12/02/2015

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 120-2015-SMV/02 Autorizan funcionamiento de LXG Asset Management

Autorizan funcionamiento de LXG Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión y disponen su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 120-2015-SMV/02 Lima, 26 de noviembre de 2015 El Superintendente del Mercado de Valores (e) VISTOS: El Expediente Nº 2015029787, así como el Informe Nº 967-2015-SMV/10.2 del 23 de noviembre de 2015, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que,
Autorizan funcionamiento de LXG Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión y disponen su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 120-2015-SMV/02
Lima, 26 de noviembre de 2015
El Superintendente del Mercado de Valores (e)
VISTOS:

El Expediente Nº 2015029787, así como el Informe Nº 967-2015-SMV/10.2 del 23 de noviembre de 2015, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 078-2014-SMV/10.2 del 24 de noviembre de 2014, se otorgó al señor Pablo Agustín Luzardi y a LXG Capital S.A.C. la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada LXG Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, que también utiliza la denominación abreviada LXG Asset Management S.A. SAFI;

Que, LXG Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV
autorización de funcionamiento para actuar como una sociedad administradora de fondos de inversión;

Que, el artículo 18º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV Nº 029-2014-SMV/01, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una sociedad administradora de fondos de inversión;

Que, a efectos de verificar que LXG Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades, realizó una visita de inspección a las instalaciones de la referida empresa el 19 de noviembre de 2011;

Que, de la evaluación de la documentación presentada por LXG Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión y de la visita de inspección efectuada, se determinó que dicha empresa cumple con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos de inversión; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3º, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modificado por Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores; y por el artículo 12º, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y modificado por Resolución de Superintendente Nº 043-2014-SMV/02, así como por la Resolución de Superintendente Nº 117-2015-SMV/02 del 23 de noviembre de 2015;

RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de LXG
Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión como sociedad administradora de fondos de inversión.

Artículo 2º.- Disponer la inscripción de LXG Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe).

567655 NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de diciembre de 2015
El Peruano / Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a LXG
Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS RIVERO ZEVALLOS
Superintendente del Mercado de Valores (e)

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