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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 152-2015-SUSALUD/S Disponen la publicación del proyecto de norma
10/16/2015
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 152-2015-SUSALUD/S Disponen la publicación del proyecto de norma
Disponen la publicación del proyecto de norma que aprueba modificaciones a las normas relacionadas al Modelo TEDEF aprobadas por Resolución de Superintendencia Nº 094-2013-SUNASA/CD y sus modificatorias, en la página web de SUSALUD RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 152-2015-SUSALUD/S Lima, 12 de octubre de 2015 VISTOS: El Informe Nº 00092-2015/SAREFIS del 05 de octubre del 2015, el Memorándum Nº 00995-2015-SUSALUD/IID del 05 de octubre de 2015 y el Informe Jurídico Nº 0033-2015/OGAJ del 05
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 152-2015-SUSALUD/S
Lima, 12 de octubre de 2015
VISTOS:
El Informe Nº 00092-2015/SAREFIS del 05 de octubre del 2015, el Memorándum Nº 00995-2015-SUSALUD/IID del 05 de octubre de 2015 y el Informe Jurídico Nº 0033-2015/OGAJ del 05 de octubre del 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 9º, 11º y 13º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo Nº 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS, en el ámbito de su competencia;
Que, de conformidad con los numerales 13 y 14 del artículo 13º del TUO de la Ley Nº 29344, Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud, son funciones de SUSALUD, supervisar la calidad, oportunidad, disponibilidad y transparencia de la información generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS, de acuerdo al marco legal vigente;
así como regular la recolección, transferencia, difusión e intercambio de la información generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS, respectivamente;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 094-2013-SUNASA/CD del 20 de agosto del 2013, se aprobaron las Normas relacionadas al "Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación TEDEF-IPRESS-IAFAS", "Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados TEDEF-SUNASA" y del "Sistema de Acreditación de Asegurados", la misma que modificada por la Resolución de Superintendencia Nº 004-2014-Superintendencia Nacional de Salud/S de fecha 24 de enero de 563912 NORMAS LEGALES
Viernes 16 de octubre de 2015 / El Peruano 2014, y la Resolución de Superintendencia Nº 026-2014-SUSALUD/S de fecha 02 de agosto de 2014;
Que, con el Informe Nº 00092-2015/SAREFIS, se ha remitido el Proyecto de Resolución que dispone la publicación del proyecto de resolución que modificaría las normas precedentemente señaladas; en los términos contenidos en el respectivo proyecto normativo, su Informe Técnico y correspondiente Exposición de Motivos;
Que, tratándose de una norma legal de carácter general, corresponde que previo a su aprobación, se efectúe la publicación del proyecto, de conformidad con lo establecido por el artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, según el cual, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a efectos de recabar comentarios y sugerencias del público en general;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 1158, corresponde al Superintendente aprobar las normas de carácter general de la Superintendencia;
Con los visados del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, del Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, del Intendente de la Intendencia de Investigación y Desarrollo, y de la encargada de las funciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a las facultades conferidas por los literales f) y t) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, corresponde a la Superintendencia aprobar las normas de carácter general de SUSALUD, y expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo, así como las que correspondan al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por norma legal.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DISPONER la publicación del proyecto de norma que aprueba modificaciones a las normas relacionadas al Modelo TEDEF aprobadas por Resolución de Superintendencia Nº 094-2013-SUNASA/CD y sus modificatorias, en la dirección electrónica: https://www. susalud.gob.pe, a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de los agentes usuarios y del público en general, durante el plazo de treinta (30) días calendario a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Los comentarios, sugerencias y aportes deberán ser enviados al siguiente correo electrónico: proyectodenormas@susalud.gob.pe, el mismo que estará a cargo de la servidora Iliana Martínez Avilés.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicación Corporativa la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolución; y a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la publicación de la indicada Resolución, en la página web de SUSALUD "www.susalud.gob.pe", conforme a lo establecido en la Resolución de Secretaría General Nº 019-2015-SUSALUD/SG.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios y sugerencias que se presenten, a fin de evaluar y efectuar los ajustes correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA
Superintendente
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