5/02/2015

RESOLUCIÓN SBS N° 2405-2015

RESOLUCIÓN SBS N° 2405-2015 Lima, 29 de abril de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La comunicación cursada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Tercera Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Perú y Turquía, que se llevará a cabo del 05 al 08 de mayo de 2015 en

RESOLUCIÓN SBS N° 2405-2015
Lima, 29 de abril de 2015
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES (a.i.)
VISTA:

La comunicación cursada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Tercera Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Perú y Turquía, que se llevará a cabo del 05 al 08 de mayo de 2015
en la ciudad de Ankara, República de Turquía;

CONSIDERANDO:

Que, en octubre de 2013, Perú y Turquía anunciaron su intención de iniciar negociaciones para un Tratado de Libre Comercio, habiéndose realizado la primera y segunda ronda de negociaciones en enero y noviembre de 2014, respectivamente;

Que, es importante la participación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para sustentar la posición en materia de servicios financieros en el Tratado de Libre Comercio entre Perú y Turquía;

Que, en ese sentido, siendo de interés nacional e institucional, se ha considerado conveniente designar a la señorita Lourdes Sabina Poma Cañazaca, Analista Principal de Regulación I del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para que en representación de esta Superintendencia, integre la Delegación Peruana que participará en la Reunión del Grupo de Negociación Comercio de Servicios;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso;

Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702
"Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS N° 2092-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Lourdes Sabina Poma Cañazaca, Analista Principal de Regulación I del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 02 al 10 de mayo de a la ciudad de Ankara, República de Turquía, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes aéreos US$ 4 434,29
Viáticos US$ 3 000,00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.)

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