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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 124-2015-VMPCIC-MC 561447 NORMAS LEGALES Lunes 14 de setiembre de
9/14/2015
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 124-2015-VMPCIC-MC 561447 NORMAS LEGALES Lunes 14 de setiembre de
561447 NORMAS LEGALES Lunes 14 de setiembre de 2015 El Peruano / Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Yanaorco, ubicada en el departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 124-2015-VMPCIC-MC Lima, 10 de setiembre de 2015 Vistos, Memorándum Nº 083-2013-DRC-CAJ/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca, el Memorando Nº 619-2013-DSFL-DGPA/MC e Informe Técnico Nº 148-2015-DSFL-DGPA/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 124-2015-VMPCIC-MC
Lima, 10 de setiembre de 2015
Vistos, Memorándum Nº 083-2013-DRC-CAJ/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca, el Memorando Nº 619-2013-DSFL-DGPA/MC e Informe Técnico Nº 148-2015-DSFL-DGPA/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Memorando Nº 0227-2015-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 14 de la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación";
Que, el artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-MC, establece que los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos son los bienes inmuebles que constituyen evidencia de actividad humana de época prehispánica, con fines de registro, de delimitación, investigación, conservación, protección y gestión, los que se clasifican en Sitio Arqueológico, Zona Arqueológica Monumental, Paisaje Arqueológico;
Que, mediante Memorándum Nº 083-2013-DRC-CAJ/MC de fecha 7 de febrero de 2013, la Dirección Regional de Cultura de Cajamarca, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca solicita a la Dirección de Arqueología, actualmente Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble el apoyo con topógrafos para la delimitación de zonas arqueológicas del departamento de Cajamarca, entre ellos, la Zona Arqueológica Monumental Yanaorco, ubicada en el distrito de San Juan, provincia y departamento de Cajamarca;
Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral Atención Nº 800-2014 de fecha 13 de mayo de 2014, la Oficina Registral de Cajamarca informó respecto a la poligonal de la Zona Arqueológica Monumental Yanaorco, señalando que no se encuentra inscrita propiedad en el Registro de Predios de la citada oficina registral, no existiendo derechos reales a favor de terceros que puedan verse afectados con la delimitación del mencionado monumento arqueológico prehispánico;
Que, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal a través del Memorando Nº 619-2013-DSFL-DGPA/ MC de fecha 27 de junio de 2014, remite a la Dirección Desconcentrada de Cultura Cajamarca, el expediente técnico del citado monumento arqueológico prehispánico, para que el arqueólogo responsable del levantamiento catastral realizado, emita el correspondiente informe que sustente técnicamente el saneamiento físico y legal del citado monumento arqueológico prehispánico;
561448 NORMAS LEGALES
Lunes 14 de setiembre de 2015 / El Peruano Que, mediante Informe Técnico Nº 148-2015-DSFL-DGPA/MC de fecha 15 de enero del 2015, de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, se recomienda:
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico siguiente:
Departamento Cajamarca Provincia Cajamarca Nombre de la Zona Arqueológica Monumental Distrito Datum WGS 84 Zona 17
UTM Este UTM Norte Yanaorco San Juan 779281.9252 9196484.7915
Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Yanaorco, de acuerdo al plano, área y perímetro que a continuación se consignan:
Nombre de la Zona Arqueológica Monumental Nº de plano en Datum WGS 84
Área (m 2
)
Área (ha)
Perímetro (m)
Yanaorco
PP-026-MC_DGPC/
DA-2013 WGS84
465 933.61 46.5933 3034.91
Que, estando a los Informes Técnicos elaborados por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y la Dirección Desconcentrada de Cultura Cajamarca, se demuestra la necesidad de declarar a la Zona Arqueológica Monumental Yanaorco como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación y establecer su área intangible para efectos de brindarle la protección legal necesaria para su conservación, por lo que corresponde su declaratoria y aprobación del expediente técnico del citado monumento arqueológico prehispánico;
Con el visado de la Directora (e) de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, del Director de la Dirección de Arqueología, actualmente Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley Nº 28296; Ley de Creación del Ministerio de Cultura - Ley Nº 29565; el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC y el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2014-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-. Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Yanaorco ubicada en el distrito de San Juan, provincia y departamento de Cajamarca, según los datos señalados en el siguiente cuadro:
Departamento Cajamarca Provincia Cajamarca Nombre de la Zona Arqueológica Monumental Distrito Datum WGS 84 Zona 17
UTM Este UTM Norte Yanaorco San Juan 779281.9252 9196484.7915
Artículo 2.º- Aprobar el Expediente Técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) de la Zona Arqueológica Monumental Yanaorco, de acuerdo al plano, área y perímetro que a continuación se consignan:
Nombre de la Zona Arqueológica Monumental Nº de plano en Datum WGS 84
Área (m 2
)
Área (ha)
Perímetro (m)
Yanaorco
PP-026-MC_DGPC/
DA-2013 WGS84
465 933.61 46.5933 3034.91
Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el Artículo 1 y los planos señalados en el Artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura.
Artículo 5.- Remitir copia certificada de la presente Resolución al Gobierno Regional de Cajamarca, Municipalidad Provincial de Cajamarca, Municipalidad Distrital de San Juan, para efectos que la Zona Arqueológica Monumental Yanaorco sea considerada dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen; a COFOPRI; a SUNARP.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN PABLO DE LA PUENTE BRUNKE
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
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