7/14/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000214 -2015-J/ONPE Aprueban las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación

Aprueban las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de los Nombres de los Distritos en Consulta para la Cédula de Sufragio que se utilizará en la Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los Centros Poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín ? San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas 2015", a realizarse el día domingo 23 de agosto de 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000214 -2015-J/ONPE Lima, 10 de julio de 2015 VISTOS: el Memorando Múltiple N° 000069-2015-GCRC/ONPE de
Aprueban las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de los Nombres de los Distritos en Consulta para la Cédula de Sufragio que se utilizará en la Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los Centros Poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín ? San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas 2015", a realizarse el día domingo 23 de agosto de 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000214 -2015-J/ONPE
Lima, 10 de julio de 2015
VISTOS: el Memorando Múltiple N° 000069-2015-GCRC/ONPE de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, el Informe N° 000041-2015-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe N° 000114-2015-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe N° 000312-2015-GAJ/ONPE
de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y financiera, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo;

Que, el artículo 37° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares. Ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución, la presente ley y su Ley Orgánica N° 26487;

Que, por su parte, el literal c) del artículo 20° del Reglamento de la Ley N° 27795, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2003-PCM, dispone que las acciones de demarcación territorial que requieran acreditar la opinión mayoritaria de la población involucrada podrán recurrir al referéndum y/o consulta vecinal, siendo organizadas y conducidas por los organismos del sistema electoral.

En ese sentido, de manera excepcional, en el caso de áreas periurbanas y rurales se realizará según el grado de complejidad y confiictividad, determinado por el órgano técnico del Gobierno Regional, refrendado por la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros en las acciones de demarcación y organización territorial;

Que, el segundo párrafo del artículo 21° del citado Reglamento, dispone que en el caso de áreas periurbanas y rurales los organismos electorales efectuarán la consulta a solicitud de la DNTDT de la Presidencia del Consejo de Ministros en coordinación con el órgano técnico de demarcación territorial del Gobierno Regional, quién determinará el nivel de complejidad y confiictividad identificado durante el proceso de demarcación y organización territorial;

Que, en atención a ello, mediante Resolución N° 0074-2015-JNE el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convoca a Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín ? San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de T ambo Grande y Las Lomas, de la provincia y departamento de Piura, para el domingo 23 de agosto de 2015;

Que, en virtud a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 165° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, mediante la Resolución Jefatural N° 000195-2015-J/ONPE la Oficina Nacional de Procesos Electorales aprobó las Instrucciones antes mencionadas;

Que, con fecha 3 de julio de 2015, se realizó el acto de presentación de las citadas Instrucciones, las cuales fueron objeto de observación por el Director Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (e) del Jurado Nacional de Elecciones, que consta en el Acta Notarial remitida mediante el Memorando Múltiple N° 000069-2015-GCRC/ONPE de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas;

Que, teniendo en cuenta ello, la Gerencia de Gestión Electoral, luego de la evaluación respectiva y concluyendo que dichas precisiones en la redacción no vulneran nuestra legislación electoral, éstas han sido incorporadas en las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de los Nombres de los Distritos en Consulta para la Cédula de Sufragio que se utilizará en la Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los Centros Poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín ? San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas 2015", las cuales mediante el Informe N° 000041-2015-GGE/ONPE, son presentadas a la Gerencia General para su aprobación definitiva;

Que, de acuerdo a lo expuesto, la Gerencia General, mediante el documento de vistos, presenta a la Jefatura Nacional la propuesta definitiva de las Instrucciones antes referidas, recomendando su aprobación y publicación correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en los literales b) y c) del artículo 5° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales n) y s) del artículo 11° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y modificado por las Resoluciones Jefaturales N° 216-2014-J/ONPE y N° 0122-2015-J/ONPE, el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y el numeral 8 del artículo 1°
del Decreto Supremo N° 018-97-PCM;

Con los visados de la Secretaría General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Gestión Electoral, así como de la Gerencia General;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar de manera definitiva las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de los Nombres de los Distritos en Consulta para la Cédula de Sufragio que se utilizará en la Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los Centros Poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín ? San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas 2015", que se llevará a cabo el domingo 23 de agosto de 2015, que como Anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de la Presidencia del Consejo de Ministros, el contenido de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA
Jefe Oficina Nacional de Procesos Electorales
ANEXO
INSTRUCCIONES PARA EL SORTEO DE UBICACIÓN
DE LOS NOMBRES DE LOS DISTRITOS EN
CONSULTA PARA LA CÉDULA DE SUFRAGIO QUE
SE UTILIZARÁ EN LA CONSULTA VECINAL CON
FINES DE DEMARCACIÓN TERRITORIAL EN LOS
CENTROS POBLADOS 8.4½, CP4, CP5, SAN MARTÍN
- SAN ISIDRO, CP6 Y CP14 SANTA ROSA, UBICADOS
EN LOS DISTRITOS DE TAMBO GRANDE Y
LAS LOMAS 2015
Artículo 1°.- Sorteo único El sorteo de ubicación de los nombres de los distritos en consulta en la cédula de sufragio que se utilizará en la Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los Centros Poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín ? San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, se realizará en un solo acto, cuyo resultado será utilizado en las cédulas de sufragio para esta consulta.

Artículo 2°.- Sede del sorteo El sorteo mencionado en el artículo anterior se realizará en la sede de la Oficina Regional de Coordinación de Piura (ORC).

Artículo 3°.- Responsable del sorteo y actividades preparatorias El sorteo estará a cargo de los representantes de la ORC. Previamente al sorteo, se confirmará la presencia de un Notario Público y la concurrencia de representantes de los organismos del sistema electoral, la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, la Defensoría del Pueblo, de los observadores y representantes de las Municipalidades correspondientes.

Artículo 4°.- Sorteo de ubicación de los espacios respectivos El sorteo de ubicación de los nombres de los distritos en consulta en la cédula de sufragio que se utilizará en la Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los Centros Poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín ? San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, se realizará de acuerdo a los pasos siguientes:
a) Se ordena alfabéticamente los nombres de los dos distritos en consulta.
b) Se utilizarán bolillos, los cuales se identificarán con los números 1 y 2, en orden alfabético.
c) Los bolillos serán mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero, por parte de un servidor de la ORC.
d) Para que luego de revolver el bolillero el mismo servidor de la ORC, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes.
e) El nombre del distrito que corresponda al primer bolillo extraído ocupará el lado izquierdo de la cédula; y el que corresponda al segundo bolillo extraído ocupará el lado derecho de la cédula.
f) Simultáneamente al literal anterior, el servidor de la ORC registra en una computadora los resultados obtenidos y a través de un proyector multimedia los muestra al público asistente.
g) El Notario Público dará conformidad a los bolillos extraídos y a los resultados obtenidos.

Artículo 5°.- Elaboración y publicidad de actas de los resultados del sorteo Obtenidos los resultados del sorteo, el Notario Público emitirá el acta en cuatro ejemplares, ésta será suscrita por los representantes de la ONPE, JNE, RENIEC, el Notario Público y facultativamente por el resto de asistentes. Los ejemplares se entregarán al Notario Público, JNE, RENIEC y el cuarto quedará en poder de la ONPE. Asimismo, se entregarán copias simples del acta a los representantes de las instituciones que asistieron al acto público. Los resultados del sorteo serán publicados en la página web de la ONPE, en el frontis de la ORC de Piura y en los Centros Poblados de los distritos en consulta.
Organos Autonomos, Oficina Nacional de Procesos Electorales

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