8/11/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2015-PRODUCE Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que

Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que aprueba los "Lineamientos para la Gestion Administrativa de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales" en el portal institucional del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 267-2015-PRODUCE Lima, 7 de agosto de 2015 VISTOS: El Informe Nº 260-2015-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero y el Informe Nº 00047-2015-PRODUCE/OGAJ-rburneo de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 32
Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que aprueba los "Lineamientos para la Gestion Administrativa de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales" en el portal institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 267-2015-PRODUCE
Lima, 7 de agosto de 2015
VISTOS: El Informe Nº 260-2015-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero y el Informe Nº 00047-2015-PRODUCE/OGAJ-rburneo de la Oficina General de Asesoria Juridica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el articulo 32 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que el Estado propicia el desarrollo de la actividad pesquera artesanal, asi como la transferencia de tecnologia y la capacitacion de los pescadores artesanales, otorgando los incentivos y beneficios previstos en las pertinentes disposiciones legales;

Que, el numeral 6.1 del articulo 6 del Decreto Legislativo Nº 1047 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, establece que en el marco de sus competencias, el Ministerio de la Produccion dicta normas y politicas nacionales sobre la pesqueria artesanal, la acuicultura de menor escala y de subsistencia, calidad, asi como de promocion de la industria y comercio interno, en armonia con la NL20150811.pdf 18 8/11/2015 7:36:58 AM
558977 NORMAS LEGALES
Martes 11 de agosto de 2015
El Peruano / proteccion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad de conformidad con lo establecido por el ente rector en materia ambiental;

Que, asimismo, el numeral 6.7 de la mencionada norma establece como una de las funciones de PRODUCE
prestar apoyo tecnico a los Gobiernos Regionales y Locales para el adecuado cumplimiento de las funciones descentralizadas;

Que, en el marco del proceso de descentralizacion, el objetivo especifico 10 de la Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica al 2021, aprobado por Decreto Supremo No. 004-2013-PCM, preve promover, apoyar y participar en espacios de coordinacion interinstitucional con entidades del mismo nivel como de otros niveles de gobierno, para multiplicar la capacidad de servicio del Estado en beneficio de los ciudadanos mediante la articulacion de politicas, recursos y capacidades institucionales;

Que, dicha Politica considera entre las acciones a efectuar por los entes rectores, el desarrollar sus capacidades de rectoria enmarcada en los alcances de las politicas sectoriales de su responsabilidad. Dicha rectoria se refiere entre otros, a aspectos tales como establecer estandares minimos de cobertura y calidad de servicios publicos en materias de competencia compartida entre el nivel nacional y los gobiernos descentralizados;
fijar metas nacionales de resultados y proveer asistencia tecnica y segun sea necesario, financiamiento para el logro de dichos resultados; consolidar informacion sobre la ejecucion, evaluar los resultados y retroalimentar el diseno de las politicas; gestionar el conocimiento sobre buenas practicas en la gestion y provision de los bienes y servicios publicos enmarcados en las politicas nacionales de su responsabilidad;

Que, el articulo 3 del Decreto Supremo Nº
011-2010-PRODUCE, que aprueba el Plan Nacional de Desarrollo de Infraestructura Pesquera para el Consumo Humano Directo establece que mediante Resolucion Ministerial, el Ministerio de la Produccion podra disponer las medidas complementarias que sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el "Plan Nacional de Desarrollo de Infraestructura Pesquera para Consumo Humano Directo" entre otras, aquellas destinadas a normar la gestion de las infraestructuras pesqueras artesanales, que sean administradas mediante convenio;

Que, la estrategia de la Politica 6 "Optimizar las infraestructuras pesqueras artesanales y su gestion"
del Objetivo Estrategico 3 "Ordenar y desarrollar competitivamente la pesca artesanal", del Plan Estrategico Sectorial Multianual (PESEM) 2012-2016 del Sector Produccion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 107-2012-PRODUCE, esta referida a mejorar y modernizar las infraestructuras pesqueras artesanales con criterio de prioridad y desarrollar un sistema de gestion eficiente para las mismas;

Que, segun el Informe Nº 260-2015-PRODUCE/ DGP de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero del Ministerio de la Produccion, resulta necesario aprobar los "Lineamientos que rigen el Modelo de Gestion Administrativa de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales" a fin de asegurar el buen funcionamiento, inversion y mantenimiento en los citados Desembarcaderos y la participacion representativa de los pescadores, armadores y procesadores artesanales en la administracion de estos con criterios de eficiencia, preservacion del valor de la inversion del Estado y desarrollo sectorial;

Que, el articulo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de caracter general, senala que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30)
dias antes de la fecha prevista para su vigencia, a fin de permitir que las personas formulen cometarios sobre las medidas propuestas;

Que, en tal sentido, a efectos de recibir las respectivas opiniones, sugerencias o comentarios de la ciudadania, resulta conveniente disponer la publicacion del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los "Lineamientos que rigen el Modelo de Gestion Administrativa de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales", asi como la correspondiente Exposicion de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Produccion;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y , De conformidad con la Ley General de Pesca, el Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Legislativo Nº 1047, la Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Publicacion del proyecto Disponer la publicacion del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los "Lineamientos para la Gestion Administrativa de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales", asi como la correspondiente Exposicion de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Produccion, (www.produce.gob.pe), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadania, por el plazo de treinta (30) dias habiles contado desde el dia siguiente de su publicacion.

Articulo 2º.- Mecanismos de Participacion Las opiniones y sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion Ministerial, deben ser remitidas a la sede del Ministerio de la Produccion, con atencion a la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 060 - Urbanizacion Corpac, San Isidro, o a la direccion electronica: dgp@
produce.gob.pe.

Registrese, comuniquese y publiquese.

PIERO EDUARDO GHEZZI SOLIS
Ministro de la Produccion
Poder Ejecutivo, Produce

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