4/22/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0132-2015-ONAGI-J Incorporan el Anexo 4 "Términos y Condiciones - Subasta

Incorporan el Anexo 4 "Términos y Condiciones - Subasta Pública en Línea - ONAGI", en el Instructivo 0001-2014-ONAGI-DGAE aprobado por R.J. N° 0528-2014-ONAGI-J RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0132-2015-ONAGI-J Lima, 21 de abril del 2015 VISTO: El Informe N° 025-2015-ONAGI-DGAE, de fecha 20 de abril de 2015, expedido por la Dirección General de Autorizaciones Especiales de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, la Nota de Elevación N° 100-2015-ONAGI-OGAJ, de fecha 21 de abril de 2015, de la Oficina de Asesoría Jurídica;
Incorporan el Anexo 4 "Términos y Condiciones - Subasta Pública en Línea - ONAGI", en el Instructivo 0001-2014-ONAGI-DGAE aprobado por R.J. N° 0528-2014-ONAGI-J
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0132-2015-ONAGI-J
Lima, 21 de abril del 2015
VISTO:

El Informe N° 025-2015-ONAGI-DGAE, de fecha 20 de abril de 2015, expedido por la Dirección General de Autorizaciones Especiales de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, la Nota de Elevación N° 100-2015-ONAGI-OGAJ, de fecha 21 de abril de 2015, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Jefatural N° 0528-2014-ONAGI-J, de fecha 23 de septiembre de 2014, se aprobó el Instructivo N° 0001-2014-ONAGI-DGAE, que establece el "PROCEDIMIENTO PARA LA VENTA POR
SUBASTA PÚBLICA DE BIENES MUEBLES QUE POR
SU NATURALEZA NO SON SUSCEPTIBLES DE SER
ADJUDICADOS DIRECTAMENTE A FINES SOCIALES,
PROVENIENTES DE PREMIOS NO RECLAMADOS";

Que, a través del Informe N° 025-2015-ONAGI-DGAE, de fecha 20 de abril de 2015, expedido por la Dirección General de Autorizaciones Especiales de la Oficina Nacional de Gobierno Interior señala que en el precitado Instructivo, no se ha contemplado los Términos y Condiciones, que deberán establecerse entre los postores que participen de la Subasta Pública en Línea;
por lo que sustenta la aprobación de que se le incorpore el Anexo 4 de "Términos y Condiciones – Subasta Pública en Línea ONAGI";

Que, el inciso 1.15, del artículo IV, del Título Preliminar de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece respecto al Principio de Predictibilidad, que "La autoridad administrativa deberá brindar a los administrados o sus representantes información veraz, completa y confiable sobre cada trámite, de modo tal que a su inicio, el administrado pueda tener una conciencia bastante certera de cuál será el resultado final que se obtendrá";

Que, mediante Nota de Elevación N° 100-2015-ONAGI-OGAJ, de fecha 21 de abril de 2015, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la incorporación del Anexo 4 "Términos y Condiciones –
Subasta Pública en Línea ONAGI" al Instructivo N° 0001-2014-ONAGI-DGAE;

Contando con las visaciones de la Secretaría General, la Dirección General de Autorizaciones Especiales y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27444
– Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior y el Decreto Supremo N° 003-2013-IN
que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- INCORPORAR, en el Instructivo N° 0001-2014-ONAGI-DGAE, "PROCEDIMIENTO PARA LA
VENTA POR SUBASTA PÚBLICA DE BIENES MUEBLES
QUE POR SU NATURALEZA NO SON SUSCEPTIBLES
DE SER ADJUDICADOS DIRECTAMENTE A FINES
SOCIALES, PROVENIENTES DE PREMIOS NO
RECLAMADOS", aprobado mediante Resolución Jefatural N° 0528-2014-ONAGI-J, el Anexo 4. "Términos y Condiciones - Subasta Pública en Línea – ONAGI", adjunto a la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2°.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución Jefatural, así como del Anexo 4, que a partir de la fecha formará parte integrante del Instructivo N° 0001-2014-ONAGI-DGAE, en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional www.
onagi.gob.pe.

