Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 027-2015-PCM/SD Disponen inscripción de la
8/08/2015
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 027-2015-PCM/SD Disponen inscripción de la
Disponen inscripcion de la adhesion de la Municipalidad Distrital de Carapo a la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha - MHUANCALUSA", en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 027-2015-PCM/SD Lima, 4 de agosto de 2015 VISTOS: Los oficios multiples Nº 02-2015-M-HUANCALUSA/ PRES, Nº 02-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES, Nº 03-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES y Nº 04-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES y el Oficio Nº 06-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES; el Informe
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 027-2015-PCM/SD
Lima, 4 de agosto de 2015
VISTOS:
Los oficios multiples Nº 02-2015-M-HUANCALUSA/
PRES, Nº 02-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES, Nº 03-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES y Nº
04-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES y el Oficio Nº
06-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES; el Informe Tecnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº
07-2015-MDC/AYA de la Municipalidad Distrital de Carapo; el Acta de sesion ordinaria de Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha - MHUANCALUSA" de fecha 03 de julio de 2015; los Oficios Nº 269-2015-PCM/SD, Nº 921-2015-PCM/ SD, Nº 1015-2015-PCM/SD y Nº 1046-2015-PCM/SD;
y los Informes Nº 027-2015-PCM/SD-OGI-MIRA, Nº
060-2015-PCM/SD-OGI-MIRA, Nº 079-2015-PCM/SD-OGI-MIRA, Nº 085-2015-PCM/SD-OGI-MIRA y Nº 093-2015-PCM/SD-OGI-MIRA; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o mas municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos;
Que, por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 348-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripcion de la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha - MHUANCALUSA" en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta mancomunidad municipal esta integrada por la Municipalidad Provincial de Huanca Sancos y las Municipalidades Distritales de Sacsamarca y Santiago de Lucanamarca de la Provincia de Huanca Sancos, en el Departamento de Ayacucho;
Que, mediante los oficios multiples Nº
02-2015-M-HUANCALUSA/PRES, Nº 02-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES, Nº 03-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES y Nº 04-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES, el alcalde de la Municipalidad Provincial de Huanca Sancos y presidente de la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha -MHUANCALUSA" solicita la inscripcion de la adhesion de la Municipalidad Distrital de Carapo de la Provincia de Huanca Sancos, en el Departamento de Ayacucho, a esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales;
Que, por oficios Nº 269-2015-PCM/SD, 921-2015-PCM/SD, 1015-2015-PCM/SD y 1046-2015-PCM/SD la Secretaria de Descentralizacion remite los Informes Nº
027-2015-PCM/SD-OGI-MIRA, 060-2015-PCM/SD-OGI-MIRA, 079-2015-PCM/SD-OGI-MIRA y 085-2015-PCM/ SD-OGI-MIRA que contienen las observaciones al tramite de inscripcion de la adhesion de la Municipalidad Distrital de Carapo a la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha -MHUANCALUSA";
Que, mediante el Oficio Nº 06-2015-MM-MHUANCALUSA/PRES, el alcalde de la Municipalidad Provincial de Huanca Sancos y presidente de la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha -MHUANCALUSA" presenta los documentos para subsanar las observaciones al tramite de inscripcion de adhesion;
Que, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha - MHUANCALUSA", en su articulo Vigesimo Tercero, senala que la adhesion de una municipalidad procede segun el siguiente procedimiento: a) Informe 558864 NORMAS LEGALES
Sabado 8 de agosto de 2015 / El Peruano Tecnico elaborado por la municipalidad solicitante, que exprese la viabilidad de la adhesion a la Mancomunidad Municipal, b) Acuerdo de Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal que apruebe la adhesion, adoptado por mayoria absoluta y c) Ordenanza Municipal de la municipalidad solicitante que ratifica la adhesion a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto;
Que, el Informe Tecnico presentado expresa la viabilidad para la adhesion de la Municipalidad Distrital de Carapo a la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha -MHUANCALUSA";
Que, el Consejo Directivo mediante el Acta de Sesion Ordinaria de la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha - MHUANCALUSA", de fecha 03 de julio de 2015, expreso el acuerdo de la adhesion de la Municipalidad Distrital de Carapo; asimismo, se acordo la modificacion del Estatuto en el Articulo Primero, sobre constitucion y denominacion, para incluir la participacion de la Municipalidad Distrital de Carapo, y en el Articulo Tercero, sobre ambito territorial, para mencionar la incorporacion del Distrito de Carapo.
Que, por la Ordenanza Municipal de Vistos, la Municipalidad Distrital de Carapo ratifica su adhesion a la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha -MHUANCALUSA";
Que, acorde con el Informe Nº 093-2015-PCM/ SD-OGI-MIRA se concluye que se han subsanado las observaciones al tramite de inscripcion y que con los documentos presentados para la inscripcion del acto de adhesion se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 9º del Reglamento del Registro, debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la adhesion de la Municipalidad Distrital de Carapo a la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha - MHUANCALUSA", en el Registro de Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Formalizacion de Inscripcion de Adhesion Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesion de la Municipalidad Distrital de Carapo de la Provincia de Huanca Sancos, en el Departamento de Ayacucho, a la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha - MHUANCALUSA".
Articulo 2º.- Conformacion del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha - MHUANCALUSA", esta conformado como sigue:
- Presidente: Deciderio Pillhuaman Sosa, alcalde de la Municipalidad Provincial de Huanca Sancos.
- Director: Emiliano Fernandez Cabana, alcalde de la Municipalidad Distrital de Carapo.
- Director: Bartolome Fernandez Lopez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sacsamarca.
- Director: Hector Filfredo Quispe Huaripaucar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago de Lucanamarca.
Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico, el Acta de sesion de Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Rio Caracha - MHUANCALUSA" y la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Carapo que ratifica la aprobacion de su adhesion, en el Registro de Mancomunidades Municipales.
Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe.
Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.
Registrese, comuniquese y publiquese.
MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI
Secretaria de Descentralizacion
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)