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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2015-EF/15 Aprueban Contrato de Fideicomiso a ser suscrito por el
5/26/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2015-EF/15 Aprueban Contrato de Fideicomiso a ser suscrito por el
Aprueban Contrato de Fideicomiso a ser suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2015-EF/15 Lima, 25 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se creó el Fondo MIPYME por un monto de hasta S/. 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), con la
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2015-EF/15
Lima, 25 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se creó el Fondo MIPYME por un monto de hasta S/. 600 000 000,00 (SEISCIENTOS
MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), con la finalidad de apoyar al desarrollo empresarial de la micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) del país a través de fondos de garantía o afianzamiento y mecanismos para la difusión tecnológica, innovación empresarial y mejora de la gestión y encadenamientos productivos y acceso a mercados;
Que, la Septuagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se amplió el objetivo del financiamiento para participar en el financiamiento de fondos orientados para la adquisición de facturas conformadas y negociables emitidas por la
MIPYME;
Que, el artículo 30 de la Ley N° 30230 autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, para constituir el depósito en la cuenta correspondiente hasta por el monto señalado en el primer considerando, con cargo al monto del gasto devengado no pagado al 28
de febrero de 2014 y que corresponde a ejercicios fiscales de años anteriores;
Que, asimismo, el artículo 31 de la Ley N° 30230
autorizó a la Dirección General de Tesoro Público y Endeudamiento del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir el contrato de fideicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, el mismo que deberá aprobarse mediante Resolución Ministerial de Economía y Finanzas;
Que, el artículo 32 de dicha Ley establece la vigencia del Fondo MIPYME en diez (10) años, razón por la cual la vigencia del contrato de fideicomiso debe cumplir dicho plazo;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 060-2015-EF se aprobó el Reglamento del Fondo MIPYME, cuyo artículo 4 señala que los recursos por el importe de S/.
600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES), serán transferidos por el Ministerio de Economía y Finanzas a COFIDE a través de un contrato de fideicomiso para la constitución del patrimonio fideicometido del Fondo MIPYME;
Que, en tal sentido, es necesario aprobar el contrato de fideicomiso para la constitución del patrimonio en fiducia del Fondo MIPYME, y que éste sea administrado por COFIDE en su calidad de fiduciario, en los términos establecidos por la Ley N° 30230 y el Reglamento del Fondo MIPYME, aprobado por Decreto Supremo N° 060-2015-EF;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Apruébese el Contrato de Fideicomiso a ser suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, en donde se establecen los términos y condiciones de la transferencia de recursos y la administración de éstos, mecanismos para la implementación de instrumentos financieros para la constitución de fondos de garantía o afianzamiento para empresas del sistema financiero o del mercado de valores y fondos orientados para adquisición de facturas conformadas y negociables de la MIPYME, e instrumentos no financieros para la difusión tecnológica, innovación empresarial y mejora de la gestión y encadenamientos productivos y acceso a mercados; así como lo relativo a la devolución de los recursos al término del plazo de vigencia del Fondo MIPYME.
Artículo 2.- Autorízase al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Contrato de Fideicomiso para la constitución del patrimonio en fiducia del Fondo MIPYME, así como a suscribir toda documentación que permita su ejecución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
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