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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 447-2015-MINEDU Modifican la R.M. N° 021-2015-MINEDU, que delegó
9/19/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 447-2015-MINEDU Modifican la R.M. N° 021-2015-MINEDU, que delegó
Modifican la R.M. Nº 021-2015-MINEDU, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios y en la Secretaría General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 447-2015-MINEDU Lima, 18 de setiembre de 2015 Vistos, el Oficio Nº 1042-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa, los Informes Nº 009-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN y Nº 083-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN de la Dirección de Planificación de Inversiones, y
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 447-2015-MINEDU
Lima, 18 de setiembre de 2015
Vistos, el Oficio Nº 1042-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa, los Informes Nº 009-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN
y Nº 083-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN de la Dirección de Planificación de Inversiones, y el Informe Nº 672-2015-MINEDU/SG-OGAJ;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 081-2009 y las Leyes Nº 30056, Nº 30138 y Nº 30264, se aprobaron medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los gobiernos regionales y/o locales. Asimismo, el Reglamento de la Ley Nº 29230, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2014-EF, establece en su Quinta Disposición Complementaria Final que en caso no se contraponga a la naturaleza, objeto y finalidad de la Ley y su Reglamento, se aplicarán supletoriamente el Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento y disposiciones sustitutorias;
Que, mediante el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, en adelante la Ley, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en materias de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, conforme a sus competencias, a efectuar la ejecución de proyectos de inversión pública - PIP, el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP , incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos la Ley Nº 29230, de acuerdo a lo establecido en el citado artículo y su Reglamento;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2015-EF, se aprobó el Reglamento del artículo 17 de la Ley Nº 30264, en adelante el Reglamento, el cual establece funciones que realizará el Titular de la Entidad Pública, precisando que en todo lo no previsto en dichas normas, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley Nº 29230 y en el Decreto Supremo Nº 005-2014-EF;
Que, el artículo 6 del Reglamento dispone que el titular de la entidad podrá desconcentrar, mediante resolución, las facultades que dicha norma le otorga, excepto la aprobación de la lista de proyectos priorizados, la decisión de encargar el proceso de selección, la autorización de los mayores trabajos de obra, la resolución del recurso de apelación y la declaración de nulidad de oficio del proceso;
Que, a través de la Resolución de Contraloría Nº 112-2015-CG del 24 de febrero de 2015, la Contraloría General de la República aprobó la Directiva Nº 003-2015-CG/ GPROD "Emisión del Informe Previo establecido por el literal l) del artículo 22 de la Ley Nº 27785", que establece el trámite correspondiente a las solicitudes de opinión previa presentadas en el marco de la Ley, señalando en el literal c.2) del numeral 6.1.3 de la referida Directiva, que entre 561803 NORMAS LEGALES
Sábado 19 de setiembre de 2015
El Peruano / otros documentos, se deberá presentar la solicitud suscrita por el titular de la entidad o por el funcionario que éste delegue, indicando los funcionarios de la entidad solicitante que actuarán como interlocutores válidos para el trámite de emisión del informe previo, precisando la forma de contactarlos (teléfono y correo electrónico), y que cuando se trate de delegación, debe adjuntar copia del documento que acredite dicho encargo suscrito por el titular de la entidad;
Que, mediante Oficio Nº 00276-2015-MINEDU/ VMGI-DIGEIE, la Dirección General de Infraestructura Educativa remite el Informe Nº 009-2015-MINEDU/ VMGI-DIGEIE-DIPLAN de la Dirección de Planificación de Inversiones, a través del cual se solicita tramitar una resolución ministerial que delegue aquellas facultades que no son indelegables, y que fueron otorgadas al Titular de la Entidad en el marco de la Ley y su Reglamento, específicamente para el mecanismo de obras por impuestos; y recomienda se incluya una disposición que establezca que el Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED ejecute el registro en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) de las actuaciones del proceso de selección;
Que, de acuerdo a lo expuesto y con el propósito de desconcentrar facultades y agilizar la marcha administrativa del Ministerio de Educación, resulta necesario modificar la Resolución Ministerial Nº 021-2015-MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial Nº 178-2015-MINEDU, a través de la cual se delegaron funciones y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2015;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en la Ley 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico; en el Decreto Supremo Nº 006-2015-EF, Reglamento del artículo 17 de la Ley Nº 30264;
y, en el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los artículos 1, 10, 11 y 12 de la Resolución Ministerial Nº 021-2015-MINEDU, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera:
"Artículo 1.- Delegar en el Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones: (...)
