentido, a efectos de recibir las respectivas opiniones, sugerencias o comentarios de la ciudadanía resulta conveniente disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que establece el Régimen excepcional y temporal de incentivos para el pago de multas administrativas, así como de la correspondiente Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por el Decreto Legislativo N° 1047; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que establece el Régimen excepcional y temporal de incentivos para el pago de multas administrativas, así como de la correspondiente Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, (www.produce.
gob.pe), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de tres (3) días hábiles contado desde el día siguiente de su publicación.

Artículo 2.- Mecanismos de Participación Las opiniones y sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial deben ser remitidas, con atención a la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, a la sede del Ministerio de la Producción ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060 – Urbanización Córpac, San Isidro o a la dirección electrónica: dgp@produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.