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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 030-2016-INEI Disponen la continuidad de la ejecución de las

Disponen la continuidad de la ejecución de las investigaciones estadísticas "Encuesta Mensual de Comercio"; Encuesta Mensual de Restaurantes"; Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas" y "Encuesta Mensual de Otros Servicios" dirigidas a empresas que realizan dichas actividades, ubicadas en el territorio nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 030-2016-INEI Lima, 22 de enero de 2016 Visto el Oficio Nº 015-2016-INEI/DTIE, de fecha 13 de enero de 2016 de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, solicitando
Disponen la continuidad de la ejecución de las investigaciones estadísticas "Encuesta Mensual de Comercio"; Encuesta Mensual de Restaurantes"; Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas" y "Encuesta Mensual de Otros Servicios" dirigidas a empresas que realizan dichas actividades, ubicadas en el territorio nacional
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 030-2016-INEI
Lima, 22 de enero de 2016
Visto el Oficio Nº 015-2016-INEI/DTIE, de fecha 13 de enero de 2016 de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, solicitando la actualización por ampliación de la muestra, de las Encuestas Mensuales de Comercio, Restaurantes, Servicios Prestados a Empresas y Otros Servicios.

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática", establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia faculta la realización de tareas técnicas y científicas con fines de cuantificar los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas oficiales del país;

Que, desde el año 2006, se viene autorizando la ejecución de las Encuestas Mensuales de Comercio, Restaurantes, Servicios Prestados a Empresas y Otros Servicios, investigaciones estadísticas que en forma continua vienen desarrollándose con normalidad;

Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, requiere dar continuidad en el año 2016, a la ejecución 576701 NORMAS LEGALES
Jueves 28 de enero de 2016
El Peruano / de las encuestas de la actividad comercial, restaurantes, servicios prestados a empresas, y de otros servicios;
por lo que considera necesaria la actualización de la muestra en concordancia con la evolución del Sector que implica la aparición de nuevas empresas por ampliación y posicionamiento de mercados, así como también retiros por cambios, fusiones y absorciones empresariales, de tal manera que los resultados obtenidos sean los más próximos al real desenvolvimiento de la economía;

Que, resulta pertinente continuar con la ejecución de las mencionadas encuestas dirigidas a las empresas que desarrollan actividades de comercio, restaurantes, servicios prestados a empresas y, de otros servicios, ubicadas en el territorio nacional, como sectores componentes del cálculo del Índice Mensual de la Producción Nacional, indicador que muestra la evolución de la actividad productiva global y sectorial en el corto plazo, así como aprobar los formularios correspondientes y el plazo de su envío, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer la continuidad de la ejecución de las investigaciones estadísticas siguientes: "Encuesta Mensual de Comercio"; "Encuesta Mensual de Restaurantes"; "Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas" y "Encuesta Mensual de Otros Servicios", dirigidas a las empresas que realizan dichas actividades, ubicadas en el territorio nacional, las que estarán a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE) en la ciudad de Lima y Provincia Constitucional del Callao y, de las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática (ODEI) en las otras ciudades.

Artículo 2º.- Aprobar los correspondientes formularios de la "Encuesta Mensual de Comercio"; "Encuesta Mensual de Restaurantes"; "Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas" y de la "Encuesta Mensual de Otros Servicios", los mismos que estarán disponibles en la página Web del INEI (www.inei.gob.pe), desde el día de la publicación de la presente Resolución.

Artículo 3º.- Establecer, como plazo de entrega del formulario electrónico diligenciado con información del mes inmediato anterior, hasta el día 20 de cada mes.

Artículo 4º.- La Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE) del INEI, mediante oficio, remitirá a las empresas seleccionadas el detalle sobre el requerimiento de información, plazos y claves de acceso al Sistema de las encuestas mencionadas.

Artículo 5º.- Las personas naturales y jurídicas seleccionadas a que se refiere el artículo 4º de la presente Resolución, que incumpliesen con el diligenciamiento del respectivo formulario en el plazo establecido, serán pasibles de ser sancionadas con multa conforme lo dispuesto por los artículos 87º, 89º y 91º del D. S. Nº 043-2001-PCM.

Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR
Jefe (e)

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