1/03/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 435-2015-PRODUCE Aprueban Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM)

Aprueban Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 435-2015-PRODUCE Lima, 30 de diciembre de 2015 VISTOS: El Memorando Nº 1907-2015-PRODUCE/ OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 336-2015-PRODUCE/OGPP/ OPRA de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 183-2015/OGAJ-jmantilla de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal
Aprueban Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 435-2015-PRODUCE
Lima, 30 de diciembre de 2015
VISTOS: El Memorando Nº 1907-2015-PRODUCE/ OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 336-2015-PRODUCE/OGPP/ OPRA de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 183-2015/OGAJ-jmantilla de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece como una de las funciones de los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación;
y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI)
el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, crea y regula la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico -CEPLAN, orientados al desarrollo de la planificación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho;

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021, dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el citado Plan;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 296-2014-PRODUCE, se designó a la Comisión de Planeamiento Estratégico del Sector Producción, encargada de coordinar, guiar, acompañar la etapa de formulación o adecuación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), contando con la asesoría técnica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción; y al Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico del Sector Producción, teniendo éste como funciones ejecutar los lineamientos emitidos por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Sector Producción, para la formulación del PESEM, y su adecuación, cuando corresponda; coordinar de manera permanente con los órganos y unidades orgánicas del Sector la elaboración del proyecto de PESEM;
revisar dicho proyecto proponiendo, de ser el caso, las correcciones a que hubiere lugar; y presentar el proyecto de PESEM a la Comisión de Planeamiento Estratégico del Sector Producción;

Que, la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, mediante documento de vistos, señala que la propuesta del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021, del Sector Producción, ha sido elaborado conforme a los principios, normas, procedimientos e instrumentos del Proceso de Planeamiento Estratégico, establecidos en la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional 574187 NORMAS LEGALES
Domingo 3 de enero de 2016
El Peruano / de Planeamiento Estratégico", aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD;

Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Sector Producción, ha validado la propuesta del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021, conforme se desprende del Acta Nº 002-2015-PRODUCE de la sesión de fecha 18 de diciembre de 2015;

Que, de otro lado, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, en el marco de lo establecido en el artículo 48 de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, a través del Oficio Nº 280-2015-CEPLAN/DNCP, ha remitido el Informe Técnico Nº 001-2015-CEPLAN-DNPE-CZ, donde concluye que el PESEM propuesto por el Ministerio de la Producción cumple con lo establecido en la citada Directiva;

Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM)
2016 - 2021 del Sector Producción, ha sido elaborado considerando la conformación del Sector, convirtiéndose en el instrumento de planeamiento estratégico de mediano plazo, que contiene el marco estratégico sectorial, objetivos estratégicos, acciones estratégicas priorizadas, con sus respectivas metas e indicadores;

Con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificaciones; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial 343-2012-PRODUCE; y la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD, que aprueba la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del Sector Producción, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 107-2012-PRODUCE, que aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2012 - 2016 del Sector Producción.

Artículo 3.- Disponer que el Ministerio de la Producción y sus organismos públicos adscritos efectúen la elaboración y/o adecuación de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales y Planes Operativos Institucionales al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del Sector Producción, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del Sector Producción, informando anualmente al Despacho Ministerial sobre los avances y logros.

Artículo 5.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción la difusión del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del Sector Producción.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción

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