2/03/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0031-2016-JUS Delegan en la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto

Delegan en la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto las acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa a que se refieren los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres niveles de gobierno, aprobados por R.M. Nº 028-2015-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0031-2016-JUS Lima, 1 de febrero de 2016 VISTO, el Informe Nº 224 -2015-JUS/OGPP-OP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y; CONSIDERANDO: Que, mediante
Delegan en la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto las acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa a que se refieren los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres niveles de gobierno, aprobados por R.M. Nº 028-2015-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0031-2016-JUS
Lima, 1 de febrero de 2016
VISTO, el Informe Nº 224 -2015-JUS/OGPP-OP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 111-2012-PCM, se aprueba la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, como Política Nacional de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional;

Que, por Decreto Supremo Nº 034-2014-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014-2021, el cual se encuentra enmarcado en la Visión y Misión del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y constituye el documento orientador de la planificación de la gestión del riesgo de desastres, en cada ámbito jurisdiccional y territorial de los niveles de gobierno en el país, considerando la gestión por resultados articulada con el desarrollo de programas presupuestales; asimismo, como Objetivos Estratégicos a cumplir se encuentra el Objetivo Específico 5.2 Desarrollar la Gestión de Continuidad Operativa del Estado;

Que, la Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM, aprueba los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres niveles de gobierno, estableciendo en su artículo 2, que las entidades públicas implementarán la Gestión de la Continuidad Operativa, adecuándola a su alcance y a la complejidad de sus operaciones y servicios, bajo responsabilidad de su máxima autoridad, mediante la ejecución del Plan de Continuidad Operativa respectivo, aprobado por el Titular de la Entidad.

Que, conforme se dispone en el artículo 4, de la mencionada Resolución Ministerial, el cronograma para la implementación de la Gestión de la Continuidad Operativa, se presentará a la Secretaria de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.1 del artículo 6, de la acotada, corresponde al Titular de la Entidad, delegar las acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa, en la Unidad Orgánica que tenga funciones afines al objeto del indicado lineamiento, en función a su estructura orgánica y la complejidad de sus operaciones y servicios;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal h) del artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado 577063 NORMAS LEGALES
Miércoles 3 de febrero de 2016
El Peruano / por Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, tiene funciones referidas a la seguridad y defensa nacional, siendo funciones afines al objeto de los lineamientos establecidos en la Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas;

Que, estando a lo propuesto en el documento de vistos, resulta pertinente delegar las acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa al que se refiere la Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM, en la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Contando con la visación de la Secretaria General, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 034-2014-PCM, de la Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM y en ejercicio de las atribuciones pertinentes, conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar en la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa a que se refiere los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres niveles de gobierno, aprobado por Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, elabore la reprogramación del cronograma para la implementación de la Gestión de la Continuidad Operativa, conforme se dispone en el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALDO VÁSQUEZ RÍOS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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