8/25/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 415-2015-MINEDU Aprueban el reordenamiento del Cuadro para Asignación de

Aprueban el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 415-2015-MINEDU Lima, 24 de agosto de 2015 Vistos, el Expediente Nº 0073838-2015 que contiene el Informe Nº 129-2015-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER, el Informe Nº 044-2015-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, el Informe Nº 584-2015-MINEDU/SG-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
Aprueban el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional del Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 415-2015-MINEDU
Lima, 24 de agosto de 2015
Vistos, el Expediente Nº 0073838-2015 que contiene el Informe Nº 129-2015-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER, el Informe Nº 044-2015-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, el Informe Nº 584-2015-MINEDU/SG-OGAJ; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Primera Disposición Complementaria del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, establece que el Ministerio de Educación se encuentra facultado para dictar en el ámbito de su competencia, las disposiciones complementarias necesarias para perfeccionar su estructura y mejorar su funcionamiento;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, disponiendo en su Primera Disposición Complementaria Final, que el Ministerio de Educación aprobará las normas complementarias y documentos de gestión correspondientes, para el adecuado cumplimiento e implementación de lo dispuesto en dicha norma;

Que, con Resolución Ministerial Nº 052-2015-MINEDU se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional -
CAP Provisional del Ministerio de Educación, el mismo que contiene un total de 922 cargos definidos y aprobados;

Que, posteriormente, a través del Decreto Supremo Nº 002-2015-MINEDU, modificado con Decreto Supremo Nº 009-2015-MINEDU, se creó en el ámbito del Ministerio de Educación, el "Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019", con el objeto de programar y ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y de los Juegos Parapanamericanos del 2019, principalmente los proyectos de inversión pública en infraestructura deportiva, en el marco del Plan Maestro de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y los compromisos asumidos por el Comité Organizador de los citados juegos, COPAL - PERU;

Que, asimismo, con Resolución Ministerial Nº 205-2015-MINEDU se aprobó el Manual de Operaciones de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos - DIGERE, órgano desconcentrado del Ministerio de Educación, responsable de la programación, adquisición, almacenamiento y distribución, así como de la ejecución de proyectos de inversión pública, de recursos educativo-pedagógicos para el desarrollo del aprendizaje de los alumnos de las instituciones educativas públicas, conforme a las disposiciones que para tal efecto emita el Ministerio de Educación;

Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC denominada 559946 NORMAS LEGALES
Martes 25 de agosto de 2015 / El Peruano "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades" que comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional;

Que, el numeral 4.5 de dicha Directiva establece que las entidades que cuenten con un CAP aprobado o provisional, podrán ajustarlo en el año fiscal, bajo los términos expuestos en el numeral 5 de la misma Directiva. Este ajuste no excederá del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fiscal. Asimismo, dicha acción, en ningún caso habilita a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto.

Establece además, que todo ajuste al CAP, aprobado o provisional, se realizará bajo los términos establecidos en dicho documento normativo;

Que, al respecto, el numeral 5.6 de la mencionada Directiva establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del presupuesto de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional.

El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del órgano de recursos humanos;

Que, el literal c) del artículo 85 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que la Oficina de Gestión de Personal de la Oficina General de Recursos Humanos tiene la función de coordinar y formular el Cuadro de Puestos de la Entidad, así como sus actualizaciones. Asimismo, el literal b) de su artículo 34
establece que la Unidad de Organización y Métodos de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, tiene la función de conducir, monitorear, evaluar y asesorar los procesos de desarrollo y modernización organizacional, racionalización y simplificación administrativa en el Ministerio;

Que, en tal sentido, con Informe Nº 129-2015-MINEDU/ SG-OGRH-OGEPER, la Oficina de Gestión de Personal de la Oficina General de Recursos Humanos manifiesta que teniendo en cuenta que después que se aprobara el CAP Provisional del Ministerio de Educación, se aprobó la estructura orgánica del órgano desconcentrado DIGERE, y que además, se creó el Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, resulta necesario proceder con el reordenamiento de cargos del Ministerio de Educación, siempre que ello no exceda el 5% de cargos aprobados en el CAP Provisional vigente, el mismo que contempla un total de 922 cargos; por lo que resulta factible reordenar hasta un máximo de 46 cargos;

Que, por su parte, con Informe Nº 044-2015-MINEDU/ SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto manifiesta que la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional, guarda relación con la estructura orgánica contenida en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el Manual de Operaciones de la DIGERE y la creación del referido Proyecto Especial; motivo por el cual, resulta viable el reordenamiento propuesto, teniendo en cuenta que el mismo se enmarca dentro de los parámetros técnicos establecidos;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional del Ministerio de Educación, en los términos señalados en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución, así como de su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http:// www.minedu.gob.pe/) el mismo día de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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