5/21/2015

DECRETO SUPREMO N° 025-2015-RE Ratifican la "Enmienda N° Uno al Convenio de Donación entre los

Ratifican la "Enmienda N° Uno al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 527-0426)" DECRETO SUPREMO N° 025-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda N° Uno al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 527-0426)" fue suscrita el 19 de julio de 2013; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico
Ratifican la "Enmienda N° Uno al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 527-0426)"
DECRETO SUPREMO N° 025-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la "Enmienda N° Uno al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 527-0426)" fue suscrita el 19 de julio de 2013;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:

Artículo 1°.- Ratifícase la "Enmienda N° Uno al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID N° 527-0426)", suscrita el 19 de julio de 2013.

Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro de la referida Enmienda, así como su fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores

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