Regístrese, publíquese y comuníquese.

JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE
Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (e)
ANEXO 4
TERMINOS Y CONDICIONES
-SUBASTA PÚBLICA EN LINEA – ONAGI
Respecto a los "Términos y Condiciones Generales"
aplicables al uso de los bienes y servicios ofrecidos por Subasta Pública en Línea – ONAGI, dentro del sitio www.
onagi.gob.pe/subasta o el "sitio". Cualquier persona natural o jurídica que desee acceder y/u ofertar por los bienes y servicios ofrecidos, podrán hacerlo sujetándose a los Términos y Condiciones Generales.

Cualquier persona que no acepte estos términos y condiciones generales, los cuales tienen un carácter obligatorio y vinculante, deberá abstenerse de utilizar el sitio.

El Usuario debe leer, entender y aceptar todas las condiciones establecidas en los Términos y Condiciones Generales, previo a su inscripción como Usuario de Subasta Publica en Línea - ONAGI.

I. CAPACIDAD
Las Subastas Públicas en Línea – ONAGI, están disponibles para personas que tengan capacidad legal para contratar. No podrán utilizar los servicios las personas que no tengan esa capacidad, los menores de edad o Usuarios de Subasta Pública en Línea -ONAGI que hayan sido suspendidos temporalmente o inhabilitados definitivamente. Si estás registrando un Usuario como Empresa, debe tener capacidad para contratar a nombre de tal entidad y de obligar a la misma en los términos de este Acuerdo.

II. EXCLUSIÓN
No podrán participar como postores las personas naturales que tengan parentesco hasta el 4to grado de consanguinidad y/o 2do grado de afinidad con los servidores que laboran en la Oficina Nacional de Gobierno Interior.

Para los casos de personas jurídicas, los representantes de estas, estarán sujetos a la disposición señalada en el párrafo anterior.

III. REGISTRO
Es obligatorio completar el formulario en todos sus campos con datos válidos para poder utilizar los servicios que brinda Subasta Pública en Línea - ONAGI. El futuro Usuario deberá completarlo con su información personal de manera exacta, precisa y verdadera ("Datos Personales")
y asume el compromiso de actualizar los Datos Personales conforme resulte necesario. Subasta Pública en Línea -ONAGI podrá utilizar diversos medios para identificar a sus Usuarios, pero NO se responsabiliza por la certeza de los Datos Personales provistos por sus Usuarios. Los Usuarios garantizan y responden, en cualquier caso, de la veracidad, exactitud, vigencia y autenticidad de los Datos Personales ingresados. Subasta Pública en Línea - ONAGI se reserva el derecho de solicitar algún comprobante y/o dato adicional a efectos de corroborar los Datos Personales, así como de suspender temporal o definitivamente a aquellos Usuarios cuyos datos no hayan podido ser confirmados.

El Usuario accederá a su cuenta personal ("Cuenta")
mediante el ingreso de su usuario código establecido por el Administrador del Software, por lo general su DNI o RUC y clave de seguridad proporcionada por el Administrador ("Clave de Seguridad"). El Usuario se obliga a mantener la confidencialidad de su Clave de Seguridad.

La Cuenta es personal, única e intransferible, y está prohibido que un mismo Usuario registre o posea más de una Cuenta. En caso que se detecte distintas Cuentas que contengan datos coincidentes o relacionados, podrá cancelar, suspender o inhabilitarlas.

El Usuario será responsable por todas las operaciones efectuadas en su Cuenta, pues el acceso a la misma está restringido al ingreso y uso de su Clave de Seguridad, de conocimiento exclusivo del Usuario. El Usuario se compromete a notificar a Subasta Pública en Línea - ONAGI en forma inmediata y por medio idóneo y fehaciente, cualquier uso no autorizado de su Cuenta, así como el ingreso por terceros no autorizados a la misma. Se aclara que está prohibida la venta, cesión o transferencia de la Cuenta, ya que la misma es personalísima.

