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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 050-2015-EM Aprueban modificación de concesión definitiva de transmisión de
9/10/2015
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 050-2015-EM Aprueban modificación de concesión definitiva de transmisión de
Aprueban modificación de concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica y la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesión Nº 154-99, presentada por Electronoroeste S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2015-EM Lima, 9 de setiembre de 2015 VISTO: El Expediente con código Nº 14084398, sobre la solicitud de modificación de concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica, presentada por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad - Electronoroeste S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2015-EM
Lima, 9 de setiembre de 2015
VISTO: El Expediente con código Nº 14084398, sobre la solicitud de modificación de concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica, presentada por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad - Electronoroeste S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 00110544 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº I, Sede Piura, de la Oficina Registral de Piura;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 106-99-EM, publicada el 06 de agosto de 1999, se otorgó a favor de Electronoroeste S.A. concesión definitiva para desarrollar 561093 NORMAS LEGALES
Jueves 10 de setiembre de 2015
El Peruano / la actividad de transmisión de energía eléctrica en diversas Líneas de Transmisión, entre otras, en la Línea de Transmisión de 60 kV SE Piura Oeste - SE Piura Centro - SE Sullana, de 39,1 km, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 154-99, elevado a Escritura Pública el 30 de setiembre de 1999;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 029-2007-EM, publicada el 19 de junio de 2007, se aprobó la modificación de concesión definitiva de transmisión en lo referido a la longitud de la Línea de Transmisión 60 kV SE
Piura Oeste - SE Piura Centro - SE Sullana, de 39.10
km a 29,20 km, pasando dicha línea a denominarse Línea de Transmisión de 60 kV SE Piura Oeste - SE Sullana, suscribiéndose la modificación al Contrato de Concesión Nº 154-99, elevada a Escritura Pública el 11 de setiembre de 2007;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 089-2011-EM, publicada el 06 de noviembre de 2011, se aprobó la modificación de concesión definitiva de transmisión en lo referido a tres (03) variantes ejecutadas en la Línea de Transmisión de 60 kV SE El Arenal - SE Sullana, suscribiéndose la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión
Nº 154-99;
Que, con fecha 23 de octubre de 2014, bajo el registro Nº 2442138, Electronoroeste S.A. solicitó la modificación de la concesión definitiva de transmisión con la finalidad de incorporar el tramo de Línea de Transmisión de 60
kV S.E. Piura Oeste - S.E. Piura Centro, de 7,46 km de longitud, de doble terna, el cual originalmente formaba parte de la Línea de Transmisión de 60 kV SE Piura Oeste - SE Piura Centro - SE Sullana, de 39.10 km; sin embargo, dicho tramo no fue considerado al aprobarse la modificación del CONTRATO mediante la Resolución Suprema Nº 029-2007-EM;
Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Asimismo, la referida solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refiere el Informe Nº 215-2015-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la modificación de concesión definitiva de transmisión y la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesión Nº 154-99, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;
Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53 y en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;
Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación de concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica y la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesión Nº 154-99, presentada por Electronoroeste S.A., a fin de modificar la Cláusula Primera y los literales c) y h) del Anexo Nº 2, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesión Nº 154-99, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución y la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 3.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública a que dé origen la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesión Nº 154-99.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
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