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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 238-2015-PCM Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos en el
10/15/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 238-2015-PCM Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos en el
Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2015 a favor de la Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2015-PCM Lima, 13 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2015; Que, con Resolución Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2015-PCM
Lima, 13 de octubre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2015;
Que, con Resolución Ministerial Nº 297-2014-PCM, de fecha 17 de diciembre de 2014, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2015, de conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1104, que modifica la legislación sobre Pérdida de Dominio, crea la Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de la recepción, registro, calificación, custodia, seguridad, conservación, administración, arrendamiento, asignación en uso temporal o definitiva y venta en subasta pública, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comisión de delitos en agravio del Estado;
Que, la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, crea la Unidad Ejecutora "Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI" en el Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo al presupuesto institucional de dicha entidad; asimismo, dispone que a partir de la vigencia de la indicada Ley, los recursos provenientes de la enajenación de activos y otros por pérdida de dominio en el marco del Decreto Legislativo Nº 1104, constituyen Recursos Determinados del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros y se incorporan en el presupuesto institucional de dicho Pliego en la Unidad Ejecutora Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 069-2013-PCM, que establece disposiciones relativas a la distribución del producto de la subasta realizada sobre bienes decomisados, declarados en pérdida de dominio o incautados, señala que luego de realizadas las acciones descritas en los artículos 1, 2 y 3 de la citada norma, y en la eventualidad de existir excedentes de recursos, el Consejo Directivo de la CONABI podrá disponer su distribución entre las entidades vinculadas a la lucha contra el crimen organizado, corrupción y minería ilegal, tales como: 25% para el Poder Judicial, 25% para el Ministerio Público, 25% para la Policía Nacional del Perú y 25% para las Procuradurías Públicas;
Que, con Memorándum Nº 246-2015-PCM/CONABI-P , la Presidenta del Consejo Directivo de la CONABI remite a la Presidencia del Consejo de Ministros el Informe Nº 063-2015-PCM/CONABI-PPT, mediante el cual sustenta la incorporación de saldos de balance 2014 en su presupuesto institucional por el monto de UN MILLÓN
QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500
000,00) que garantizarán las transferencia financieras a favor de los pliegos 022 Ministerio Público y 004 Poder Judicial;
Que, el Coordinador del Sistema de Tesorería, mediante Informes Nº 008 y Nº 019-2015-PCM/CONABI-ADM-TES, comunica al Responsable de la Unidad de Administración de la CONABI que los saldos de balance del año 2014 en la Fuente de Financiamiento "5
Recursos Determinados", alcanza la suma total de TRES
MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL
SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 42/100 NUEVOS
SOLES (S/.3'465,666.42);
Que, el literal d) del Numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General 563782 NORMAS LEGALES
Jueves 15 de octubre de 2015 / El Peruano del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la entidad cuando provienen de los recursos financieros distintos a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal constituyen saldos de balance y son registrados financieramente cuando se determine su cuantía;
Que, el subnumeral iii del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza en el presente año fiscal la realización, de manera excepcional, de trasferencias financieras entre entidades, donde se encuentra comprendida la Presidencia del Consejo de Ministros con cargo a los recursos que custodia y administra la Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI, la misma que será autorizada mediante resolución del Titular del Pliego y publicado en el diario oficial El Peruano, según lo indicado en el numeral 12.2 de la Ley en mención;
Que, mediante Informe Nº 196-2015-PCM/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, emite opinión favorable a la solicitud de incorporación de saldos de balance 2014 de la CONABI en el presupuesto institucional 2015 de la Unidad Ejecutora 015: Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI y a la transferencia financiera a favor de los pliegos 022 Ministerio Público y 004 Poder Judicial, las mismas que se encuentran autorizadas mediante el numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
Con las visaciones de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1104, que modifica la Legislación sobre Pérdida de Dominio y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 093-2012-PCM; el Decreto Supremo Nº 069-2013-PCM, que establece las disposiciones relativas a la distribución del producto de las subasta pública realizada sobre bienes decomisados, declarados en pérdida de dominio o incautados y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2015, a favor de la Unidad Ejecutora 015: Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI hasta por la suma de UN MILLÓN
QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500
000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 5 Recursos Determinados 1. : Ingresos Presupuestarios 1.9 : Saldos de Balance 1.9.1 : Saldos de Balance 1.9.1.1 : Saldos de Balance 1.9.1.1.1 : Saldos de Balance 1.9.1.1.1.1. : Saldos de Balance 1 500 000,00
___________
TOTAL INGRESOS 1 500 000,00
==========
EGRESOS
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros - PCM
UNIDAD EJECUTORA 015 : Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 50003597 : Administración de Objetos, Instrumentos y Otros Generados por Comisión de Delitos en Agravio del Estado.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 5 Recursos Determinados 5 GASTOS CORRIENTES
2.4 Donaciones y Transferencias 1 500 000,00
___________
TOTAL EGRESOS 1 500 000,00
==========
Artículo 2.- Codificación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaría La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros instruye a la Unidad Ejecutora 015: Comisión Nacional de Bienes Incautados -
CONABI para que elabore las correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 015: Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI de la Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Pliego 022 Ministerio Público hasta por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 750 000,00) y Pliego 004 Poder Judicial hasta por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 750 000,00) con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Determinados, en el marco de lo dispuesto por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 069-2013-PCM.
Artículo 5.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 4 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 015: Comisión Nacional de Bienes Incautados -
CONABI, Actividad 50003597 Administración de Objetos, Instrumentos y Otros Generados por Comisión de Delitos en Agravio del Estado, Fuente de Financiamiento 5
Recursos Determinados.
Artículo 6.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 4 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 7.- Monitoreo La Comisión Nacional de Bienes Incautados -
CONABI es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas físicas y financieras, en el marco de lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.
Artículo 8.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos 563783 NORMAS LEGALES
Jueves 15 de octubre de 2015
El Peruano / señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
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