2/23/2016
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 113-2016-IN
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 113-2016-IN Lima, 22 de febrero de 2016 VISTOS; el Oficio Nº 000027-2016/IN/VOI, de fecha 8 de enero de 2016, del Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior; y, el Memorándum Múltiple Nº 48-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 13 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con el Oficio Nº 000027-2016/IN/VOI, de fecha 8 de enero de 2016, el Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior,
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 113-2016-IN
Lima, 22 de febrero de 2016
VISTOS; el Oficio Nº 000027-2016/IN/VOI, de fecha 8 de enero de 2016, del Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior; y, el Memorándum Múltiple Nº 48-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 13 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, con el Oficio Nº 000027-2016/IN/VOI, de fecha 8 de enero de 2016, el Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior, hizo de conocimiento a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, que el Ministerio de Relaciones Exteriores ha informado que el Decimosexto Periodo Ordinario de Sesiones del Comité Interamericano Contra el Terrorismo de la Organización de Estados Americanos (CICTE) se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, los días 25 y 26 de febrero de 2016, motivo por el cual solicitaron se designe a un experto que sepa de las necesidades y experiencias de su respectivo país, a fin de guiar el planeamiento de la Secretaría en cuanto a temas de terrorismo;
Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 41-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 13 de febrero de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía 578701 NORMAS LEGALES
Martes 23 de febrero de 2016
El Peruano / Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios, del 24 al 26 de febrero de 2016, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del General de la Policía Nacional del Perú José Isidro Baella Malca, para que participe en el evento indicado en el considerando precedente;
Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple Nº 48-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 13 de febrero de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, aprobó la propuesta mencionada en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa correspondiente e indicando además que el mismo irrogará gastos al Estado;
Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal en el evento indicado, redundará en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando de interés institucional la asistencia al referido evento, debiendo señalarse que los gastos que irrogará la misma por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno)
en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002:
Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú José Isidro Baella Malca, del 24 al 26 de febrero de 2016, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe días Pers. Total US$
Viáticos US$ 440.00 X 2 X 1 = 880.00
Pasajes aéreos US$ 850.00 X 1 = 850.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y viáticos asignados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior
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