7/02/2015

RESOLUCIÓN SBS N° 3090-2015 Dejan sin efecto la Res. SBS N° 368-94

Dejan sin efecto la Res. SBS N° 368-94 RESOLUCIÓN SBS N° 3090-2015 Lima, 3 de junio de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada con fecha 20 de mayo de 2015, para que esta Superintendencia le otorgue autorización al señor Mario Alberto Ferrari Quiñe para actuar como Representante en el Perú del Atlantic Security Bank, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 368-94 de fecha 03 de junio de 1994, se
Dejan sin efecto la Res. SBS N° 368-94
RESOLUCIÓN SBS N° 3090-2015
Lima, 3 de junio de 2015
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:

La solicitud presentada con fecha 20 de mayo de 2015, para que esta Superintendencia le otorgue autorización al señor Mario Alberto Ferrari Quiñe para actuar como Representante en el Perú del Atlantic Security Bank, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS N° 368-94 de fecha 03 de junio de 1994, se autorizó al señor Fernando Fort Marie, de nacionalidad peruana, identificado con Documento Nacional de Identidad (DNI) N° 08246295, para actuar como Representante en el Perú del Atlantic Security Bank, entidad bancaria constituida de acuerdo con las leyes de Islas del Gran Caimán;

Que, mediante carta recibida el 20 de mayo de 2015, se solicita a esta Superintendencia que se autorice al señor Mario Alberto Ferrari Quiñe de nacionalidad peruana, identificado con Documento Nacional de Identidad (DNI)
N° 10218707 para actuar como representante en el Perú del Atlantic Security Bank; y a su vez, dejar sin efecto la autorización otorgada al señor Fernando Fort Marie, mencionada en el párrafo anterior;

Que, en el marco de lo establecido en el artículo 43°
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, y de conformidad con los requisitos exigidos en el artículo 20° del Reglamento para la Constitución, Reorganización y Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financieros y de Seguros, aprobado mediante la Resolución SBS
N° 10440-2008, y en el procedimiento N° 06 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia; se ha verificado que la documentación presentada por la solicitante, se encuentra legalmente conforme;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A" y por el Departamento Legal y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoría Jurídica;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución SBS
N° 368-94 de fecha 03 de junio de 1994, mediante la que se autorizó al señor Fernando Fort Marie para actuar como Representante en el Perú del Atlantic Security Bank.

Artículo Segundo.- Autorizar al señor Mario Alberto Ferrari Quiñe, para que actúe como Representante en el Perú del Atlantic Security Bank y, establecer que en el ejercicio de sus actividades, deberá sujetarse a lo establecido en el Capítulo V del Título II de la Sección Primera de la Ley General.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Organos Autonomos, Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.