7/17/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0365-2015-MINAGRI Aprueban "Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación

Aprueban "Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0365-2015-MINAGRI Lima, 14 de julio de 2015 VISTO: El Oficio N° 0296-2015-MINAGRI-DGESEP-76-DSEP del Director General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, proponiendo la aprobación de Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión
Aprueban "Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0365-2015-MINAGRI
Lima, 14 de julio de 2015
VISTO:

El Oficio N° 0296-2015-MINAGRI-DGESEP-76-DSEP
del Director General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, proponiendo la aprobación de Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como una de las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

Que, el numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala como funciones generales de los Ministerios la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como también aprobar las disposiciones normativas que les correspondan;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, aprobado por Decreto Legislativo N° 997, modificado por Ley N° 30048, establece que el MINAGRI diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria;
y, ejerce la rectoría en relación con ella, la cual es de obligatorio cumplimiento en todos los niveles de gobierno;

Que, mediante el artículo 5 de la acotada Ley N° 30048, se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y Riego, estableciendo que la Alta Dirección está conformada, entre otros, por el Viceministerio de Políticas Agrarias, el cual está encargado de formular, planear, coordinar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial en materia agraria, de conformidad con las disposiciones legales vigentes;

Que, conforme a los artículos 48 y 49 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas es el órgano de línea dependiente del Viceministerio de Políticas Agrarias, encargado de conducir y realizar el seguimiento y supervisión del cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales, planes sectoriales y normas correspondientes en materia agraria, y de los objetivos de los programas y proyectos especiales, evaluando su impacto en el desarrollo del Sector;

Que, en concordancia con las facultades atribuidas en el mencionado Reglamento de Organización y Funciones, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas ha elaborado y propuesto los "Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales"; a fin de definir los roles y responsabilidades de los actores intervinientes, contribuir a la mejora continua y fortalecimiento de la gestión institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, sustentados en el Informe N° 039-2015-MINAGRI-DGESEP-DSEP;

Que, a través del Informe N° 0113-2015-MINAGRI-DVPA-DIPNA/DGPA la Dirección General de Políticas Agrarias ha dado conformidad a la aprobación de los citados Lineamientos;

Que, en el marco de las funciones técnico normativas del Ministerio de Agricultura y Riego, que le permite dictar las disposiciones normativas de su competencia, corresponde aprobar los "Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales";

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales", cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y conjuntamente con los Lineamientos aprobados en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido Diario Oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros

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