5/30/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 112-2015/SIS Amplían plazo para la actualización de la base de datos de

Amplían plazo para la actualización de la base de datos de afiliados al Régimen de Financiamiento Subsidiado del SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 112-2015/SIS Lima, 28 de mayo de 2015 VISTOS: El Informe N° 002-2015-SIS/GA-RCS/PBM con Proveído N° 187-2015-SIS/GA de la Gerencia del Asegurado y el Informe N° 029-2015-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que constituye un Pliego Presupuestal
Amplían plazo para la actualización de la base de datos de afiliados al Régimen de Financiamiento Subsidiado del SIS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 112-2015/SIS
Lima, 28 de mayo de 2015
VISTOS: El Informe N° 002-2015-SIS/GA-RCS/PBM
con Proveído N° 187-2015-SIS/GA de la Gerencia del Asegurado y el Informe N° 029-2015-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que constituye un Pliego Presupuestal con autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del T exto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS);

Que, mediante Resolución Jefatural N° 272-2014/SIS, se autorizó la actualización de la base de datos de afiliados al Régimen de Financiamiento Subsidiado del SIS, en base al Padrón General de Hogares proporcionado por la Unidad Central de Focalización (UCF) de la Dirección General de Gestión de Usuarios (DGGU) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, con Resolución Jefatural N° 033-2015/SIS, se dispuso ampliar hasta el 01 de junio de el plazo para la baja de afiliaciones a que se refiere la Resolución Jefatural N° 272-2014/SIS publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de enero de 2015;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 111-2015/SIS, se aprobó la Directiva Administrativa N° 001-2015-SIS-V.01 "Directiva administrativa que regula el Proceso de Afiliación, Atención, Plan de Beneficios y Financiamiento al SIS Independiente del Régimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud";

Que, la Defensoría del Pueblo, mediante Oficio N° 0177-2015-DP, ha manifestado que ante la actualización del registro de asegurados al Régimen Subsidiado, además de equiparar los planes de beneficio que ofrece el SIS, se requiere garantizar la continuidad de las prestaciones de salud en personas que pudieran ver interrumpida su atención, cualquiera sea esta, para lo cual se requiere dar a conocer a la población el Plan de Beneficios aprobado para el SIS Independiente, permitiendo mayores posibilidades para la población que ha variado de condición socioeconómica;

Que, mediante el documento de vistos, la Gerencia del Asegurado informa que las Gerencias Macro Regionales y las Unidades Desconcentradas Regionales a nivel nacional, han reportado que se han presentado dificultades en las solicitudes de reevaluación socioeconómica presentada por los asegurados ante las Unidades Locales de Empadronamiento de las respectivas Municipalidades, en el marco del proceso de actualización del registro de afiliados del Régimen Subsidiado, impidiendo la posibilidad de que la población que considera que su condición socioeconómica no ha variado, obtenga una respuesta oportuna por parte del Sistema de Focalización de Hogares del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
por lo que, se requiere determinar las acciones que permitan a los asegurados del SIS, seguir contando con un seguro de salud;

Que, asimismo, la Gerencia del Asegurado, ha recomendado que es necesario contar con un plazo adicional, para la implementación de acciones de promoción de la nueva cobertura del SIS Independiente, como una alternativa adicional de afiliación y que permita que la población que considera que su condición socioeconómica no ha variado, pueda solicitar la reevaluación socioeconómica al Sistema de Focalización de Hogares del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia del Asegurado y contando con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Ampliar hasta el 15 de enero de 2016, el plazo para la actualización de la base de datos de afiliados al Régimen de Financiamiento Subsidiado del SIS, a que se refiere el Anexo 01 "Disposiciones para Bajas de Afiliaciones", aprobado por Resolución Jefatural
N° 272-2014/SIS.

Artículo 2.- Encargar a la Gerencia del Asegurado que en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, posteriores a la aprobación del valor de la aportación mensual del asegurado, la elaboración de un plan para la promoción del Régimen Semicontributivo (SIS Independiente, SIS Emprendedor) que incluya la comunicación a los asegurados al Régimen Subsidiado, sobre su cambio de condición socioeconómica, la misma que se implementará de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y será ejecutada por los órganos correspondientes.

Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y la coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información para su publicación en el portal del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese;

PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud
Poder Ejecutivo, Seguro Integral de Salud

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