10/16/2015

RESOLUCION JEFATURAL N° 205-2015/SIS Aprueban el pago directo de prestaciones económicas de sepelio

Aprueban el pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional RESOLUCION JEFATURAL Nº 205-2015/SIS Lima, 14 de octubre de 2015 VISTOS: El Informe Nº 014-2015-SIS-GNF-SGLP-MLR con Proveído Nº 375-2015-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 040-2015-SIS-OGTI-UTI-MGAV con Proveído Nº 457-2015-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Memorando Nº 487-2015-SIS/ OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Aprueban el pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 205-2015/SIS
Lima, 14 de octubre de 2015
VISTOS: El Informe Nº 014-2015-SIS-GNF-SGLP-MLR con Proveído Nº 375-2015-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 040-2015-SIS-OGTI-UTI-MGAV con Proveído Nº 457-2015-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Memorando Nº 487-2015-SIS/ OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 128-2015-SIS/OGAJ/REMG con Proveído Nº 809-2015-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriban con las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas podrán establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago;

Que, a través del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, que autoriza al Seguro Integral de Salud la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), precisa que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional;

Que, de acuerdo al numeral 6.3.2.2 de la Directiva Administrativa Nº 001-2013/SIS/GNF-V.01, que regula el Pago de la Prestación Económica de Sepelio para los Afiliados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada por Resolución Jefatural Nº 202-2013/SIS, dispone que "La Oficina General de Administración de Recursos, efectúa el proceso de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de las prestaciones económicas de sepelios, con la emisión de la carta orden de habilitación de fondos en la cuenta corriente de la respectiva entidad bancaria";

Que, con Memorando Nº 487-2015-SIS/OGPPDO la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 1441 y Nº 1442 para el pago de las prestaciones económicas de sepelio del mes de octubre de 2015 correspondiente a las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente;

Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la viabilidad de aprobar los pagos directos de las prestaciones económicas de sepelio, correspondientes al mes de octubre del 2015;

Con el visto bueno del Secretario General, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Administración de Recursos, del Director General (e) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y con la opinión favorable del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma total de TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON
00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 3'754,336.00) con cargo a las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de octubre 2015, de acuerdo al siguiente detalle:
00-Recursos Ordinarios S/. 3,737,336.00
09-Recursos Directamente Recaudados S/. 17,000.00
TOTAL S/. 3'754,336.00
Artículo 2.- Encargar al Secretario General, la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano", así como coordinar con 563909 NORMAS LEGALES
Viernes 16 de octubre de 2015
El Peruano / la Oficina General de Tecnología de la Información la publicación en el portal del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, Comuníquese y Publíquese,
JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO
Jefe del Seguro Integral de Salud

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