3/16/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-MTC/02
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-MTC/02 Lima,12 de marzo de 2015 VISTO: El Memorándum N° 2937-2014-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación del valor total de tasación del inmueble afectado por la ejecución de la Carretera Huánuco – Tingo María – Pucallpa, Sector Tingo María – Aguaytía, Tramo: Puente Pumahuasi – Puente Chino; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecución de obras
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-MTC/02
Lima,12 de marzo de 2015
VISTO:
El Memorándum N° 2937-2014-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación del valor total de tasación del inmueble afectado por la ejecución de la Carretera Huánuco – Tingo María – Pucallpa, Sector Tingo María – Aguaytía, Tramo:
Puente Pumahuasi – Puente Chino; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones;
Que, los artículos 2, 3 y 4 de la Ley N° 27628 son modificados por la tercera disposición complementaria modificatoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura;
Que, según el artículo 2 de la Ley N° 27628, el valor de la tasación será fijado por la Dirección Nacional de Construcción, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b)
una indemnización por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante;
que el monto de la indemnización deberá considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que deberá incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiación.
Asimismo, establece que el valor total de la tasación es aprobado por resolución ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasación deberá de tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación. Y según el artículo 3°, la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fijado por la Dirección Nacional de Construcción y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder;
Que, mediante el Oficio N° 1463-2014/VIVIENDA-VMCS-DNC, de fecha 08 de agosto de 2014, la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Construcción y Saneamiento, hoy Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Construcción y Saneamiento, remite a la Unidad Gerencial de Estudios una tasación del predio afectado por la ejecución de la Carretera Huánuco – Tingo María – Pucallpa, Sector Tingo María – Aguaytia, Tramo: Puente Pumahuasi – Puente Chino;
Que, a través del Memorándum N° 2826-2014-MTC/20
la Dirección Ejecutiva de PROVÍAS NACIONAL eleva el Informe N° 041-2014-MTC/20.6.3/JHQB/FCAA del Jefe de Proyectos Pacri – UGE en el cual señala que corresponde gestionar la aprobación de la tasación efectuada a un predio cuyo propietario tiene su derecho debidamente inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Tingo María – Zona Registral N° VIII – Sede Huancayo, señalando que para su aprobación resulta de aplicación el procedimiento de trato directo previsto en la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales;
Que, de acuerdo al marco legal señalado así como los antecedentes que corresponden al procedimiento de adquisición del referido predio vía trato directo al amparo de la Ley N° 27628, resulta procedente la aprobación de la tasación efectuada;
De conformidad con las Leyes Nos. 29370 y 27628, así como el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar el valor total de la tasación correspondiente a un predio afectado por la ejecución de la Carretera Huánuco – Tingo María – Pucallpa, Sector Tingo María – Aguaytía, Tramo: Puente Pumahuasi – Puente Chino, de acuerdo al cuadro que como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
UN INMUEBLE AFECTADO POR LA CARRETERA
HUÁNUCO – TINGO MARÍA – PUCALLPA, SECTOR
TINGO MARÍA – AGUAYTÍA, TRAMO: PUENTE
PUMAHUASI – PUENTE CHINO
ÍTEM CÓDIGO
VALOR DE
TASACIÓN (S/.)
10 %
ADICIONAL (S/.)
VALOR TOTAL
DE TASACIÓN (S/.)
1 HTMP-PMPCH-TMA-001 S/. 14, 374.02 S/. 1,437.40 S/. 15,811.42
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