4/19/2016

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 095-2016-ANA

Constituyen Grupo de Trabajo temporal encargado de coordinar la transferencia de gestión del periodo de gobierno 2011 - 2016 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 095-2016-ANA 18 de abril de 2016 VISTO: El Oficio Nº 002-2016-MINAGRI-SG/GTT (2011-2016) de fecha 14 de abril de 2016, del Presidente del Grupo de Trabajo Sectorial encargado de la elaboración del Informe para la Transferencia de Gobierno, periodo 2011-2016; CONSIDERANDO: Que, al
Constituyen Grupo de Trabajo temporal encargado de coordinar la transferencia de gestión del periodo de gobierno 2011 - 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 095-2016-ANA
18 de abril de 2016
VISTO:

El Oficio Nº 002-2016-MINAGRI-SG/GTT (2011-2016) de fecha 14 de abril de 2016, del Presidente del Grupo de Trabajo Sectorial encargado de la elaboración del Informe para la Transferencia de Gobierno, periodo 2011-2016;

CONSIDERANDO:

Que, al amparo de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, se creó la Autoridad Nacional del Agua - ANA, la responsable de dictar normas y establecer los procedimientos para la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; tiene personería jurídica de derecho público interno y constituye un pliego presupuestal;

Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo por el período 2011-2016; establece que la norma es de aplicación a todos los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo. Asimismo, señala que se entiende como entidad pública a la organización del Estado con personería jurídica de derecho público y titular del pliego, creada por ley expresa con autonomía funcional, administrativa, presupuestal, económica o financiera que ejerce sus funciones en el marco de las competencias que le otorga su ley de creación;

Que, el artículo 5º de los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo por el período 2011-2016 aprobados con el mencionado Decreto Supremo señala que las Entidades Públicas del Poder Ejecutivo constituyen formalmente un Grupo de Trabajo encargado de elaborar un informe para la transferencia de gestión de acuerdo a las disposiciones específicas emitidas por la Contraloría General de la República;

Que, el artículo 6º de los citados Lineamientos señala que el Grupo de Trabajo, debe estar integrado, como mínimo por los siguientes funcionarios: a)
Secretario General del Ministerio, b) Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio, c)
Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio y d) Jefe de la Oficina General de Administración del Ministerio;

Que, el numeral 6 Disposiciones Generales 6.1
Definiciones de la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD, Lineamientos preventivos para la transferencia de gestión de las entidades del Gobierno Nacional, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, establece que el Grupo de Trabajo es el conjunto de funcionarios de la entidad designados por la Autoridad saliente o encargada con la finalidad de elaborar el informe para la Transferencia de Gestión e integrar la Comisión de Transferencia de Gestión;

583640 NORMAS LEGALES
Martes 19 de abril de 2016 / El Peruano Que, la citada Directiva en el Subtítulo 7. Disposiciones Específicas para cambio de Ministros por término de período de gobierno, numeral 7.1 Grupos del Trabajo del Ministerio y de sus entidades adscritas, establece que el Ministro, en su calidad de Autoridad saliente y los titulares de las entidades adscritas al Ministerio deben constituir formalmente sus Grupos de Trabajo con la antelación necesaria a la fecha del término del período de Gobierno Nacional y cada Grupo de Trabajo debe contar con un Presidente;

Que, en cumplimiento de los dispositivos legales glosados precedentemente, se ha visto por conveniente constituir el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de coordinar la transferencia de gestión del período de gobierno 2011-2016;

Con el visto bueno de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y; en uso de sus facultades conferidas por el Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Grupo de Trabajo Constitúyase en la Autoridad Nacional del Agua, el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de coordinar la transferencia de gestión del período de gobierno 2011-2016.

Artículo 2º.- Funciones El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:
a) Elaborar el informe para la transferencia de Gestión.
b) Integrar la Comisión de Transferencia de Gestión.
c) Elaborar y suscribir el Acta de Transferencia de Gestión.
d) Proporcionar información al Ministerio de Agricultura y Riego para su incorporación al Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno.

Artículo 3º.- Integrantes El Grupo de Trabajo está integrado por:
- Janet Aida Velásquez Arroyo, Secretaria General, quien actuará como Presidente.
- Luis Eliseo Pérez Sandoval, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto - José Aurelio Ramírez Garro, Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica.
- Julio César Pesantes Rebaza, Jefe de la Oficina de Administración.

Artículo 4º.- Instalación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo se instalará al día hábil siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5º.- Gastos El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo se sujeta al presupuesto institucional de la Autoridad Nacional del Agua, sin irrogar gastos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 5.- Notificación Remitir copia de la presente Resolución Jefatural, a los funcionarios a que se refiere el artículo 3º, para los fines pertinentes.

Artículo 6º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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