7/01/2015

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 023-2015-PCM/SD Inscriben en el Registro de

Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Carapo de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ" RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 023-2015-PCM/SD Lima, 30 de junio de 2015 VISTOS: El Oficio N° 112-2015-MDC-HCOS/AYAC-EFC, la Ordenanza Municipal N° 005-2015-MDC/AYA de la Municipalidad Distrital de Carapo y el Informe N° 089-2015?PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada
Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Carapo de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 023-2015-PCM/SD
Lima, 30 de junio de 2015
VISTOS:

El Oficio N° 112-2015-MDC-HCOS/AYAC-EFC, la Ordenanza Municipal N° 005-2015-MDC/AYA de la Municipalidad Distrital de Carapo y el Informe N° 089-2015?PCM/SD-OGI-MIRA; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2°, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos;

Que, el numeral 14.1 del artículo 14° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación voluntaria de una municipalidad de una mancomunidad municipal: a) Opera con la ordenanza municipal de la municipalidad que se separa, b) No requiere aprobación del Consejo Directivo y c) Subsisten las obligaciones pendientes de cumplir por la municipalidad que se separa;

Que, el literal f) del artículo 5° del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD, señala que la separación es uno de los actos inscribibles en el Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 118-2011-PCM/SD se dispuso la inscripción de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha -MANCOCAPAQ". Esta mancomunidad municipal está integrada por las Municipalidades Distritales de Alcamenca, Huamanquiquia, Huancaraylla y Sarhua de la Provincia de Víctor Fajardo, y Carapo de la Provincia de Huanca Sancos, en el Departamento de Ayacucho;

Que, mediante el Oficio de Vistos, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Carapo solicita la inscripción de la separación de esta entidad de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ";

Que, por la Ordenanza Municipal N° 005-2015-MDC/AYA la Municipalidad Distrital de Carapo aprueba su separación de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ";

Que, acorde con el Informe N° 089-2015?PCM/SD-OGI-MIRA los documentos presentados para la inscripción del acto de separación cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14° del Reglamento de la Ley y en el artículo 5° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital Carapo de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ", en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM;
el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Formalización de la inscripción de separación Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Carapo de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ".

Artículo 2°.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ", está conformado como sigue:
- Presidente: Fredy Barrientos Cisneros, alcalde de la Municipalidad Distrital de Alcamenca.
- Director: Telésforo Huashuayo Ramos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sarhua.
- Director: Casiano Ramírez Huamán, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huamanquiquia.
- Director: Eleuterio Pablo Arotoma, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huancaraylla.

Artículo 3°.- Registro de anexo Inscribir la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Carapo que aprueba su separación de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ", en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe.

Artículo 5°.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI
Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros

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