7/17/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0369-2015-MINAGRI 557487 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2015 El

557487 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2015 El Peruano / Autorizan formalización de la creación de la Unidad Ejecutora 036 - 001634: "Fondo MI RIEGO" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0369-2015-MINAGRI Lima, 14 de julio de 2015 VISTOS: El Memorándum N° 736-2015-MINAGRI-OGPP-OPRES de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 199-2015-MINAGRI-OGPP/ OPRES de la Oficina de Presupuesto; el Oficio N° 2224-2015-EF/13.01 y el Informe N° 0262-2015-EF/50.06 de la Secretaría General y de la Dirección General
557487 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2015 El Peruano / Autorizan formalización de la creación de la Unidad Ejecutora 036 - 001634: "Fondo MI RIEGO"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0369-2015-MINAGRI
Lima, 14 de julio de 2015
VISTOS:

El Memorándum N° 736-2015-MINAGRI-OGPP-OPRES de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 199-2015-MINAGRI-OGPP/ OPRES de la Oficina de Presupuesto; el Oficio N° 2224-2015-EF/13.01 y el Informe N° 0262-2015-EF/50.06
de la Secretaría General y de la Dirección General de Presupuesto Público, respectivamente, del Ministerio de Economía y Finanzas; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30048, modificatoria del Decreto Legislativo N° 997, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, en el numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, se establece que el Sistema Nacional de Presupuesto, el Sistema Nacional de Tesorería, el Sistema Nacional de Endeudamiento y el Sistema Nacional de Contabilidad, conforman los sistemas integrantes de la Administración Financiera del Sector Público, y se encuentran a cargo de sus respectivos órganos rectores;

Que, los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 de la Ley mencionada en el considerando precedente, señalan que la Unidad Ejecutora constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades y organismos del Sector Público, con el cual se vinculan e interactúan los órganos rectores de la Administración Financiera del Sector Público, y se constituye como aquella dependencia orgánica que cuenta con un nivel de desconcentración administrativa;

Que, mediante Ley N° 30281, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015
y por Resolución Ministerial N° 0681-2014-MINAGRI, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2015 del Pliego 013.

Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, la creación de la Unidad Ejecutora 036 ?
001634: "Fondo MI RIEGO" está orientada a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura del uso de los recursos hídricos con fines agrícolas, que tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el país, ubicadas por encima de los 1,000 metros sobre el nivel del mar, a través del financiamiento de Proyectos de Inversión Pública de los tres niveles de gobierno, incluyendo los Estudios de Preinversión;

Que, el artículo 58 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los criterios a considerar para la creación de Unidades Ejecutoras, como contar con un presupuesto anual, especialización funcional, cobertura del servicio y contar con los recursos necesarios humanos y materiales para su implementación, no pudiendo demandar recursos adicionales a nivel de pliego presupuestario;

Que, mediante el Oficio N° 2224-2015-EF/13.01, la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe N° 0262-2015-EF/50.06, a través del cual la Dirección General de Presupuesto Público del citado Ministerio emite opinión desde el ámbito de su competencia estrictamente presupuestal, considerando viable la creación de la Unidad Ejecutora "Fondo MI RIEGO", que cumple con los requisitos y criterios establecidos por la normatividad presupuestaria vigente;

Que, mediante el Informe N° 199-2015-MINAGRI-OGPP/OPRES, el Director de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, concluye que es procedente la Formalización de la creación de la Unidad Ejecutora 036 ? 001634: Fondo MI RIEGO" en el Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal 2015;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Ley N° 28112, Ley Marco de Administración Financiera del Sector Público; Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
y, lo dispuesto en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobada por el Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la formalización de la creación de la Unidad Ejecutora 036 ? 001634: "Fondo MI RIEGO", adscrita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, en el Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego.

Artículo 2.- La Unidad Ejecutora 036 ? 001634:
"Fondo MI RIEGO" estará conformada de la siguiente manera: 01 Director Ejecutivo designado mediante Resolución Ministerial, 01 Jefe de Administración, 01 Jefe de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento y 01 Jefe de Gestión de Proyectos, designados mediante Resolución de su titular.

Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración y la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Riego, realizarán las acciones necesarias en materia de presupuesto, administración, finanzas, recursos humanos y las que sean necesarias y correspondan, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución; así como garantizar que la Unidad Ejecutora al inicio de sus operaciones cuente con los recursos presupuestales, financieros, humanos y materiales respectivos, para lo cual deberán efectuar las gestiones pertinentes ante los entes rectores de los Sistemas Administrativos.

Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.