4/19/2016

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 083-2016-SERFOR-DE Constituyen Grupo de Trabajo para la

Constituyen Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 083-2016-SERFOR-DE Lima, 18 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura
Constituyen Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 083-2016-SERFOR-DE
Lima, 18 de abril de 2016
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM, el Presidente de la República convoca a Elecciones Generales, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, para el periodo 2016-2021;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, la Contraloría General de la República aprobó la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD denominada "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", que tiene como finalidad establecer las disposiciones preventivas necesarias para el correcto, eficiente y oportuno desarrollo del proceso de transferencia de gestión de las entidades del Gobierno Nacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, se aprobaron los "Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011-2016", cuyo objetivo es regular el procedimiento y las formalidades que deben adoptar las entidades del Poder Ejecutivo durante la transferencia de gestión al gobierno electo para el periodo 2016-2021, con la finalidad de garantizar un proceso ordenado y transparente de cambio de gestión;

Que, los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, establecen que el informe sectorial para la Transferencia de Gobierno por el periodo 2011-2016, comprende los informes de los ministerios y de sus entidades adscritas;

Que, el artículo 5 de la norma en mención señala que las entidades públicas del Poder Ejecutivo constituyen formalmente un Grupo de Trabajo encargado de elaborar un Informe para la transferencia de gestión, de acuerdo a las disposiciones específicas emitidas por la Contraloría General de la República, el cual debe ser suscrito por el Titular de la Entidad; dicho informe comprende la gestión desde el 29 de julio de 2011 hasta el 30 de junio de 2016
y debe ser elevado al Despacho Ministerial , a más tardar el día 7 de julio de 2016;

Que, estando a lo expuesto, resulta necesario constituir el Grupo de Trabajo para la elaboración de Informe de Transferencia de Gobierno del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, encargada de coordinar el proceso de transferencia con el Ministerio de Agricultura y Riego y las Autoridades Entrantes para el periodo 2016-2021, implementando las acciones establecidas en la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD y en los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011-2016, aprobados por el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM;

Con los visados de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Director General de la Oficina General de Administración, la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Secretario General;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; la Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, que aprueba la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD; el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011-2016; y el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, modificado por el Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI.

583641 NORMAS LEGALES
Martes 19 de abril de 2016
El Peruano /
SE RESUELVE:

Artículo 1.- Constituir el Grupo de Trabajo denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre -
SERFOR", encargado de la elaboración del Informe para Transferencia de Gestión periodo 2011-2016, el cual estará conformado por los siguientes integrantes:
- El (la) Secretario (a) General, en calidad de Presidente.
- El (la) Director (a) General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - El (la) Director (a) General de la Oficina General de Administración - El (la) Director (a) General de la Oficina General de Asesoría Jurídica - El (la) Director (a) General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre.
- El (la) Director (a) General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre.
- El (la) Director (a) General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre.
- El (la) Director (a) General de la Dirección General de Gestión del Conocimiento Forestal y de Fauna Silvestre.
- El (la) Director (a) General de la Oficina de Servicios al Usuario y Trámite Documentario.
- El (la) Director (a) Ejecutiva (e) del Programa de Desarrollo Forestal Sostenible Inclusivo y Competitivo en la Amazonia Peruana.

Artículo 2.- El Grupo de Trabajo conformado en el artículo 1 de la presente Resolución, tiene las siguientes funciones:
- Elaborar el Informe para la transferencia de gestión del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre -
SERFOR, debiendo guardar estricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Directiva Nº 003-2016-CG/ GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional" y en los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011-2016, aprobados por el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM; así como aquellas que, de manera específica, dicte el SERFOR.
- Realizar las acciones, gestiones y coordinaciones necesarias a fin de elaborar oportunamente el Informe de Transferencia de Gestión, conforme a la normatividad vigente.
- Requerir a cada órgano y/o unidad orgánica del SERFOR, dentro del ámbito de su competencia, la elaboración de los informes en los cuales se detalle el estado de su gestión y/o cualquier información relacionada al Informe de Transferencia de Gestión.
- Coordinar, supervisar y verificar que los archivos documentarios, expedientes, dispositivos legales y bienes asignados, estén debidamente ordenados, clasificados e inventariados, para su entrega a la Autoridad Entrante.
- Coordinar el proceso de Transferencia de Gestión con las Autoridades Entrantes del periodo 2016-2021, así como todas las acciones que sean necesarias con el Grupo de Trabajo de Transferencia de Gestión constituida por el Ministerio de Agricultura y Riego.
- Convocar al Órgano de Control Institucional para que ejerza el control de los actos realizados por el Grupo de Trabajo, según estime pertinente.
- Otras que sean dispuestas por el Titular de la Entidad.

Artículo 3.- La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo conformado en el artículo 1 de la presente Resolución será ejercida por el (la) Director (a) General de la Oficina de Servicios al Usuario y Trámite Documentario.

Artículo 4.- El Grupo de Trabajo conformado en el artículo 1 de la presente Resolución debe instalarse el día hábil siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y tiene vigencia hasta la fecha de entrega del Informe de Transferencia de Gestión del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR
al Ministerio de Agricultura y Riego, el mismo que debe ser remitido a más tardar, el 7 de julio del año 2016.

Artículo 5.- Disponer que todos los órganos y unidades orgánicas del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR brinden las facilidades del caso al "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR" para el cumplimiento oportuno de sus funciones, bajo responsabilidad.

Artículo 6.- Notificar la presente Resolución a los integrantes del Grupo de Trabajo señalados en el artículo 1 de la presente Resolución y al Órgano de Control Institucional del SERFOR, para los fines pertinentes.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: www.serfor.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA MUÑOZ DODERO
Directora Ejecutiva (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

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