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DECRETO REGIONAL N° 005-2015-GRLL/GOB Dejan sin efecto delegación de funciones a ex vicepresidenta
10/07/2015
DECRETO REGIONAL N° 005-2015-GRLL/GOB Dejan sin efecto delegación de funciones a ex vicepresidenta
Dejan sin efecto delegación de funciones a ex vicepresidenta regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, gobernabilidad y descentralización DECRETO REGIONAL Nº 005-2015-GRLL/GOB EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 21º, 22º, 37º, 40º y 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, establece que el Presidente Regional
DECRETO REGIONAL Nº 005-2015-GRLL/GOB
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL LA LIBERTAD
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 21º, 22º, 37º, 40º y 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, establece que el Presidente Regional tiene atribuciones para dictar Decretos Regionales los que son suscritos con el Gerente General Regional y/o los Gerentes Regionales, los que establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano, es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano;
Que, según Artículo 8º numeral 4) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificado por Ley Nº 27902, establece que en aplicación al principio de inclusión, el Gobierno regional desarrolla políticas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política y cultural, de jóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ámbito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas, nutriéndose de sus perspectivas y aportes. Estas acciones también buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminación por razones de etnia, religión o género y toda otra forma der discriminación;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones-ROF del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado por Ordenanza Regional Nº 008-2011-GR-LL/CR, modificado por Ordenanza Regional Nº 012-2012-GRLL/CR, dispone que la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social sea el órgano encargado de conducir la política social a nivel regional; planificar, planificar, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar proyectos de desarrollo e inclusión social, igualdad de oportunidades, desarrollo comunal, gobernabilidad y descentralización; así como de la Estrategia CRECER en Libertad, dispone que cada Gerencia del Gobierno Regional de La Libertad, participe mediante la ejecución de los programas, proyectos y acciones orientadas a la superación de la pobreza y la 563518 NORMAS LEGALES
Miércoles 7 de octubre de 2015 / El Peruano desnutrición infantil, según sus componentes y facultades, bajo responsabilidad;
Que, mediante Decreto Regional Nº 006-2011-GRLL-PRE de fecha 22 de marzo del 2011, se resolvió delegar a la señora Vicepresidenta Regional Abogada MÓNICA
PAOLA SANCHEZ MINCHOLA, las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, gobernabilidad y descentralización; contraviniendo el Artículo 60º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad que regula las funciones señaladas a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social de esta Entidad;
Que, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política del Perú, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en el Artículo 37º y 38º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificado por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968;
DECRETA:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO LEGAL, la delegación de funciones que se realizó a la ex -vicepresidenta regional Abogada Mónica Paola Sánchez Minchola que le fueron conferidas mediante Decreto Regional Nº 006-2011-GRLL-PRE de fecha 22 de marzo del 2011, en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, gobernabilidad y descentralización, conforme se detalla en la norma regional antes mencionada.
Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR el presente Decreto Regional a todas las Unidades Ejecutoras, a los órganos Desconcentrados y a todas las Unidades Orgánicas del Gobierno Regional La Libertad.
Artículo Tercero.- El presente Decreto Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", en el Diario encargado de las publicaciones judiciales de La Libertad, y en el diario de mayor circulación regional; así como disponer su difusión en el portal web institucional del Gobierno Regional de La Libertad.
Dado en Trujillo, en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los 24 días del mes de junio del año dos mil quince.
Regístrese, públiquese y cúmplase.
CESAR ACUÑA PERALTA
Gobernador Regional
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