1/30/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 074-2016-DE/SG Autorizan ingreso al territorio nacional de personal

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU. y Bolivia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 074-2016-DE/SG Lima, 28 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 823 del 15 de diciembre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 5680 CCFFAA/D-2/DCI, del 29 de diciembre de 2015, el Secretario
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU. y Bolivia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 074-2016-DE/SG
Lima, 28 de enero de 2016
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nro. 823 del 15 de diciembre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, con Oficio Nº 5680 CCFFAA/D-2/DCI, del 29 de diciembre de 2015, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, por especial encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América;

Que, con Oficio NC-900-SGFA-EMAI-Nº 0199, del 15 de enero de 2016, el Secretario General de la Fuerza Aérea, por especial encargo del Comandante General de la Fuerza Aérea, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América;

Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 31 de enero al 05 de febrero de 2016, con la finalidad de realizar una visita de Orientación a la Fuerza Aérea del Perú y al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República 1
, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Fuerza Aérea del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de los Estados Unidos de América, del 31 de enero de 2016 al 05 de febrero de 2016, con la finalidad de realizar una visita de Orientación a la Fuerza Aérea del Perú y al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú.

Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que 576858 NORMAS LEGALES
Sábado 30 de enero de 2016 / El Peruano dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa 1
Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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