8/07/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000234-2015-J/ONPE Aprueban actualización del Cuadro para Asignación de

Aprueban actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la ONPE RESOLUCION JEFATURAL Nº 000234-2015-J/ONPE Lima, 6 de agosto de 2015 VISTOS: el Memorando Nº 000487-2015-PP/ONPE de Procuraduria Publica, el Memorando Nº 002899-2015-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 001320-2015-GCPH/ ONPE de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, el Informe Nº 000120-2015-GGC/ONPE de la Gerencia de Gestion de la Calidad; el Informe Nº 000113-2015-GG/ONPE
Aprueban actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la ONPE
RESOLUCION JEFATURAL Nº 000234-2015-J/ONPE
Lima, 6 de agosto de 2015
VISTOS: el Memorando Nº 000487-2015-PP/ONPE
de Procuraduria Publica, el Memorando Nº 002899-2015-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 001320-2015-GCPH/ ONPE de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, el Informe Nº 000120-2015-GGC/ONPE de la Gerencia de Gestion de la Calidad; el Informe Nº 000113-2015-GG/ONPE de la Gerencia General, asi como el Informe Nº 000333-2015-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autonomo que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia tecnica, administrativa, economica y financiera, siendo la autoridad maxima en la organizacion y ejecucion de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo;

Que, entre los documentos de gestion de la Entidad se encuentra el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 049-2014-J/ONPE, actualizado por Resoluciones Jefaturales Nº 0196-2014-J/ONPE, Nº 013-2015-J/ONPE y Nº 093-2015-J/ONPE, el cual contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de la estructura vigente prevista en su Reglamento de Organizacion y Funciones;

Que, conforme ? uye de los antecedentes, mediante el Memorando de vistos la Procuraduria Publica pone a conocimiento la notificacion del Noveno Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Lima, con la Resolucion Nº 23 emitida en la accion judicial promovida por la senora Rosa Maria Valenzuela Cerna de Gaitan, contra la ONPE, en lo sucesivo la demandante, Expediente Nº 00423-2010-0-1801-JR-LA-01, en el marco de la Ley Nº 27803, en la que se ha formulado el requerimiento a efecto que "dentro del plazo de tres (03) dias cumpla con reincorporar de manera definitiva a la senora en mencion, en el puesto de igual o similar categoria al que ostentaba a la fecha de su cese irregular, debiendo respetarse el regimen laboral que ostentaba a la fecha de su cese y en todo caso adecuarse al regimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 276 o Decreto Legislativo Nº 728, asi como debe registrarse en el Libro de Planillas a partir de su reincorporacion, bajo apercibimiento de aplicar los apercibimientos de ley";

Que, no obstante a lo indicado en el considerando que antecede, el cumplimiento de dicho mandato judicial debera efectuarse en estricta observancia de lo establecido en los literales a) y f) de la Tercera Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, en cuanto disponen que el ingreso de personal requiere contar con la plaza presupuestada; lo cual, de acuerdo a lo expuesto por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en el Memorando de vistos, podria ser atendida con cargo a los recursos presupuestarios del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, para las acciones de Funcionamiento 2015, autorizado y asignado para ser ejecutados a traves del Programa Presupuestario 125
- Mejora de la Eficiencia de los Procesos Electorales e Incremento de la Participacion Politica de la Ciudadania, por las fuentes de Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados;

Que, asimismo, debera observarse lo dispuesto en la Decima Setima Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por D.S. Nº 040-2014-PCM, en tanto senala que "si por resolucion firme del Tribunal del Servicio Civil, medida cautelar o sentencia judicial consentida o ejecutoriada, se ordenase la reposicion temporal o definitiva de un servidor en la Entidad publica a la cual pertenecia, la Entidad debera hacer los tramites y ajustes necesarios para la reincorporacion del personal repuesto en los regimenes de los Decretos Legislativos Nº 276 o Nº 728, segun corresponda";

Que, la Gerencia Corporativa de Potencial Humano mediante el Memorando de vistos, haciendo suyo el Informe Nº 000590-2015-SGRH/GCPH/ONPE de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, concluye que tomando como referencia el cargo que ocupa la demandante de manera temporal y revisada, tanto la formacion academica y experiencia de la misma, asi como los requisitos minimos de los cargos disponibles, se ha identificado como cargo a ocupar de manera permanente, el de Auxiliar - 2 de la Sub Gerencia de Organizacion Electoral Desconcentrada de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional, dispuesta con una remuneracion mensual de S/ 1,350.00 (mil trescientos cincuenta con 00/100 nuevos soles), que corresponde a la Plaza Nº 301; indicando ademas que resulta necesario realizar la modificacion de los documentos de gestion, constituidos por el Cuadro para Asignacion de Personal y Presupuesto Analitico de Personal, a efecto que la Plaza que le corresponderia ocupar a la demandante, varie de la condicion de Sin Financiamiento a la de Prevista;

Que, por su parte, la Gerencia General y la Gerencia de Gestion de la Calidad a traves de los Informes de vistos, precisan la pertinencia de la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal antes citada, de acuerdo a lo dispuesto en el literal c) del numeral 9.1 del articulo 9º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015;

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 13º
de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, asi como en los literales a)
y t) del articulo 11º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Jefatural Nº
063-2014-J/ONPE, modificado por las Resoluciones Jefaturales Nº 216-2014-J/ONPE y Nº 0122-2015-J/
ONPE;

Con el visado de la Secretaria General, de la Gerencia de Asesoria Juridica, de la Gerencia General y las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto, de Gestion de la Calidad y Corporativa de Potencial Humano;

SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Aprobar la actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para considerar la habilitacion del financiamiento de la Plaza Nº 301, correspondiente al cargo de Auxiliar - 2 de la Sub Gerencia de Organizacion Electoral Desconcentrada, de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional, de conformidad con lo senalado en la parte considerativa, la cual consta en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion.

Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia General y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad, de acuerdo a sus competencias, adopten las acciones posteriores que correspondan.

Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion y su anexo en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe dentro de los tres (03) dias de su emision.

Registrese, comuniquese y publiquese.

MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA
Jefe 558841 NORMAS LEGALES
Viernes 7 de agosto de 2015
El Peruano /
{E}SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Credito de Arequipa S.A. la apertura de oficina especial temporal en la XXII Feria Internacional Arequipa
{N}RESOLUCION SBS Nº 4236-2015
Lima, 21 de julio de 2015
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:

La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Credito de Arequipa S.A. para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial Temporal en la "XXII
Feria Internacional Arequipa" a realizarse del 13 al 23 de agosto de 2015 en el Centro de Eventos y Exposiciones de Cerro July, ubicado en el distrito de Jose Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa;

CONSIDERANDO:

Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de la Oficina Especial Temporal solicitada;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, el Reglamento de Apertura, Conversion, Traslado o Cierre de Oficinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automaticos y Cajeros Corresponsales, aprobado mediante Resolucion Nº 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009;

RESUELVE:

Articulo Unico.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Credito de Arequipa S.A. la apertura de una Oficina Especial Temporal del 13 al 23 de agosto de 2015
en la "XXII Feria Internacional Arequipa" a realizarse en el Centro de Eventos y Exposiciones de Cerro July, en el distrito de Jose Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa.

Registrese, comuniquese y publiquese.

DEMETRIO CASTRO ZARATE
Intendente General de Microfinanzas
Organos Autonomos, Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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