IV. MODIFICACIONES DEL ACUERDO
Subasta Pública en Línea - ONAGI podrá modificar los Términos y Condiciones Generales en cualquier momento haciendo públicos en el Sitio los términos modificados.

Todos los términos modificados entrarán en vigor a los 03 (tres) días hábiles de su publicación. Vencido este plazo, se considerará que el Usuario acepta los nuevos términos y el contrato continuará vinculando a ambas partes.

V. DE LOS ARTÍCULOS A SUBASTAR, BIENES Y
SERVICIOS
Subasta Pública en Línea – ONAGI, emitirá por cada Subasta Pública en Línea a desarrollar una lista de bienes y servicios, a los cuales, los usuarios podrán visualizar y ofertar según su expectativa y los términos estipulados.

Los Artículos publicados atienden a bienes muebles que por su naturaleza no son susceptibles a ser adjudicados directamente a fines sociales, es decir, aquellos de uso prescindible o superfiuo, incompatibles de ser destinados directamente a un fin social; como licores, membresías para gimnasios o spa, vales de consumo o servicio y otros de similar naturaleza; o por el exceso de los mismos no se pueda adjudicar en el plazo prudente, según la exceptiva trazada por la Oficina Nacional de Gobierno Interior.

Dentro de la descripción de cada artículo a subastar se indicará si dicho bien en específico cuenta con la garantía de fábrica o de no contar con la misma, indicará la situación en que se encuentra. Todos los bienes se entregan como se indican en la descripción del artículo.

VI. DE LA PUBLICACIÓN
El Administrador procederá a la publicación del listado, juntamente con las fotografías de los bienes, videos, de ser el caso, y datos de la subasta, en el sistema extranet de "Subasta Pública en Línea – ONAGI". El usuario tomará conocimiento a través de una ventana emergente que servirá de hipervínculo a la información publicitada, en la página web de la ONAGI.

Desde la publicación, los usuarios podrán observar los productos y características de los artículos a subastar, y se podrán inscribir desde tres días antes de iniciarse la recepción de ofertas.

VII. DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS POSTORES
1. Para la participación todo Postor, primero deberá estar correctamente registrado, haber ingresado sus datos generales, numero de celular, así como su dirección de correo electrónico a través del cual será notificado por el subastador.

2. Los postores podrán hacer las ofertas que consideren convenientes para la adquisición del artículo en subasta, en los dos días de posturas que se indicaran, iniciándose la etapa de recepciones de ofertas por dicho plazo, finalizando al último minuto de cierre de la subasta pública, que será cronometrado en un reloj de cuenta regresiva.

3. Un solo postor puede participar en la subasta de varios artículos.

4. Se encuentran impedidos de ser postores en las "Subasta Pública en Línea – ONAGI" el personal que presta servicios en la Oficina Nacional de Gobierno Interior, así como sus parientes hasta el cuarto grado de consanguineidad y segundo grado de afinidad, bajo responsabilidad; como se encuentra señalado en el Titulo
II.

VIII. DEL GANADOR DE LA SUBASTA PÚBLICA EN
LINEA
1. Finalizada la subasta pública, el software automáticamente dará por ganador al postor que publicó la mayor oferta hasta el cierre de la misma, remitiéndole un mensaje de felicitación a su correo electrónico y declarándolo ganador del artículo ofertado. El postor ganador deberá en un plazo máximo de tres (03) días hábiles proceder a cancelar el monto que oferto por el artículo ganado en la subasta, a través del depósito al Banco internacional del Perú INTERBANK a la Cuenta Corriente Soles N° 200-300109545-3 o a través del Código de Cuenta Interbancario CCI 003-200-003001095453-32, realizado el deposito deberá escanear el voucher en el módulo correspondiente del Software de Subasta Pública en Línea ONAGI.

