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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000227-2015-J/ONPE 558499 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2015 El
8/01/2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000227-2015-J/ONPE 558499 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2015 El
558499 NORMAS LEGALES Sabado 1 de agosto de 2015 El Peruano / Aprueban el T exto Unico de Procedimientos Administrativos de la ONPE RESOLUCION JEFATURAL Nº 000227-2015-J/ONPE Lima, 31 de julio del 2015 VISTOS: el Memorando Nº 000997-2015-SG/ONPE de la Secretaria General; los Informes Nº 000097-2015-GGC/ONPE, Nº 000116-2015-GGC/ONPE, Nº 000124-2015-GGC/ONPE y Memorando Nº 000404-2015-GGC/ ONPE de la Gerencia de Gestion de la Calidad y anexos; los Informes Nº 000109-2015-GG/ONPE y Nº
RESOLUCION JEFATURAL Nº 000227-2015-J/ONPE
Lima, 31 de julio del 2015
VISTOS: el Memorando Nº 000997-2015-SG/ONPE
de la Secretaria General; los Informes Nº 000097-2015-GGC/ONPE, Nº 000116-2015-GGC/ONPE, Nº 000124-2015-GGC/ONPE y Memorando Nº 000404-2015-GGC/ ONPE de la Gerencia de Gestion de la Calidad y anexos;
los Informes Nº 000109-2015-GG/ONPE y Nº 000118-2015-GG/ONPE de la Gerencia General, asi como el Informe Nº 000315-2015-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autonomo, que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia tecnica, administrativa, economica y financiera, siendo la autoridad maxima en la organizacion y ejecucion de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo;
Que, a traves del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, se aprobo el Formato del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), como el unico documento mediante el cual las entidades publicas difundiran los procedimientos administrativos, requisitos, plazos, derechos de tramitacion, entre otros, que legalmente se encuentran obligadas a solicitar a los ciudadanos, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 37 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, se aprobo la nueva metodologia de determinacion de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades publicas, de uso obligatorio en los procesos de elaboracion y/o modificacion de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en los
TUPA;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprobo la Metodologia de Simplificacion Administrativa para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administracion Publica;
Que, el numeral 38.1 del articulo 38º de la Ley Nº
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA es aprobado por Resolucion del Titular del organismo constitucionalmente autonomo;
Que, asimismo, segun lo dispuesto en el numeral 38.3 del citado articulo 38º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, modificado mediante Ley Nº
29091, el TUPA es publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, y en el Portal Institucional;
Que, de acuerdo a la normativa citada precedentemente, a traves de la Resolucion Jefatural Nº 229-2012-J/ONPE se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales;
Que, en tal contexto, la Gerencia de Gestion de la Calidad a traves de los Informe de vistos, precisa que el TUPA de la ONPE ha sido objeto de actualizacion en los procedimientos y servicios exclusivos que regula, a efecto de precisar la competencia de las autoridades que participan en los mismos; simplificar los tramites y plazos establecidos para su atencion; incrementar el derecho a tramite de algunos de estos, luego de aplicada la metodologia de costeo aprobada con el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM; e incluir formularios a ser utilizados por el administrado en los procedimientos y tramites para la prestacion del servicio requerido, ya sea mediante su llenado o marcacion de una alternativa, que proporcionen la informacion estimada como suficiente para atender su peticion;
Que, el organo en referencia, tambien indica que la propuesta de actualizacion, ha sido redactada en lenguaje simple y sencillo, entendible para cualquier ciudadano con la finalidad de que se constituya en el documento informativo que el administrado necesita para acceder a los procedimientos y servicios que brinda la Entidad en exclusividad; con observancia de los lineamientos de la simplificacion administrativa, orientada a generar en el administrado la percepcion que existe un esfuerzo institucional por responder a las expectativas relacionadas a la calidad e inmediatez en la atencion de sus necesidades;
Que, conforme se desprende de los documentos de vistos, dicha propuesta ha sido revisada y cuenta con la opinion favorable de la Secretaria General de la Entidad, cumpliendose asi con el presupuesto contenido en el numeral 11.5 del articulo 11º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; habiendose formalizado la propuesta para su aprobacion por la Gerencia General, en atencion a lo dispuesto en el literal l) del articulo 13º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE;
Que, siendo ello asi, se evidencia la necesidad de emitir la Resolucion Jefatural que apruebe el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; y en uso de las facultades conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº
26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, asi como en los literales s) y t) del articulo 11º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE, modificado por Resoluciones Jefaturales Nº 216-2014-J/ ONPE y Nº 0122-2015-J/ONPE;
Con el visado de la Secretaria General, de las Gerencias de Asesoria Juridica, de Gestion de la Calidad, de Gestion Electoral, de Informacion y Educacion Electoral y de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional; asi como de la Gerencia General;
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, conforme a los anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion.
Articulo Segundo.- Disponer que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado en el articulo primero de la presente resolucion, entre en vigencia a partir del dia habil siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, fecha a partir de la cual quedara sin efecto el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolucion Jefatural
Nº 229-2012-J/ONPE.
Articulo Tercero.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, publiquese el Texto Unico de Procedimiento Administrativo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado en el articulo primero de la presente Resolucion, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE www.
serviciosalciudadano.gob.pe; y, en el Portal Institucional www.onpe.gob.pe.
Articulo Cuarto.- Los procedimientos administrativos iniciados antes de la entrada en vigencia del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado en el articulo primero de la presente Resolucion, se rigen por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 229-2012-J/ONPE, hasta su conclusion.
Registrese, comuniquese y publiquese.
MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA
Jefe
Organos Autonomos, Oficina Nacional de Procesos Electorales
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