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DECRETO SUPREMO N° 251-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
9/09/2015
DECRETO SUPREMO N° 251-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Poder Judicial DECRETO SUPREMO Nº 251-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el presupuesto del pliego 004: Poder Judicial; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 238-2014-CE-PJ de fecha 09 de julio de 2014, se aprobó la implementación de la Nueva Ley
DECRETO SUPREMO Nº 251-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el presupuesto del pliego 004: Poder Judicial;
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 238-2014-CE-PJ de fecha 09 de julio de 2014, se aprobó la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en los Distritos Judiciales de Ancash (excepto en la provincia de Huaraz, el que como Plan Piloto empezó a partir del 1 de octubre de 2014), Tumbes y Ucayali para el año 2015; asimismo, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Acuerdo Nº 833-2014, ha dispuesto que los Distritos Judiciales de Lima Este y Ventanilla sean incorporados a las jurisdicciones en las que se aplicará la NLPT a partir del año 2015;
Que, el Poder Judicial, mediante los Oficios Nºs 190-2015-GP-GG/PJ, 1133-2015-GG-PJ, 180-2015-GP-GG/PJ y 1081-2015-GG-PJ, solicita recursos adicionales, entre otros, destinados a financiar la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en los Distritos Judiciales de Ancash (excepto en la provincia de Huaraz), Tumbes, Ucayali, Lima Este y Ventanilla, así como la continuidad de doce (12) proyectos de inversión pública y el inicio de dos (02) nuevos proyectos de inversión pública que se encuentran en situación de viables con expedientes técnicos concluidos;
Que, para tal fin, a través del Oficio Nº 190-2015-GP-GG/PJ, se indica que el pliego Poder Judicial no ha considerado recursos en su presupuesto institucional del presente año fiscal, para la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en los referidos distritos judiciales, así como para financiar la continuidad de doce (12) proyectos de inversión pública y el inicio de dos (02)
nuevos proyectos de inversión pública;
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de DIEZ MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL
SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 704
063,00), para el financiamiento de proyectos de inversión pública y la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en los distritos judiciales de Ancash, Tumbes, Ucayali, Lima Este y Ventanilla, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del pliego 004: Poder Judicial;
De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de DIEZ MILLONES SETECIENTOS
CUATRO MIL SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 10 704 063,00), a favor del pliego 004: Poder Judicial, destinados a financiar la ejecución de proyectos de inversión pública y la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en diversos distritos judiciales, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0. Reserva de Contingencia 3 052 198,00
GASTOS DE CAPITAL
2.0. Reserva de Contingencia 7 651 865,00
------------------- TOTAL EGRESOS 10 704 063,00
===========
A LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 004 : Poder Judicial
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 973 452,00
2.3. Bienes y Servicios 2 078 746,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6. Adquisición de activos No Financieros 7 651 865,00
------------------- TOTAL EGRESOS 10 704 063,00
===========
1.2 El detalle del monto transferido se detalla en el Anexo Nº 1 "Transferencia de Partidas - Actividades"
y Anexo Nº 2 "Transferencia de Partidas - Proyectos de Inversión Pública", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refiere el numeral
NORMAS LEGALES
Miércoles 9 de setiembre de 2015 / El Peruano 561002
1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF .
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
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