b) En materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015-EF, y demás normas conexas:
- Solicitar Asistencia Técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION en el proceso de selección bajo la modalidad de asesoría o encargo.
- Suscribir, modificar y resolver los convenios de asistencia técnica o encargo de procesos de selección.
- Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités Especiales de procesos de selección que vayan a ser convocados por el Ministerio de Educación, así como modificar su composición.
- Solicitar la emisión de informe previo a la Contraloría General de la República, así como presentar la subsanación y/o remitir información adicional.
- Aprobar la decisión de llevar a cabo el proceso de selección.
- Aprobar las bases de los procesos de selección.
- Cancelar procesos de selección.
- Aprobar la transferencia a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades Públicas de los proyectos llevados a cabo por el Ministerio de Educación en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015-EF".
"Artículo 10.- Delegar en el Jefe de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones:
En materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015-EF, y demás normas conexas:
- Suscribir el documento en el que conste el compromiso de la entidad de priorizar, bajo responsabilidad, en la fase de programación presupuestaria los recursos necesarios para financiar el pago de los Certificados "Inversión Pública Gobierno Nacional - Tesoro Público" - CIPGN en los años fiscales siguientes y por todo el periodo de ejecución del proyecto de inversión, así como su mantenimiento de ser el caso".
"Artículo 11.- Delegar en el Director General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones:
En materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015-EF, y demás normas conexas:
- Responder las cartas de intención del sector privado dirigidas al Titular de la Entidad que proponen desarrollar proyectos de inversión pública".
"Artículo 12.- Delegar en el Director de Planificación de Inversiones de la Dirección General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones:
En materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015-EF, y demás normas conexas:
- Remitir copia de los convenios y adendas suscritos con las empresas privadas y entidades privadas supervisoras a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, así como la información que requiera y la establecida en la normatividad de la materia.
- Remitir a PROINVERSIÓN los documentos requeridos por la Contraloría General de la República, en casos de encargo de procesos de selección a
PROINVERSIÓN".
Artículo 2.- Incorporar los artículos 13, 14 y 15 a la Resolución Ministerial Nº 021-2015-MINEDU, los mismos que quedan redactados de la siguiente manera:
"Artículo 13.- Delegar en el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones:
En materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015-EF, y demás normas conexas:
- Suscribir, modificar y resolver convenios con las empresas privadas o consorcios para financiar los proyectos de inversión pública, así como para elaborar expedientes técnicos o estudios definitivos, ejecutar y/o realizar el mantenimiento de dichos proyectos.
- Suscribir, modificar y resolver convenios con las entidades privadas supervisoras de la elaboración de expedientes técnicos, ejecución de proyectos y/o de su mantenimiento.
- Suscribir, modificar y resolver convenios con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, sobre proyectos de su competencia, para que el Ministerio de Educación formule y ejecute dichos proyectos, en el marco de la normatividad vigente de la materia".
"Artículo 14.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente resolución son indelegables, y comprenden la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; mas no exime de la 561804 NORMAS LEGALES
Sábado 19 de setiembre de 2015 / El Peruano obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones vigentes establecidos para cada caso".
"Artículo 15.- Remitir copia de la presente resolución a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; así como al Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED y Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, y sus órganos, unidades orgánicas y dependencias".
Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento del Programa Nacional de Infraestructura Educativa -
PRONIED realice el registro de las actuaciones de los procesos de contratación en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015-EF, en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
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