10/05/2015

RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS N° 30-GCSPE-ESSALUD-2015

Suspenden temporalmente la afiliación de nuevos asegurados al Seguro EsSalud Independiente ESSALUD RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS Nº 30-GCSPE-ESSALUD-2015 Lima, 1 de octubre de 2015 VISTO: El Informe Técnico: "Suspensión Temporal de la afiliación al seguro potestativo: ESSALUD Independiente", elaborado por la Gerencia de Gestión de Seguros, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014, se aprobó la Nueva Estructura
Suspenden temporalmente la afiliación de nuevos asegurados al Seguro EsSalud Independiente ESSALUD
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS Nº 30-GCSPE-ESSALUD-2015
Lima, 1 de octubre de 2015
VISTO:

El Informe Técnico: "Suspensión Temporal de la afiliación al seguro potestativo: ESSALUD Independiente", elaborado por la Gerencia de Gestión de Seguros, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014, se aprobó la Nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - EsSalud, cuyo artículo 133º establece que la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas es el órgano de línea de la Gerencia General, encargado, entre otras funciones, de formular, proponer, supervisar y evaluar las políticas, normas y estrategias para la afiliación, planes de seguros, control y auditoría de los seguros del régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud;

Que, asimismo, compete a la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, diseñar, investigar y desarrollar productos y planes de seguros, proponer mejoras a los productos existentes, así como, desarrollar los estudios técnicos, económicos, actuariales y financieros, relativos al comportamiento de los seguros y su impacto en la sostenibilidad financiera institucional, el monitoreo de la siniestralidad de los seguros administrados por ESSALUD, la determinación de primas y valorización de las condiciones de cobertura;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 36-13-ESSALUD-2010 del 13 de julio 2010, se aprueba el Seguro EsSalud Independiente, dirigido a los trabajadores y profesionales independientes y personas que voluntariamente deseen afiliarse, así como sus derechohabientes y faculta a la Gerencia Central de Aseguramiento (hoy Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas) para, entre otros aspectos, dictar las disposiciones y procedimientos que se requieran;

Que, en la actualidad el Seguro EsSalud Independiente presenta problemas principalmente relacionados con su siniestralidad, gestión operativa y administrativa, por lo que es necesario suspender temporalmente la afiliación de nuevos asegurados a dicho seguro, sin afectar la atención de salud de los afiliados anteriormente que cuenten con cobertura vigente, en tanto se desarrollen los correspondientes estudios orientados a replantear su configuración (prima y planes de seguros);

En uso de las facultades conferidas;

SE RESUELVE:

1.- SUSPENDER, temporalmente por el periodo de ocho (8) meses, la afiliación de nuevos asegurados al Seguro EsSalud Independiente en tanto se desarrollen los correspondientes estudios orientados a replantear su configuración (prima y planes de seguros).

2.- ENCARGAR, a la Gerencia de Acceso y Acreditación del Asegurado, realizar las acciones orientadas al cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

3.- DISPONER: que la presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

563363 NORMAS LEGALES
Lunes 5 de octubre de 2015
El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE CHU WONG
Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas
ESSALUD

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