4/25/2015

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 078 -2015-INDECOPI/COD Disponen

Disponen la publicación previa en el portal electrónico del INDECOPI del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Contratación de Terceros Supervisores RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 078 -2015-INDECOPI/COD Lima, 15 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y funciones del Indecopi, incorporada mediante la Quinta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30264, Ley que establece
Disponen la publicación previa en el portal electrónico del INDECOPI del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Contratación de Terceros Supervisores
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 078 -2015-INDECOPI/COD
Lima, 15 de abril de 2015
CONSIDERANDO:

Que, la Octava Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y funciones del Indecopi, incorporada mediante la Quinta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, dispuso que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi podrá realizar acciones de supervisión a través de terceros, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas;

Que, asimismo, la Octava Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N° 1033 establece que mediante Decreto Supremo, a propuesta del Consejo Directivo del Indecopi, se establecerán los criterios y procedimientos específicos para la selección, contratación, designación, ejecución, control y sanción de dichas actividades;

Que, el literal l) del artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi y el literal o) del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, establecen como funciones del Consejo Directivo del Indecopi, además de las expresamente establecidas en la referida Ley, aquellas otras que le sean encomendadas o asignadas por normas sectoriales y reglamentarias;

Que, en ese sentido, mediante Informe N° 173-2015/GSF
la Gerencia de Supervisión y Fiscalización (GSF) presentó ante el Consejo Directivo del Indecopi, el Proyecto de Reglamento de Contratación de T erceros Supervisores del Indecopi;

Estando al Acuerdo N° 027-adoptado por el Consejo Directivo del Indecopi en sesión de fecha 30 de marzo de 2015; y, De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033;

RESUELVE:

Artículo Único.- Disponer la publicación previa del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Contratación de Terceros Supervisores del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi, en el portal electrónico del Indecopi http://www.indecopi.gob.pe a efectos de recibir los comentarios y aportes de la ciudadanía, dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo

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