2. Si el postor ganador no cumpliese con cancelar el abono respectivo dentro del plazo máximo señalado con el respectivo escaneo del voucher, este perderá la condición de tal, por lo que se procederá a notificar al siguiente postor con mejor oferta, respetando el precio que este ofertó y dando el mismo plazo establecido para que efectúe el pago del monto ofertado y escaneo del voucher, declarándosele como ganador del artículo subastado.

3. De no realizarse el pago, por parte del primer y el segundo ganador, se declarará desierta la subasta del artículo que ofertaron, y posteriormente se indexara el artículo no adjudicado con el mismo precio base en la siguiente subasta pública en línea.

4. Si el ganador se encontrase fuera de la ciudad de Lima, los gastos que se puedan derivar para la entrega del artículo a adjudicar, es por cuenta y riesgo del mismo; admitiéndose su representación a quien designe, mediante Carta Poder con firma legalizada, y premunido de su documento de identificación correspondiente.

5. El postor autoriza a la Oficina Nacional de Gobierno Interior, el uso de su nombre y datos para la publicación de la lista de ganadores, una vez culminada la Subasta en la que participó.

IX. DE LA ENTREGA DEL BIEN SUBASTADO
Los artículos a subastar, se encuentran indistintamente custodiados en los almacenes con los que cuenta la Oficina Nacional de Gobierno Interior, siendo los puntos de entrega en los distritos de San Isidro, Los Olivos, Cercado de Lima y Mirafiores, dependiendo de la ubicación del artículo adjudicado.

El postor ganador deberá presentarse al almacén correspondiente de la ONAGI, en donde se encuentre el artículo que adjudico en la subasta, con la constancia impresa que lo declara como el ganador de dicho artículo y el voucher correspondiente de la operación bancaria con el monto pagado del precio final, así como copia de su Documento de Identidad. Los documentos presentados se revisaran y de encontrarlos conforme, se hará la entrega del bien haciéndole firmar el Acta de Entrega y Recepción correspondiente, adjuntando copia al expediente administrativo y/o al Informe de resultado de la subasta respectiva.

El ganador, una vez realizado el pago y escaneo de voucher, cuenta con 30 días naturales para la coordinación y recojo del bien en el almacén correspondiente, la coordinación del recojo la realizará coordinando al correo electrónico subasta@onagi.gob.pe. Transcurrido el plazo de recojo de 30 días naturales, la ONAGI cobrará un porcentaje según el volumen del articulo por derecho de almacenaje, el cual se coordinará con el ganador a la hora de recojo del bien, para que efectué el respectivo pago previo a la entrega.

X. DE LA FALTA DE POSTOR
En caso que el artículo a subastar, no obtuviera oferta por postor alguno hasta la finalización del cierre de la subasta, deberá ser anexado a la nueva lista a subastar con un precio base sobre el veinte por ciento (20%) menos al que fue anunciado en la subasta anterior.

XI. VIOLACIONES DEL SISTEMA O BASES DE
DATOS
Cualquier intromisión, tentativa o actividad violatoria o contraria a las leyes sobre derecho de propiedad intelectual y/o a las prohibiciones estipuladas en estos términos y condiciones del contrato, harán pasible a su responsable de las acciones legales pertinentes y a las sanciones previstas por este acuerdo, así como lo hará responsable de indemnizar los daños ocasionados.

XII. FALLAS EN EL SISTEMA
Subasta Pública en Línea – ONAGI, no se responsabiliza por cualquier daño, perjuicio o pérdida al Usuario causados por fallas en el sistema, en el servidor o en Internet. Los Usuarios NO podrán imputarle responsabilidad alguna ni exigir pago por lucro cesante, en virtud de perjuicios resultantes de dificultades técnicas o fallas en los sistemas o en Internet. Subasta Pública en Línea – ONAGI no garantiza el acceso y uso continuado o ininterrumpido de su sitio. El sistema puede eventualmente no estar disponible debido a dificultades técnicas o fallas de Internet, o por cualquier otra circunstancia ajena a Subasta Pública en Línea – ONAGI; en tales casos se procurará restablecerlo con la mayor celeridad posible sin que por ello pueda imputársele algún tipo de responsabilidad.

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Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.