9/10/2015

RESOLUCIÓN SBS N° 4863-2015 Autorizan a Júpiter Technology Perú S.A. a operar con cajeros

Autorizan a Júpiter Technology Perú S.A. a operar con cajeros corresponsales RESOLUCIÓN SBS Nº 4863-2015 Lima, 26 de agosto de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Jupiter Technology Perú S.A. para que se le autorice a operar con Cajeros Corresponsales; y CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 6 del artículo 17º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, aprobada por la Ley
Autorizan a Júpiter Technology Perú S.A. a operar con cajeros corresponsales
RESOLUCIÓN SBS Nº 4863-2015
Lima, 26 de agosto de 2015
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:

La solicitud presentada por Jupiter Technology Perú S.A. para que se le autorice a operar con Cajeros Corresponsales; y
CONSIDERANDO:

Que, conforme al numeral 6 del artículo 17º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, aprobada por la Ley Nº 26702 y modificatorias, en adelante la Ley General, concordado con el artículo 4º de la Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera aprobada por la Ley Nº 29985, las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico son empresas de servicios complementarios y conexos que tienen como objeto principal la emisión de dinero electrónico, no conceden crédito con cargo a los fondos recibidos y solo pueden realizar otras operaciones relacionadas a su objeto principal;

Que, mediante Resolución SBS Nº 2254-2015, de fecha 23 de abril de 2015, esta Superintendencia autorizó la adecuación de Jupiter Technology Perú S.A. como una Empresa Emisora de Dinero Electrónico (EEDE), encontrándose sujeta al cumplimiento de las normativas aplicables de acuerdo con las operaciones que desarrolle;

Que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 3 del Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de oficinas, Uso de locales compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013 de fecha 18 de octubre de 2013 (en adelante, el Reglamento), los Cajeros Corresponsales son puntos de atención que funcionan en establecimientos fijos o móviles, pertenecientes a un operador, que es una persona natural o jurídica, diferente de las empresas que integran el sistema financiero, que conforme a un acuerdo contractual y bajo responsabilidad de la empresa del sistema financiero, pueden prestar las operaciones y servicios señalados en el Reglamento;

Que, el numeral 6.2.2 del Reglamento señala que las empresas que deseen obtener autorización para operar con cajeros corresponsales, deberán solicitar previamente y por única vez autorización a esta Superintendencia, y adjuntar la información señalada en el anexo C de dicho Reglamento;

Que, la Junta General de Accionistas de Jupiter Technology Perú S.A., en sesión del día 26 de marzo 2014, aprobó la modificación de los artículos segundo y cuadragésimo segundo del estatuto social, permitiendo así a la Junta General de Accionistas autorizar la suscripción de contratos con operadores de cajeros corresponsales y/o con agregadores de operadores de cajeros corresponsales, pudiendo delegar en el Gerente General la suscripción de dichos contratos;

Que, Jupiter Technology Perú S.A. ha cumplido con presentar la documentación requerida en el Reglamento, quedando obligada a mantener a disposición de esta Superintendencia la información adicional señalada en el Anexo C del mismo;

Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión de Sistemas de Información y Tecnología, el Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional, el Departamento Legal y el Departamento de Supervisión Bancaria "C";

561126 NORMAS LEGALES
Jueves 10 de setiembre de 2015 / El Peruano De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento y procedimiento Nº 109 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a Júpiter Technology Perú S.A. a operar a través de cajeros corresponsales, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de oficinas, Uso de locales compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA SALAS CORTÉS
Intendente General de Banca

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.