2/26/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 037 - 2016-VIVIENDA ANEXO 1 Inmueble afectado por la ejecución de la obra

ANEXO 1 Inmueble afectado por la ejecución de la obra Red Vial Nº 6: Tramo Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica, de la Carretera Panamericana Sur. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037 - 2016-VIVIENDA Lima, 25 de febrero de 2016 VISTOS: El Memorándum Nº 253-2016-VIVIENDA-PNT de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Tambos; el Memorándum Nº 433-2016/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en
ANEXO 1 Inmueble afectado por la ejecución de la obra Red Vial Nº 6: Tramo Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica, de la Carretera Panamericana Sur.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037 - 2016-VIVIENDA
Lima, 25 de febrero de 2016
VISTOS: El Memorándum Nº 253-2016-VIVIENDA-PNT de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Tambos; el Memorándum Nº 433-2016/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el artículo 38 establece que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen;

Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el artículo 4 prevé que la citada entidad tiene por finalidad, entre otros, normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;

Que, por Decreto Supremo Nº 016-2013-VIVIENDA, se constituye el Programa Nacional Tambos, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, como plataforma de prestación de servicios y actividades del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como de otros sectores que brinden servicios y actividades orientados a la población rural y rural dispersa, que permitan mejorar su calidad de vida, generar igualdad de oportunidades y desarrollar o fortalecer sus capacidades productivas individuales y comunitarias;

Que, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo, mediante Resolución Ministerial Nº 141-2014-VIVIENDA, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos - PNT, el mismo que ha sido modificado con la Resolución Ministerial Nº 062-2015-VIVIENDA;

579046 NORMAS LEGALES
Viernes 26 de febrero de 2016 / El Peruano Que, los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, en adelante, los Lineamientos, en sus artículos 4 y 36 señala que los programas y proyectos contarán con un Manual de Operaciones que defina sus funciones;

Que, por el Memorándum Nº 253-2016-VIVIENDA-PNT, la Dirección Ejecutiva del PNT, sustentada en los Informes Nº 008-2016-VIVIENDA-PNT-APP y Nº 102-2016-VIVIENDA/PNT-AAL, propone la derogación de la Resolución Ministerial Nº 141-2014-VIVIENDA
y de su modificatoria Resolución Ministerial Nº 062-2015-VIVIENDA, así como la aprobación de un nuevo Manual de Operaciones del PNT, con la finalidad de establecer una organización que permita optimizar el funcionamiento de los órganos del programa, coadyuvar a la coordinación de actividades y evitar duplicidades, y contar con un organigrama funcional que refl eje el accionar de los Órganos y Equipos Territoriales, dependientes de la Unidad de Operaciones, con el propósito de alcanzar una gestión eficiente y eficaz en la prestación de servicios en beneficio de la población rural y rural dispersa, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 016-2013-VIVIENDA;

Que, mediante Memorándum Nº 433-2016/VIVIENDA-OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) da su opinión favorable al proyecto de dispositivo propuesto por el PNT, sustentado en el Informe Nº 021-2016-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la OGPP, el cual hace suyo y recomienda la derogatoria de la Resolución Ministerial Nº 141-2014-VIVIENDA y de su modificatoria Resolución Ministerial Nº 062-2015-VIVIENDA;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos - PNT, derogando a su vez las Resoluciones Ministeriales Nºs. 141-2014-VIVIENDA y 062-2015-VIVIENDA antes citadas;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 016-2013-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Manual de Operaciones Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos (PNT), adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que consta de cinco (05) títulos, treinta y cinco (35) artículos y un (01)
Anexo, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Derogatoria de la Resolución Ministerial Nº 141-2014-VIVIENDA, modificada por Resolución Ministerial Nº 062-2015-VIVIENDA
Derogar la Resolución Ministerial Nº 141-2014-VIVIENDA, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos, y su modificatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 062-2015-VIVIENDA.

Articulo 3.- Publicación Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática, la publicación de la presente Resolución y del Manual de Operaciones del PNT en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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